Mostrando entradas con la etiqueta Suspensión llamado a licitación. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Suspensión llamado a licitación. Mostrar todas las entradas

14 de julio de 2022

Suspenden Licitación para el Servicio de Alistamiento, Guardia Operativa y Revisiones A, B y C de Triplas de Coches Motores Fiat Serie 593

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operaciones informa que por el momento fue suspendido hasta nuevo aviso el llamado a Licitación Privada Nro. 03/2022 para el Servicio de Alistamiento, Guardia Operativa y Revisiones A, B y C de Triplas de Coches Motores Fiat Serie 593.

El objeto de dicho llamado era fijar los lineamientos técnicos, alcance de los trabajos y recomendaciones vinculadas al Servicio de Alistamiento Diario y Mantenimientos Preventivos correspondientes a las Triplas de coches motor Fiat Serie 593 a realizarse en las instalaciones de la Línea Roca.

El servicio incluía todos los recursos (materiales y mano de obra), equipamiento y demás esfuerzos necesarios para la realización del Mantenimiento Preventivo Programado, de tres (3) triplas de coches motores Fiat Serie 593, que comprende: i) Alistamiento diario; ii) Revisiones A (8.000 km; iii) Revisiones B (24.000 km.); iv) Revisiones C (72.000 km.); y v) Guardia Operativa, según.

En ese llamado, se definía como las instalaciones el Depósito de Locomotoras de la Línea Roca ubicado en la localidad de Maipú, Provincia de Buenos Aires.

26 de abril de 2021

Suspenden hasta nuevo aviso llamado a licitación Contratación del Plan de Adecuación de estaciones Tren de las Sierras

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

La empresa Trenes Argentinos Operaciones llama a Licitación Pública Nro. 07/2021 para la Contratación del Plan de Adecuación de estaciones Tren de las Sierras.

Etapa: única. 

Clase: nacional. 

Sistema: unidad de medida. SUSPENSIÓN La Operadora Ferroviaria SE informa la suspensión de la fecha de presentación y apertura de ofertas hasta nuevo aviso.- Para mayor información ingresar a www.trenesargentinos.gob.ar.

Alcance de la obra

1.- De conformidad con lo previsto en el Pliego de Especificaciones Técnicas (PET), la finalidad de los trabajos consiste en la contratación del “PLAN DE ADECUACIÓN DE APEADEROS – TREN DE LAS SIERRAS”.

2.- Los trabajos consisten en la refacción y mejoramiento de estaciones y apeaderos, que comprende entre otras tareas la adecuación y reparación de sanitarios, cubiertas, drenajes, solados, revoques, pinturas, instalaciones sanitarias, termo mecánicas eléctricas e iluminación; Asimismo, abarca la provisión de equipamientos diversos y la intervención de los andenes, accesos y entorno, con los correspondientes cerramientos y la provisión de equipamiento urbano.

3.- A tal efecto, los trabajos requeridos deberán ser realizados conformes a su fin, para lo cual deberán considerarse incluidos todos los elementos y medios necesarios para el correcto funcionamiento, aun cuando no se mencionen explícitamente en la especificación.

Lugar de ejecución de los trabajos 

De acuerdo a lo previsto en el artículo 13 del PET, los trabajos se realizarán en el ámbito del cuadro de estación o apeadero correspondiente perteneciente a la Delegación Tren de las Sierras – Córdoba Mitre, a saber:

• Estación Córdoba Mitre

• Apeadero Rodríguez del Busto

• Estación La Calera

• Estación Bialet Massé

29 de noviembre de 2018

Otra Licitación que se cae. Se dejó sin efecto el procedimiento para la Rehabilitación del Ramal C15 de la Línea Belgrano

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 1033/2018 de fecha 21 de Noviembre de 2018 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en su Artículo 1º informa que se deja sin efecto el procedimiento de la Licitación Pública Internacional N° 1/2017 “Rehabilitación del Ramal C15”, con ajuste a lo establecido en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Servicios y para la Contratación de Consultores y Firmas Consultoras por Prestatarios y Beneficiarios de FONPLATA” – RD Nº 1328/2013 de fecha 13 de agosto de 2013, por la suma de $874.800.000 IVA incluido, aprobada por medio de la Resolución N° RESOL-2017-134-APN-MTR de fecha 14 de marzo de 2017 del Ministerio de Transporte de la Nación, en virtud de las razones expuestas en los considerandos de la presente medida.

El Ramal C15, principalmente el tramo que une Embarcación con la Estación Pocitos (Bolivia) 

Asimismo, mediante Resolución Nro. 1048/2018 del Ministerio de Transporte de la Nación con fecha 27 de Noviembre de 2018, y también publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, expresa en su Artículo 1º que se ractifica el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2018-1033-APN-MTR del 21 de noviembre de 2018 del Ministerio de Transporte, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2º.- Notifíquese la presente medida a las siguientes empresas: 1) NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A. – CONVISA S.A. – U.T.; 2) LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A. – SAVABISA S.A. – U.T., 3) CONSTRUCTORA QUEIROZ GALVAO S.A. – CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. – U.T.; 4) BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. 5) POSE S.A. – SMITH MOLINA S.A. – U.T, y 6) VIAL AGRO S.A.

En los Considerandos de la Resolución Nro. 1033/2018, entre otras cosas, expresa que "mediante el Decreto N° 547 de fecha 1° de abril de 2016, se creó la entonces UNIDAD EJECUTORA CENTRAL (U.E.C) del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la cual tenía en cabeza la gestión y ejecución del “PROYECTO DE INTEGRACIÓN FERROVIARIA ARGENTINO BOLIVIANA PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO Y REGIONAL – RAMAL C15 FERROCARRIL GENERAL BELGRANO”, así como de los programas y/o proyectos financiados total o parcialmente con fuentes de financiamiento externas, que se desarrollaran en la órbita del citado MINISTERIO DE TRANSPORTE".

"Que en el marco de la ejecución del Proyecto ut supra citado, se llevó a cabo el procedimiento para la contratación de la obra de “Rehabilitación del Ramal C15”, cuyo objetivo es la construcción de nuevos puentes ferroviarios y el mejoramiento de los existentes, tanto metálicos como de hormigón armado, reparación de alcantarillas y mejoramiento de estaciones y bases de cuadrillas".

"Que la contratación que se propiciaba, se llevó a cabo bajo el método de Licitación Pública Internacional (LPI), cuyo respectivo trámite de contratación ha sido ajustado a los procedimientos previstos en las “Políticas para la Adquisición de Bienes y Servicios y para la Contratación de Consultores y Firmas Consultoras por Prestatarios y Beneficiarios de FONPLATA” – RD Nº 1328/2013 de fecha 13 de agosto de 2013, de acuerdo a lo establecido en el Modelo de Contrato de Préstamo indicado en los considerandos precedentes".

"Que con fecha 18 de enero de 2017 FONPLATA otorgó la “No Objeción” al Documento de Licitación y a la publicación del Aviso del Llamado a Licitación correspondiente a la LPI N° 1/2017, que tiene por objeto la obra “Rehabilitación del Ramal C15”.

"Que mediante Resolución N° RESOL-2017-134-APN-MTR de fecha 14 de marzo de 2017 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se aprobó el Documento de Licitación de Obras y el Llamado a Licitación correspondiente a la LPI N° 1/2017 “Rehabilitación del Ramal C15”, se autorizó su publicación, se aprobó el presupuesto estimado y se creó el Comité de Evaluación de las ofertas que se presentaren con motivo de la Licitación mencionada".

"Que con fecha 31 de julio del 2017 se llevó a cabo el acto de apertura pública de ofertas con la presencia de Funcionarios de la Escribanía General de Gobierno, presentándose cotizaciones de las siguientes firmas:

1) NOROESTE CONSTRUCCIONES S.A. – CONVISA S.A. – U.T.; 2) LEMIRO PABLO PIETROBONI S.A. – SAVABISA S.A. – U.T., 3) CONSTRUCTORA QUEIROZ GALVAO S.A. – CENTRO CONSTRUCCIONES S.A. – U.T.; 4) BENITO ROGGIO E HIJOS S.A. 5) POSE S.A. – SMITH MOLINA S.A. – U.T, y 6) VIAL AGRO S.A.

"Que el Comité de Evaluación procedió al análisis de las ofertas presentadas, y luego de solicitar la tramitación de sendos pedidos de aclaraciones y de que los licitantes hicieran las respectivas presentaciones en respuesta a ello, emitió su Informe de Evaluación de las Ofertas en fecha 29 de noviembre de 2017, el que fue puesto en conocimiento de FONPLATA y sobre el que otorgara su No Objeción".

"Que a través del entonces MINISTERIO DE FINANZAS, oportunamente se informó a FONPLATA mediante la Nota NO-2018-26281307-APN-DNFORC#MF, la necesidad del MINISTERIO DE TRANSPORTE de realizar la total rehabilitación del Ramal C15 entre Pichanal y Pocitos de manera integral, a los efectos de uniformar las condiciones de la infraestructura del ramal y optimizar su potencialidad y condiciones operativas, y por lo tanto postergar las obras previstas originalmente en el marco de Préstamo ARG-23/2015 y cancelar los procesos licitatorios: LPI N° 1/2017 “Rehabilitación del Ramal C15” y LPI N° 2/2017 “Supervisión de la Construcción de la Obra de Rehabilitación del Ramal C15”.

"Que, asimismo, la dicha SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, manifestó que el replanteo y el estudio de factibilidad de las obras proyectadas y su necesidad para la satisfacción de los actuales requerimientos, resultan de suma importancia para la debida gestión de los fondos disponibles y por ello solicitó no avanzar con el procedimiento de selección del contratista en curso hasta tanto no se realice un proceso de revisión de la documentación técnica actual del proyecto de la obra".

"Que todo intento de modificación de lo previsto en los Pliegos de la Licitación, conllevarán dejar sin efecto el presente procedimiento licitatorio e iniciar uno nuevo en concordancia con las nuevas bases, dado que las ofertas presentadas fueron realizadas de acuerdo a los requisitos efectuados en los actuales pliegos licitatorios y con los fines por ellos dispuestos".

"Que la doctrina administrativista ha sostenido que “Jurídicamente el caso debe considerarse como de un nuevo llamado a licitación, pues la comparecencia anterior de los oferentes tuvo en consideración los pliegos primitivos. Ante el cambio de pliegos, la actitud de la Administración Pública debe considerarse similar al supuesto en que la licitación es dejada sin efectos. Los oferentes pueden, entonces, retirar su oferta y cualquier depósito de garantía que hubieren efectuado” (cfr. MARIENHOFF, Santiago Miguel “Tratado de Derecho Administrativo”, Tomo III-A, páginas 212/3, BUENOS AIRES, 1994)".

"Que, de igual modo, se ha expresado que “la decisión de la Administración de anular la licitación o el hecho de que sea dejada sin efecto, no puede ser cuestionada por los oferentes, porque constituye una facultad que todos los regímenes de contratación pública reconocen al licitante” (MAIRAL, Héctor A.. “Licitación Pública”. Bs. As. 1975 p. 131)".

"Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION se ha manifestado conforme a la doctrina precitada en Dictámenes 174:78, 176:209, 184:178, 190:070 y 244:820".

"Que, en idéntico sentido, ha indicado que “Por procedimiento revocado debe entenderse, entonces, aquel en el cual la Administración extingue el mismo sin emitir el acto de adjudicación, por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, es decir, por una discrecional interpretación del interés público que la lleva a decidir no continuar con la tramitación de contratación ya sea porque ha concluido en la inconveniencia de ejecutar la obra misma, o bien ha resuelto efectuar modificaciones a su proyecto o a otras características relativas a su ejecución, o por cualquier otra razón dejada a su apreciación prudencial”. (BARRA, Rodolfo Carlos “Contrato de Obra Pública” Bs.As. 1986, Tomo 2, ps. 647 y 648)".

"Que la revocación por razones de oportunidad, mérito o conveniencia, tiende a satisfacer más adecuadamente las exigencias del interés público, que aparece aquí como consecuencia de cambios en las Especificaciones Técnicas convenientes para la obra de referencia".

"Que, a dicho respecto, cabe destacar que la presentación de una oferta no implica la existencia de derechos adquiridos con respecto a un procedimiento de contratación, toda vez que resulta incierto el resultado del mismo".

"Que, en este sentido, la Cláusula 37.1 del Tomo I de los Documentos de Licitación que rige el presente procedimiento licitatorio, determina que el Contratante se reserva el derecho de anular el proceso de licitación y rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante el Licitante o los licitantes afectados por esta decisión".

"Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le compete".

"Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto Ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorios), el Decreto N° 547 del 1° de abril de 2016 y el Decreto N° 863 del 19 de mayo de 2015".

Por último, expresamos que CRÓNICA FERROVIARIA con nota titulada "Se invertirán US$60 millones para reactivar ramal a Bolivia" de fecha 11 de Diciembre de 2017 expresamos que desde hace años, el Gobierno provincial y, sobre todo, los productores salteños vienen reclamando que se reactive el ramal C15, principalmente el tramo que une Embarcación con la Estación Pocitos (Salvador Mazza). Finalmente y después de dos años de espera, el 30 de noviembre fue adjudicada la licitación pública internacional Nº 01/2017 para la rehabilitación del ramal C-15 como parte del proyecto de integración argentino-boliviana para el desarrollo económico y de la región.

Por lo visto, van a tener que esperar para otra oportunidad porque el gobierno nacional por ahora le dice NO al llamado a Licitación Pública Internacional Nro. 01/2017.

9 de noviembre de 2018

Dejan sin efecto la compra de 169 Unidades Eléctricas Múltiples, pero sí de 70

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución 997/2018 de fecha 08 de Noviembre de 2018 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, resuelve lo siguiente:

Artículo 1°- Déjase sin efecto la Licitación Pública Nº 12/2017 (Proceso COMPR.AR Nº 451-0012-LPU17) aprobada por la Resolución N° RESOL-2017-914-APN-MTR de fecha 25 de septiembre de 2017, del MINISTERIO DE TRANSPORTE por la cual se autorizó su convocatoria y se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, las Especificaciones Técnicas y todos los anexos relativos a la documentación del llamado propiciado (PLIEG-2017-21731748-APN-MTR).


Artículo 2º.- Autorízase la convocatoria a Licitación Pública Internacional de Etapa Múltiple, para la adquisición de SETENTA (70) Unidades Eléctricas Múltiples (EMU), la provisión de la Documentación Técnica y la prestación de los servicios de Capacitación Técnica, Asistencia Técnica y Mantenimiento de unidades.

Artículo 3º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que incluye las Especificaciones Técnicas, y todos los anexos relativos a la documentación del llamado que se propicia y que como Anexo (PLIEG-2018-57339233-APN-MTR) integran la presente medida.

Artículo 4°.- Desígnanse como MIEMBROS TITULARES de la Comisión Evaluadora ad hoc a los Sres. LAVALLA, Juan José (D.N.I. Nº 12.707.982), HEIDENREICH, Elvio Alberto (D.N.I. Nº 18.352.928) y LÓPEZ, Daniel Marcelo (D.N.I. Nº 14.857.652) así como a los respectivos MIEMBROS SUPLENTES, los Sres. VIDAL, Álvaro Gonzalo (D.N.I. Nº 14.315.359), ROSITO, Carlos Alejandro (D.N.I. Nº 4.405.293) y ANTONIUCCI, Martín Alejandro (D.N.I. Nº 35.206.727).

Artículo 5º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS de la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a determinar la fecha, hora y lugar de la presentación y apertura de las ofertas, así como todos los trámites necesarios para dejar sin efecto el procedimiento mencionado en el ARTÍCULO 1º y para llevar a cabo el procedimiento de selección mencionado en el ARTÍCULO 2º de la presente medida.

Artículo 6°.- El gasto resultante se imputará a la Partida Presupuestaria 4.3.2 “Equipo de Transporte, Tracción y Elevación” – Actividad 55 “Rehabilitación Integral de Trenes de Pasajeros AMBA” – Programa 62 “Modernización de Red de Transporte Ferroviario” – Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE – Servicio Administrativo Financiero 327 - Fuente de Financiamiento 2.2 “Crédito Externo”, Ubicación Geográfica 96 – Interprovincial, en la proporción que corresponda a los Ejercicios Financieros 2020, 2021, 2022, 2023, 2024, 2025, 2026, 2027, 2028, 2029, 2030, 2031, 2032, 2033, 2034, según surja de su adjudicación definitiva.

Artículo 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Guillermo Javier Dietrich

El llamado a Licitación Pública Nro. 12 del año 2017 expresaba entre otras cosas que esta Cartera Ministerial autorizó mediante Resolución N° RESOL-2017-914-APN-MTR de fecha 25 de septiembre de 2017 la convocatoria a Licitación Pública Internacional de Etapa Múltiple para la adquisición de CIENTO SESENTA Y NUEVE (169) Unidades Eléctricas Múltiples y su mantenimiento, comprendiendo asimismo, la provisión de la documentación técnica y la prestación de los servicios de capacitación y asistencia técnica, y aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que incluye las Especificaciones técnicas y todos los anexos relativos a la documentación del llamado (PLIEG-2017-21731748-APN-MTR).

Que dicha convocatoria se realizó en el marco de las necesidades concretas que demandan las obras y proyectos contempladas por el Plan Integral de Transporte Ferroviario de Pasajeros de la Región Metropolitana de Buenos Aires (RMBA) llevado adelante por esta Cartera Ministerial a través de sus órganos competentes, siendo una de las manifestaciones concretas de dicho Plan Integral el Proyecto “Red de Expresos Regionales (RER) del Área Metropolitana de Buenos Aires” conforme los informes obrantes en los expedientes citados en el VISTO.

Después de varias postergaciones en el llamado a licitación, ahora se decido que en vez de comprar 169 Unidades Eléctricas Múltiples, se llamará a licitación en un futuro por 70 EMU.

11 de junio de 2018

Un consorcio empresario pidió suspender una licitación por presunto favoritismo

Actualidad

Un consorcio binacional de empresas pidió a la Justicia argentina que suspenda de manera "urgente" una licitación que tramita bajo la órbita del Ministerio de Transporte . Sostuvo que los funcionarios habrían beneficiado a una firma rival de manera irregular en un proyecto que supera los $850 millones, según surge de decenas de documentos que ese consorcio presentó en Tribunales y a los que accedió LA NACION.

El reclamo es contra la Administración de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), una sociedad del Estado que convocó a una licitación internacional para recuperar varios tramos del Ferrocarril Belgrano y adjudicó uno de esos tramos al consorcio de la constructora argentina Vial Agro y de la brasileña Tiisa Infraestructura e Investimentos SA. Pero que luego volvió sobre sus pasos a pedido de la empresa local BTU.


En un escrito que presentó ante la Justicia el 28 de mayo y se mantuvo desde entonces bajo reserva, el consorcio Vial Agro-Tiisa expuso que la ADIFSE llamó a esa licitación, la modificó dos veces, anunció a los ganadores y adjudicó tres tramos, pero vencido el plazo dejó sin efecto la firma del contrato del tramo que ganó y ahora pretende convocar a otra licitación por ese único tramo.

Según los reclamantes, la ADIFSE tomó esa decisión a pedido de BTU, que presentó sus "observaciones" cuatro semanas después de vencido el plazo fijado para impugnar, en nombre del consorcio que integra con la China Railway Engineering Group Co. Ltd. (CREC), una empresa que sostuvo que no debió competir por incumplir con dos requisitos de la licitación.

"Estas deficiencias objetivas y significativas de la oferente BTU-CREC, que resultaron soslayadas por el licitante [por la ADIFSE], pese a que otros oferentes pudieron observarlas en tiempo y forma, deberían haber determinado sin más la descalificación [de BTU-CREC] de la licitación pública y, sin embargo, eso no ocurrió y se la calificó para un tramo, en perjuicio de los que sí cumplieron con todos los recaudos de admisibilidad, como mi parte", indicó el consorcio de Vial Agro y Tiisa ante la Justicia, lo que definió como "ventajas competitivas indebidas" que le causarían un daño millonario.

Tanto en la ADIF como en BTU defendieron sus acciones. ADIF confirmó que se le adjudicó un tramo al consorcio Vial Agro-Tiisa porque había presentado la mejor oferta, "pero luego se decidió, con el fin de dotar de mayor transparencia y competitividad al proceso, reabrir el proceso, lanzar una nueva licitación para el tramo y recibir nuevas ofertas".

En BTU, en tanto, afirmaron que su proceder fue "impecable" y que solo presentó un escrito en el expediente con "observaciones", al considerar que el trato recibido durante el proceso licitatorio era "injusto" y "desigual", lo que adjudicaron al lobby de ciertos miembros de la Cámara Argentina de la Construcción.

Reclamos previos

Según reconstruyó LA NACION, el contrapunto comenzó semanas antes de que Vial Agro-Tiisa acudiera a la Justicia. El consorcio reclamó antes a las autoridades de la ADIF y del Ministerio de Transporte. Les adelantó a sus funcionarios que se retirarían de la licitación si no revertían su perjuicio particular o, por el contrario, daban por caído todo el proceso licitatorio.

Los emisarios de la brasileña Tiisa habrían ido más lejos. Habrían comunicado que, de no recibir una solución, no competirán más en la Argentina por falta de garantías, tras haber desembolsado para este proyecto ferroviario cerca de US$6 millones y $13,3 millones en maquinarias y otras inversiones.

El contrapunto también incluyó chicanas cruzadas entre Vial Agro y BTU por sus antecedentes. El presidente de la primera, Pablo Quantín, fue parte de una investigación ante la Justicia de Río Negro por presuntos sobreprecios en la obra pública, con ramificaciones que llegaban hasta el entonces secretario de Obras Públicas José López. Por su parte, la constructora Odebrecht señaló a BTU en Brasil como una de las empresas con mejor llegada al ministro Julio De Vido durante la última década. Durante ese período, también se la vinculó con el "caso Skanska" y ya sobre el ocaso kirchnerista recibió la orden para construir un gasoducto en Santa Cruz, decisión que anuló el actual ministro de Energía, Juan José Aranguren, por presuntos sobreprecios que notificó a la Oficina Anticorrupción.

Así, ante el silencio de la ADIF, el consorcio Vial Agro-Tiisa acudió a la Justicia. Pidió una medida cautelar para suspender la adjudicación de todos los tramos del proceso licitatorio con un objetivo declarado: que se firmen todos los tramos adjudicados -incluido el suyo- o ninguno, y se relance toda la licitación, completa. Esto, sostuvo, dado "el cúmulo de irregularidades" fruto "de la actividad ilegítima" de la ADIF.

En la ADIF replicaron ante la consulta de LA NACION que el llamado a una nueva licitación por ese único tramo es "en pos de obtener una mayor y mejor competitividad, asegurando la igualdad entre todos los proponentes y disipar cualquier duda sobre la transparencia de los procesos de selección", y negaron que el consorcio Vial Agro-Tiisa tuviera ya un derecho adquirido sobre ese tramo.LaNación.com (Nota enviada por nuestro colaborador señor
Jorge Zatloukal)

19 de enero de 2018

¿Marcha atrás en la licitación compra de durmientes de quebracho?

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Crónica Ferroviaria publicó nota con fecha 14 de Enero pasado con el título: "Llamado a Licitación Abreviada para la adquisición de durmientes de madera dura entallados para mantenimiento de vía Línea Roca" de la empresa Trenes Argentinos Infraestructura, lo que originó posteriormente que con fecha 16 de Enero pasado informáramos sobre la negativa de la Fundación para la Defensa del Ambiente solicitándole al gobierno nacional suspenda dicho llamado a licitación pues el quebracho es una especie forestal que se encuentra en peligro de extinción.


Entre otras cosas el titular de la ONG cordobesa, Raúl Montenegro, expresó que "el Ministerio de Transporte de la Nación, a través de Trenes Argentinos Operaciones, llamó a licitación para la compra de 41.730 durmientes de quebracho colorado, lo que representa unas 5.000 toneladas e implicará la destrucción de los bosques chaqueños”.

Sobre el particular, Montenegro consideró "absurdo seguir presionando una especie en peligro cuando hay disponibles en el mercado durmientes de cemento y plástico reciclado".

“Solicitamos al Gobierno Nacional que suspenda indefinidamente la licitación de durmientes de maderas duras y se declare en emergencia nacional a los quebrachales de Argentina, y muy especialmente, aquellos donde coexisten las tres especies autóctonas de quebracho (colorado, orco y santiagueño/mestizo)”, señaló.

En tanto, Funam indicó que se basó, entre otros estudios, en una investigación de la Universidad Nacional del Nordeste que indica que la supervivencia de los quebrachales nativos “se pronostica sólo para 60 años más". "Ya se perdió el 85% de los quebrachales en Argentina".

Debido a toda esta movida para solicitar que el llamado a licitación para la compra de durmientes de quebracho quedara suspendida, en el día de hoy en la página web de la empresa Trenes Argentinos Infraestructura ya no figura dicho llamado a licitación. Lo que no sabemos es si la misma fue suspendida o simplemente la sacaron y todo sigue igual.