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Redacción Crónica Ferroviaria
Ya son varias las denuncias que hemos recibimos en Crónica Ferroviaria de usuarios del servicio de pasajeros entre Buenos Aires y Rosario (Provincia de Santa Fe) que se quejan porque no se respeta el horario establecido por la empresa Trenes Argentinos Operaciones.
Sin ir más lejos, la Asociación Amigos del Riel en su cuenta de twitter en el día ayer advertía que los trenes de Buenos Aires a Rosario y viceversa están tardando ocho (8) horas en realizar el recorrido cuando por itinerario tendría que ser en seis (6) horas quince (15) minutos.
Estación Rosario Norte de la Línea Mitre
La razón, según la AAR, sería por situaciones no resueltas entre la empresa estatal ferroviaria TAO y la concesionaria privada de carga Nuevo Central Argentino S.A.
De esta forma, expresa la Asociación Amigos del Riel, "se está perjudicando a miles de usuarios. La infraestructura permite velocidades de 120km/h. Totalmente ilógico entonces que para recorrer 300 km. demanden ocho (8) horas de viaje por la arbitrariedad de la compañía de cargas a la que le queda apenas un año de concesión"
Por último, expresan que "desde nuestra entidad apoyaremos cualquier acción decidida que subsane esta falencia a la brevedad y reclamamos al Estado Nacional una actitud más firme".
Desde Crónica Ferroviaria apoyamos la actitud tomada por la Asociación Amigos del Riel y también solicitamos encarecidamente a las autoridades del Ministerio de Transporte de la Nación que de una vez por todas pongan en práctica la Ley 27.132, más específicamente el Artículo 3° de la misma, que expresa lo siguiente:
Artículo 3° — El Poder Ejecutivo Nacional deberá adoptar las medidas necesarias a los fines de reasumir la plena administración de la infraestructura ferroviaria en todo el territorio nacional y la gestión de los sistemas de control de circulación de trenes, pudiendo a tal fin resolver, desafectar bienes, rescatar, reconvenir o en su caso renegociar los contratos de concesión suscritos con Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima y Ferrosur Roca Sociedad Anónima, aprobados por los decretos 994 del 18 de junio de 1992, 1.144 del 14 de junio de 1991 y 2.681 del 29 de diciembre de 1992, respectivamente; los contratos de concesión de transporte de pasajeros suscritos con Metrovías Sociedad Anónima y Ferrovías Sociedad Anónima Concesionaria, aprobados por los decretos 2.608 del 22 de diciembre de 1993 y 430 del 22 de marzo de 1994, así como los contratos de concesión suscritos con las provincias en el marco del decreto 532 del 27 de marzo de 1992 actualmente vigentes.