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12 de junio de 2017

Importante reunión en la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados de la Nación

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Con fecha 13 de Junio del corriente año se realizará en la Sala 2 del Anexo del Congreso de la Nación a las 14,00 horas una reunión en la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados de la Nación donde se tratarán los siguientes puntos

Proyectos de ley en revisión por los cuales: 

* Se declara bien de interés histórico nacional al puente basculante ferrocarretero construido sobre el curso inferior del Río Negro, que une las ciudades de Viedma, provincia de Río Negro y Carmen de Patagones, provincia de Buenos Aries.

* Se designa con el nombre de Ruta Nacional 40 "Libertador General Don José de San Martín" a la ruta nacional 40. 

* Se declara de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la rehabilitación de diversos servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido.


* Se declara monumento histórico nacional a la estación ferroviaria de la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro. 

* Creación del régimen especial tarifario sobre el servicio público de transporte estudiantil universitario y terciario.

* Se establece un descuento del cincuenta por ciento en las tarifas del transporte automotor interjurisdiccional y ferroviario. Creación del boleto estudiantil gratuito universal y nacional –BEGUN-. Franquicia para el transporte de estudiantes y docentes terciarios y universitarios. Creación de Boleto Estudiantil Patagónico. 

* Creación del Programa Nacional de Educación e Información al usuario de transporte terrestre de pasajeros de media y larga distancia. 

* Proyectos de declaración y de resolución. 

Fueron invitados representantes de la Federación Universitaria Argentina (FUA), regionales de Centros de Estudiantes y representantes de la Juventud Sindical de la CGT y CTA, entre otras organizaciones estudiantiles y sindicales, quienes expondrán sobre el Boleto Educativo Gratuito Universal y Nacional (BEGUN).

Por fin se va a tratar en dicha Comisión de Transporte importantes Proyectos correspondientes al transporte ferroviario, como ser: "Se declara de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la rehabilitación de diversos servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido". Enhorabuena.

12 de marzo de 2015

Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional disponga las medidas necesarias para incorporar como grupo beneficiario de tarífas diferenciales del "Sistema Único de Boleto Electrónico" (Tarjeta SUBE), "a los estudiantes que concurran a universidades nacionales e institutos de educación superior de gestión estatal"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Resolución en la que se solicita al Poder Ejecutivo Nacional disponga las medidas necesarias para incorporar como grupo beneficiario de tarífas diferenciales del "Sistema Único de Boleto Electrónico" (Tarjeta SUBE), "a los estudiantes que concurran a universidades nacionales e institutos de educación superior de gestión estatal".


Dicho trámite recayó en el Expte. 0519-D-2015 del 09 de Marzo del corriente año, siendo la firmante de dicho proyecto de Resolución la Diputada Nacional María Virginia Linares (GEN - Buenos Aires).

Fundamentos

El Boleto Estudiantil es una reivindicación histórica del movimiento estudiantil, que se entrelaza con la historia de nuestra república y con los oscuros años de la dictadura.

Inicialmente se trató de una reivindicación del movimiento estudiantil de colegios secundarios y en los últimos años se constituyó también en una causa sentida por los estudiantes Universitarios.

A partir del retorno de la Democracia la lucha se revitalizó y progresivamente fue dando sus frutos. Primero se otorgó el boleto a nivel de algunas Municipalidades, luego varias provincias hicieron realidad este reclamo y finalmente la Nación mediante la Ley Nº 23.673 creó el boleto para estudiantes de enseñanza media.

Sin duda la sanción de la Ley Nº 23.673 permitió que muchos más adolescentes y jóvenes se convirtieran en alumnos de Escuelas Secundarias. En este sentido es que solicitamos la incorporación de los Estudiantes de Educación Superior como uno más de los grupos beneficiario de tarifas diferenciales del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) entendiendo que de este modo se dará una respuesta rápida a las dificultades económicas que supone el acceso a la educación Superior.

La Ley de Educación Nacional nos obliga a "Garantizar a todos/as el acceso y las condiciones para la permanencia y el egreso de los diferentes niveles del sistema educativo, asegurando la gratuidad de los servicios de gestión estatal, en todos los niveles y modalidades".

No hace falta mencionar que a pesar de la gratuidad de la educación superior que imparten nuestras Universidades e Institutos públicos, los jóvenes deben costear gran parte de los gastos que insume su educación. Libros, apuntes, fotocopias, material didáctico, vestimenta y transporte son algunos de los costos que asumen directamente los propios estudiantes para lo cual o dependen de sus familias, o de sus propios ingresos, muchas veces como resultado de empleos temporales y precarios.

Es así que mientras algunos pocos estudiantes pueden dedicar algunos años de su vida exclusivamente a su educación, la mayoría alterna necesariamente su educación con el trabajo. Y en muchos otros casos ni siquiera pueden soñar con la posibilidad de transitar por las aulas de nuestras universidades e Institutos de Educación Superior.

Uno de los mayores desafíos de la educación superior es garantizar el acceso y paralelamente generar las condiciones para la permanencia de los estudiantes. Para ello no alcanza con modificar sistemas de ingreso y regímenes de estudio. Tampoco resulta suficiente la creación de Universidades o extensiones áulicas. Todo ello resulta insuficiente si no se remueven las dificultades socioeconómicas que enfrentan nuestros jóvenes. La posibilidad de incorporar a los Estudiantes de Educación Superior entre los grupos beneficiarios del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) viene a ofrecer más igualdad en las oportunidades educativas.

A lo largo de nuestra historia la educación ha sido un camino de ascenso social, una vía posible para el mejoramiento de las condiciones de vida de nuestros ciudadanos y sus familias. En el pasado alcanzaba para ello con la culminación de los estudios secundarios. Hoy ello resulta insuficiente, la escuela secundaria es el piso mínimo de formación que exige el mercado laboral, y que requiere los tiempos que corren.

Si queremos recuperar el rol que la educación cumplió para amplios sectores sociales hoy es necesario masificar la educación superior, hacerla accesible a todos y todas para volver entonces a transitar un camino social ascendente por ello no se trata solamente de otorgar un beneficio a un importante grupo de jóvenes, se trata también de favorecer el desarrollo sostenido de nuestra Nación entendiendo que el nivel educativo de la Nación redunda en beneficio de toda la población.

El presente proyecto es reproducción del Expediente 9648-D-2014, de mi autoría.

Por los fundamentos expuestos, y por la imperiosa necesidad que acompañemos a los miles de estudiantes que diariamente realizan enormes esfuerzos para seguir estudiando, y a todos aquellos que a partir de la sanción de este proyecto van a poder acceder con mayor facilidad a nuestras universidades e Institutos de Educación Superior, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Resolución.-

26 de agosto de 2014

Creación del Boleto Estudiantil Universitario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Ley  solicitando la Creación del Boleto Estudiantil Universitario.

Dicho trámite recayó en el Expte. 6472-D-2014 del 20 de Agosto del corriente año, siendo los firmantes de dicho proyecto de Ley los Diputados Nacional: María Luz Alonso (Frente para la Victoria - PJ - La Pampa), Anabel Fernández Sagasti (Frente para la Victoria - PJ - Mendoza), Mauricio Ricardo Gómez Bull (Frente para la Victoria - PJ - Santa Cruz), Eduardo Enrique De Pedro (Frente para la Victoria - PJ - Buenos Aires), Mayra Soledad Mendoza (Frente para la Victoria - PJ - Buenos Aires), Nilda Mabel Carrizo (Frente para la Victoria - PJ - Tucumán), Josefina Victoria González (Frente para la Victoria - PJ - Santa Fe), Marcos Cleri (Frente para la Victoria - PJ - Santa Fe), Horacio Pietragalla Corti (Frente para la Victoria - PJ - Buenos Aires), Andrés Larroque (Frente para la Victoria - PJ - C.A.B.A.).


Fundamentos

La educación es un pilar fundamental en la construcción de las sociedades; es una de las principales herramientas para alcanzar la equidad, permitiendo mediante ella, la igualación en el conocimiento de los distintos sectores sociales. Esto implica visualizar a la educación como una inversión, y no como un gasto, debido a que los resultados se manifestaran en un futuro, con una sociedad de espíritu crítico, tendiente a promover el cambio social en beneficio de toda la comunidad.

Nuestra Carta Magna, en su art. 14 Bis, asegura el derecho a la educación pública, universal y gratuita. Ello implica afirmar que no es un precepto facultativo hacia nuestros gobernantes, sino que constituye un enunciado imperativo, obligatorio, y del cual todos los ciudadanos, sin distinción alguna, somos portadores de tal derecho.

El proyecto viene a sanear una necesidad y realidad efectiva en la vida universitaria. Muchas veces, los jóvenes y docentes, se encuentran con las universidades a largas distancias de sus hogares, y esto implica un gasto enorme en sus familias, llevando incluso a condicionar el estudio de los mismos, por no tener el dinero suficiente para afrontar el pago de los pasajes. Por esto, mediante este beneficio, se pretende favorecer el desarrollo educativo de los estudiantes y docentes universitarios.

Esta es una realidad, de la cual el Estado no debe exonerarse; constituye un deber encontrar los mecanismos para hacer efectivo el presupuesto constitucional anteriormente mencionado. Este compromiso, no solo tiene que evidenciarse en la construcción de universidades, infraestructuras, becas, sino también en hacer frente a las distintas aristas que se presentan en la cotidianeidad estudiantil, que de hecho es compleja.

Esta ley, pretende mejorar las Resoluciones MOySP N. °103/72 y STyOP N.° 203/89 que actualmente se encuentran vigentes, pero que en la realidad no se operativizan, por desconocimiento de la ciudadanía y por razones de interpretación de las empresas, fundadas en el Decreto 2407/02. Este Decreto, declaró el estado de emergencia del transporte automotor de pasajeros por carretera de carácter jurisdiccional, fijando las condiciones técnico operativas y económica-financieras a las que debían ajustarse los permisionarios, recategorizando los vehículos y las bandas tarifarias. En virtud de estas bandas tarifarias, las empresas aplican los descuentos a ciertas bandas (superiores) y a otras no (menores) desvirtuando el sentido de la medida y distorsionando de esta manera la norma.

El proyecto permitirá agilizar el trámite efectuado por el estudiante y un mayor control por parte de la autoridad de aplicación. Para esto, se pretende crear, dentro de la órbita del Ministerio del Interior y Transporte, el "Registro Estudiantil Universitario" (REU), a los fines de que al comienzo de cada ciclo lectivo, los estudiantes presenten el certificado de alumno regular expedido de sus Facultades respectivas y queden constatados en este. La base de datos, deberá estar accesible en cada una de las empresas de transporte de ómnibus, trenes y aéreas, fluviales. A su vez, luego de acreditar los estudiantes su situación ante el "REU", la oficina les entregara una tarjeta para que la misma sea presentada ante las empresas con el acompañamiento del DNI. La empresa deberá corroborar la identidad de la persona teniendo en cuenta la base de datos del "REU" y la tarjeta de identificación del solicitante del descuento.


Como sociedad democrática, estamos en deuda para con los estudiantes. Debemos legitimarnos y hacer fáctico el acceso a la educación, creando mecanismos tendientes a hacer cumplir las leyes, que de nada valen si solo tienen peso en los papeles y no en la realidad de los ciudadanos.

27 de mayo de 2014

Estudiantes de Nivel Terciario y Universitario. Se establece un descuento del 50% en las tarífas del Transporte Automotor, Interjurisdiccional y Ferroviario

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Ley para establecer un descuento del 50% en las tarifas del Transporte Automotor, Interjurisdiccional y Ferroviario para los estudiantes de Nivel Terciario y Universitario.

Dicho trámite recayó en el Expte. 3736-D-2014 del 20 de Mayo del corriente año, siendo los firmantes de dicho proyecto de Ley los Diputados Nacionales: Daniel Ricardo Kroneberger (U.C.R. - La Pampa) y Francisco Javier Torroba (U.C.R. - La Pampa).


Fundamentos

Por la presente iniciativa solicitamos la sanción de una ley que eleve los descuentos actuales para los estudiantes universitarios - y los establezca para los de carreras terciarias no universitarias de todo el país - en los costos de los pasajes del trasporte terrestre colectivo interjurisdiccional y del transporte ferroviario, al cincuenta por ciento del valor.

El descuento en las tarifas para quienes cursan regularmente estudios, llamado "boleto estudiantil universitario" constituye históricamente una reivindicación de quienes deben trasladarse diaria, semanal o con otra periodicidad a un lugar distinto del de su residencia familiar para cursar sus estudios.

Los estudiantes universitarios y/o terciarios, en su mayoría jóvenes que terminan sus estudios secundarios, están en serias dificultades para acceder a su primer trabajo. Además las horas de cursadas en las carreras superiores son muy extensas, lo cual agrava aún más las posibilidades laborales.

El Estado nacional ha establecido desde el año 1972 un descuento del 20 % a los estudiantes universitarios con el solo requisito de la portación y exhibición de la Libreta Universitaria. Ese descuento producto de los índices inflacionarios, y del aumento en los combustibles ha quedado insuficiente. Por lo cual, es menester reformar ese porcentaje del 20% y elevarlo al 50%.

Además es necesario que todas las empresas de transporte de pasajeros que se encuentren comprendidas en la presente ley, y que deban cumplir con el otorgamiento del descuento establecido en el artículo 1º de la presente, deberán exhibir en cada ventanilla o puesto de venta de pasajes, en lugar perfectamente visible y de un modo que permita ser advertido directa e inmediatamente por quien desee adquirir un pasaje, un cartel con la transcripción íntegra de los artículos 1, 2, 3, 4 y 5 de la presente ley. Porque últimamente ha quedado librado a la discrecionalidad de las empresas permisionarias del transporte automotor de pasajeros.

Esta iniciativa legislativa tiene como objetivo prioritario que los estudiantes universitarios y/o terciarios puedan con mayor facilidad acceder y permanecer cursando sus estudios superiores.

A los fines de otorgar dicha garantía, el Estado Nacional debe garantizar el ingreso y el egreso de las instituciones de educación superior, de todos aquellos que así lo deseen. Debe remover aquellos obstáculos que impidan el acceso a la misma, ya sean estos materiales o económicos. La educación, en su totalidad, es un derecho personal y, como tal, garantizado por el Estado.


Creemos entonces, que debe ser el Estado el que financie los subsidios necesarios para la implementación del descuento que este proyecto fija, porque así lo instituye la Constitución Nacional.

14 de abril de 2013

SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO NACIONAL DISPONGA IMPLEMENTAR EL BOLETO FERROVIARIO ESTUDIANTIL GRATUITO EXTENSIVO AL PERSONAL DOCENTE, EN LOS SERVICIOS FERROVIARIOS DE PASAJEROS QUE PRESTA LA EMPRESA "OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)", EN LA PROVINCIA DEL CHACO


Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Resolución para solicitar al PEN disponga implementar el Boleto Ferroviario Estudiantil Gratuito extensivo al personal docente, en los servicios ferroviario de pasajeros que presta la empresa Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE).

Dicho trámite recayó en el Expte. 1454-D-2013 del 26 de Marzo del corriente año, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Resolución los siguientes Diputados Nacionales

MALDONADO, VÍCTOR HUGO        CHACO      UCR
STORANI, MARÍA LUISA       BUENOS AIRES   UCR
BAZZE, MIGUEL ANGEL        BUENOS AIRES   UCR
ALFONSÍN, RICARDO LUIS   BUENOS AIRES   UCR
ROGEL, FABIÁN DULIO        ENTRE RIOS       UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO        BUENOS AIRES   UCR

Fundamentos

El presente proyecto de resolución responde a un reclamo social que ya se ha generalizado y que debemos concretar sin mayores dilaciones en el servicio público de transporte de pasajeros, con el objeto de facilitar el acceso a la educación en todos los ámbitos, en condiciones de mayor equidad y justicia.

El Boleto Estudiantil Gratuito constituye un claro apoyo a la educación pública, que aspiramos a promover y recuperar con acciones concretas. Una manera de hacerlo es evitar la deserción escolar que en muchos casos ocurre por la falta de recursos en muchas familias para cubrir los gastos de cada uno de sus hijos.

Estación RESISTENCIA

Afirmando dicha convicción, quiero además destacar el Proyecto de ley de mi autoría (Expediente N|° 8373-D-2012) que se encuentra vigente para su tratamiento durante el corriente año y que cuenta con el apoyo de numerosos legisladores de varios sectores políticos.

En ese sentido, quiero reafirmar ahora la prioritaria atención que desde la Provincia del Chaco, se ha sumado al impulso de las peticiones ciudadanas del interior del país, para poner en vigencia el Boleto Estudiantil - extensivo al personal docente-, en todos los servicios ferroviarios de pasajeros que presta la Empresa Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado (SOFSE) y que comprenden los ramales Puerto Tirol- Resistencia-Puerto Vilelas; Roque Sáenz Peña-Pinedo-Chorotis y Cacui-Los Amores.

La actividad ferroviaria está regulada actualmente por la Ley 26352, por la que se han creado las sociedades Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado y Operadora Ferroviaria Sociedad del Estado, cuya administración y funciones se encuentran bajo la competencia del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, responsable del reordenamiento de los servicios ferroviarios en todo el país.

Conforme las atribuciones que la ley le otorga, dicho Ministerio tiene a su cargo fijar los criterios de gestión de nuestros ferrocarriles, su rentabilidad y las pautas de atención a los usuarios, que debieran determinarse con un criterio federal y de equidad social.

Pero es evidente que el servicio de transporte público tiene un formato cada vez más centralizado en nuestro país, lo cual remarca ciertos privilegios para acceder al traslado de alumnos y docentes, desde la cercanía con la Capital Federal frente a los pobladores de nuestras Provincias.

Ciertamente la discusión del transporte público de pasajeros y el valor del boleto urbano deben plantearse primordialmente con la Nación, por el reparto de los recursos que desde la Secretaria de Transporte se transfieren a las distintas jurisdicciones.

La grave discrecionalidad y asimetría en la distribución de los recursos tributarios que se destinan a sostener las empresas del transporte urbano ha llegado a extremos irritantes.

Se ha consolidado una situación arbitraria a partir de un complejo régimen de subsidios nacionales y el dictado de normas reglamentarias, supletorias y compensatorias que dieron lugar a una emergencia permanente.

Su falta de equidad y justicia, es causa y efecto de reiteradas postergaciones y exclusiones para los usuarios del interior del país, principalmente los sectores populares que no disponen de otras alternativas de movilidad.

Ante ello se alza hoy el reclamo de un boleto estudiantil obligatorio en los servicios urbanos de pasajeros, que cobra mayor importancia en un contexto de desigualdad en la educación, donde la escuela pública pierde cada vez más terreno frente a la enseñanza privada y los índices de calidad educativa descienden cada vez más en términos comparativos.

Hoy los indicadores de la educación argentina demuestran un deterioro de la enseñanza, con datos preocupantes de creciente desigualdad en el acceso, permanencia y egreso, para los diferentes niveles educativos, entre los sectores de menores recursos.

Corresponde al Estado nacional garantizar la igualdad de oportunidades que consagra nuestra Constitución Nacional. No puede ignorarse la incidencia del costo de los pasajes en la vida familiar, que muchas veces determina una imposibilidad de estudiar y acarrea finalmente la deserción escolar.

Particular gravedad reviste la cuestión del transporte en las Provincias, donde para acceder a la educación superior muchos estudiantes deben recorrer grandes distancias desde sus domicilios hasta las instituciones educativas, afrontando costos que habitualmente inciden sobre el acceso a ciertos niveles formativos por falta de recursos

Los jóvenes que viven en pueblos o parajes alejados de los grandes centros urbanos, necesitan del transporte para cursar sus estudios, a un costo que muchas familias no pueden afrontar. Advirtamos que si trasladarse de un pueblo a un centro urbano cercano ya es difícil, se hace muchas veces imposible cuando se trata de acceder a estudios de formación superior, que por lo general se imparten en las capitales provinciales y en las grandes ciudades.

Por todo lo expuesto, con el presente proyecto de resolución se requiere que el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública, como responsable del reordenamiento de los servicios ferroviarios en todo el país, disponga un régimen tarifario del servicio público de transporte ferroviario del Chaco, que permita instrumentar de manera integral, el boleto estudiantil gratuito en nuestra Provincia.

Con ello, queremos brindar a nuestros alumnos y docentes un servicio público de transporte ferroviario más justo y equitativo, como una herramienta elemental al servicio de una política educativa democrática en nuestro país.

26 de agosto de 2012

FERROBAIRES: DESCUENTO PARA ESTUDIANTES EN EL TREN QUE UNE BUENOS AIRES CON TANDIL


ACTUALIDAD

La empresa Ferrobaires incorporó un plan de tarifas para los jóvenes que viajan a Tandil y a las estaciones intermedias del ramal que une esa ciudad bonaerense con la terminal de Constitución, en la Capital Federal.

El interventor de Ferrobaires, Antonio Maltana, anunció que se implementará una tarifa para estudiantes, con una reducción del 20 por ciento en el precio, en el ramal que une Constitución y Tandil, para los jóvenes que acrediten certificado de alumno regular.

Luego de dos meses desde la vuelta a la ciudad serrana, el servicio tiene un promedio de ocupación superior al 50 por ciento, con variaciones los fines de semana.

El objetivo de la medida es estimular a los jóvenes sigan estudiando y que puedan viajar desde Buenos Aires a los municipios de Rauch, San Miguel del Monte, Las Flores, Cañuelas y Tandil con una tarifa especial.



Maltana explicó que Ferrobaires impulsa una gestión con eje en la seguridad y confort al pasajero: “Es un trabajo que demanda mucha dedicación y recursos”, reconoció.

Destacó que el “ferrocarril funciona a la oferta y no a la demanda, y ésta es muy buena”.

Actualmente el tren a Tandil posee dos servicios semanales, aunque se está previendo la posibilidad de incrementarlos.

“Vamos a ir creciendo con mucha dedicación, con equipos profesionales de la empresa y con gremios con los que no tengo más que elogios”, explicó.
Maltana también remarcó que la puesta en marcha de este ramal, después de 14 años, demostró que "se puede crecer, aunque no sea a niveles supersónicos, pero un tren más es importante".Telam