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27 de junio de 2024

Proyecto de Ley para declarar de interés nacional la traza ferroviaria para trenes de pasajeros tramo Tostado (Santa Fe) - Chorotis (Chaco)

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Ley para declarar de interés nacional la traza ferroviaria para trenes de pasajeros tramo Tostado (Santa Fe) - Chorotis (Chaco) de la Línea Belgrano.

Dicho trámite recayó en el Expte.3224-D-2024 del 19 de Junio del corriente año, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Ley los Diputados Nacionales: Eduardo Toniolli (Unión por la Patria - Santa Fe) y Florencia Carignano (Unión por la Patria - Santa Fe).


Fundamentos

Con la promulgación en mayo del año 2015 de la Ley Nº 27.132, se declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina, la política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y cargas, la renovación y mejoramiento de la infraestructura ferroviaria y la incorporación de tecnologías y servicios que coadyuven a la modernización y a la eficiencia del sistema de transporte público ferroviario, para garantizar la integración del territorio nacional y la conectividad del país, el desarrollo de las economías regionales con equidad social y la creación de empleo.

Asimismo, con fecha del 21 de marzo del 2022, presentamos un proyecto de Ley de nuestra autoría para abordar esta temática, cuyo número de expediente es el 1018-D-2022, publicado en el Trámite Parlamentario N° 20.

El espíritu de esa ley muestra una voluntad de contribuir con herramientas efectivas al afianzamiento del tejido territorial y social, especialmente en una zona que se abrió a las comunicaciones hace más de ochenta años precisamente al influjo de los Ferrocarriles del Estado, que entonces construyeron el ramalC.6 que estimuló el asentamiento de poblaciones y la producción en el extremo Noroeste de la Provincia de Santa Fe, el Centro-Este de la de Santiago del Estero y Sudoeste de la del Chaco.

A través de este ramal, la zona disfrutó desde entonces de ágil conectividad con las zonas más desarrolladas de las provincias de Santa Fe y Chaco, contando con servicios interprovinciales para pasajeros hasta el año 1992. A partir de entonces, los habitantes de la región intermedia sólo contaron con el recurso de la Ruta Nacional Nº 95, cuya traza discurre alejada entre diez y veinte kilómetros del ramal ferroviario sobre el cual la mayoría de la población estableció su residencia. Este hecho, sumado a que en la mayoría de los casos los accesos a dichas localidades no están pavimentados, agregan a la mayor distancia la incertidumbre de los traslados en épocas de mal tiempo y grandes inundaciones que no son insólitas en la región.

Agregado a lo previo, debe tenerse en cuenta que la infraestructura de Vía y Obras de todo el ramal fue completamente renovada en años recientes como consecuencia de los convenios oportunamente suscritos con la República Popular China, formando parte del corredor que conecta a las provincias del Noroeste con el Litoral y que en la actualidad disfruta de un frecuente tráfico de trenes de cargas; de esta manera, el servicio para pasajeros que se busca restablecer en el sector solo requeriría readecuar algunas instalaciones para uso de los pasajeros y personal.

Si se agrega a estas consideraciones el hecho que la empresa Trenes Argentinos ya opera un servicio de pasajeros entre la ciudad chaqueña de Presidencia Roque Sáenz Peña y Chorotis con una frecuencia de cinco viajes a la semana en cada dirección sobre un trayecto de 185 kilómetros, en caso de reestablecerse la operación sobre el tramo propuesto de 151 kilómetros no solo se mejoraría la comunicación de las poblaciones santafesinas del ramal con la ciudad de Tostado (ciudad cabecera del Departamento Nueve de Julio, al cual todas estas localidades pertenecen) facilitando realizar toda clase de diligencias, compras y complementación con servicios de autotransporte a otros puntos del país, sino que a través de una adecuada complementación con aquél, se recuperaría una comunicación interprovincial cubriendo necesidades insatisfechas desde hace casi tres décadas.

De esta manera no solo se beneficiaría a los habitantes de las localidades intermedias sino a la dispersa población del entorno, que de operarse el servicio propuesto conforme a la modalidad ya empleada en el servicio entre P.R.S. Peña y Chorotis que incluye paradas “a demanda” en pasos a nivel rurales para facilitar el ascenso y descenso de pasajeros, enseres y equipajes, así como la conducción de bicicletas, promovería la mayor permeabilidad territorial y una complementación modal hoy inexistente.

Obrando de esta manera, señor Presidente, se dará cumplimiento al inciso 18 del artículo 75 de la Constitución Nacional, que designa al Congreso para que legisle a fin de “proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo”, además de estar en un todo de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 27.132 de política de reactivación de los ferrocarriles de pasajeros y de cargas.

La efectivización de esta propuesta promoverá el desarrollo de uno de los sectores menos favorecidos del Litoral, que, alejado de los principales corredores, languidece sometido a los caprichos del clima y distanciados de sus ciudades-cabecera. El Ferrocarril -en especial en el caso de la República Argentina, la nación de habla hispana más grande del mundo- es una poderosa herramienta que puede garantizar la fluida comunicación y el intercambio territorial tan necesario para afianzar el federalismo.