17 de noviembre de 2017

Se asigna a la empresa Trenes Argentinos Cargas el tramo comprendido entre las estaciones Tostado (S.F.) y El Tobiano (Sgo. del Estero) del Ramal C

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1201-E/2017 del Ministerio de Transporte de la Nación de fecha 14 de Noviembre de 2017, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1º se asigna a la empresa Trenes Argentinos Cargas el tramo comprendido entre las estaciones Tostado, Provincia de Santa Fe (Progresiva Km. 334,487) y El Tobiano, Provincia de Santiago del Estero ((Progresiva 407,700), incluyendo las estaciones intermedias emplazadas en dicho tramo del Ramal C (que son: Los Charabones, Fortín Inca, Pozo Dulce, Guardia Escolta y Bandera) perteneciente al sector del sistema ferroviario nacional integrado por la Línea Belgrano, individualizado en el plano que integra la presente resolución como ANEXO (IF-2017-28223932-APN-MTR).

Estación Tostado del Ramal C de la Línea Belgrano

Para una mayor información, transcribimos textualmente 

VISTO el Expediente Nº S02:00135922/2013 del Registro del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto, la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, mediante la Nota B.C. y L. N° 143 de fecha 30 de octubre de 2013, manifestó la necesidad de reactivar el tramo BANDERA, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO (progresiva km 399,7) – TOSTADO, Provincia de SANTA FE (progresiva km 337,487), Ramal C, Tramo II de la Línea GENERAL BELGRANO.

Que por la Nota B.C. y L. N° 316 de fecha 17 de septiembre de 2014, la citada empresa, solicitó por cuestiones de índole operativas, extender el tramo e incorporar hasta la estación EL TOBIANO, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO (progresiva km 407,700).

Que por la Nota B.C. y L. N° 415 de fecha 19 de noviembre de 2014, la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, ratifica las presentaciones citadas anteriormente, tendientes a formalizar la asignación de los referidos tramos.

Que la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA funda su requerimiento en lo dispuesto por el artículo 13 del Decreto N° 566 de fecha 21 de mayo de 2013, y agrega que la medida redundará en una ampliación de los ingresos derivados del incremento en el tonelaje mensual de la carga.
Que han tomado intervención la ADMINISTACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO, la GERENCIA DE CONTROL DE GESTIÓN FERROVIARIA de la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE y la SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, sin formular objeciones al requerimiento realizado por la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA.

Que en consecuencia, corresponde asignar a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA el tramo comprendido entre las estaciones TOSTADO, Provincia de SANTA FE (progresiva km 337,487) y EL TOBIANO, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO (progresiva km 407,700), incluyendo las estaciones emplazadas en dicho tramo, del Ramal C perteneciente al sector del sistema ferroviario nacional integrado por la Línea GENERAL BELGRANO, individualizado en el plano que integra la presente resolución como ANEXO.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos N° 566 de fecha 21 de mayo de 2013 y N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015.

Por ello, EL MINISTRO DE TRANSPORTE RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnase a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA el tramo comprendido entre las estaciones TOSTADO, Provincia de SANTA FE (progresiva km 337,487), y EL TOBIANO, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO (progresiva km 407,700), incluyendo las estaciones emplazadas en dicho tramo, del Ramal C perteneciente al sector del sistema ferroviario nacional integrado por la Línea GENERAL BELGRANO, individualizado en el plano que integra la presente resolución como ANEXO (IF-2017-28223932-APN-MTR).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese la presente medida a la empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO y a la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Guillermo Javier Dietrich.

4 comentarios:

  1. En qué estado se encuentra la infraestructura de vía del tramo asignado ?. Gracias por publicar. Saludos, Martín.

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  2. Que bueno sería que vayan más allá y lleguen también a Añatuya, luego Suncho Corral, Clodomira y hasta Las Cejas.
    Ruperto

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    1. RUPERTO BUEN DESEO,AUNQUE CREO IMPOSIBLE YA NO QUEDA NI EL TERRAPLEN ESA RUTA SERIA DESDE CEJAS POR EL C8 HASTA ROSARIO SE LA FRONTERA PARA SACAR TODO EL GRANO HACIA PUERTO ROSARIO OBVIANDO LA LINEA CC O DEJARLA COMO ALTERNATIVA CUALQUIER SERIE DE UNIDAD TRACTIVA ARRASTRARIA MAYOR TONELAJE QUE POR EL SECTOR METAN-TUCUMAN ,M SERRUTE

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  3. Soy de Tostado. El tramo es obsoleto. Deberán rehacerlo creo yo. Esta en desuso hace años
    Cuco

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