Actualidad
Redacción
Crónica Ferroviaria
Mediante
Resolución Nro. 1753/2015 del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación
de fecha 14 de Septiembre de 2015, publicada en el Boletín Oficial del día de
la fecha, en su Art. 1° se asigna a la empresa Trenes Argentinos Operadora
Ferroviaria la operación del servicio ferroviario internacional de pasajeros
entre la Ciudad de Garupá, Provincia de Misiones, República Argentina y la
Ciudad de Encarnación, Departamento de Itapúa, República del Paraguay, a través
del Puente Internacional San Roque González de Santa Cruz, en los términos del
inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 26.352 y sus modificatorias.
Art.
2° - Se asigna a la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria la explotación
por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, de los servicios
colaterales y complementarios del servicio ferroviario internacional de
pasajeros entre la Ciudad de Garupá, Provincia de Misiones, REPÚBLICA ARGENTINA
y la Ciudad de Encarnación, Departamento de Itapúa, República del Paraguay, a
través del Puente Internacional San Roque González de Santa Cruz, ubicados en
el ámbito del territorio nacional.
Art.
3° - Se aprueba el cuadro tarifario presentado por la empresa Trenes Argentina
Operadora Ferroviaria, para el servicio ferroviario internacional de pasajeros
entre la Ciudad de Garupá, Provincia de Misiones, República Argentina y la
Ciudad de Encarnación, Departamento de Itapúa, República del Paraguay, a través
del Puente Internacional San Roque González de Santa Cruz, que como Anexo I
forma parte integrante de la presente resolución, el que regirá a partir de la
hora cero (0) del día siguiente al vencimiento del plazo de vigencia del
Acuerdo particular para la implementación de un servicio ferroviario
internacional de pasajeros entre la Ciudad de Posadas, Provincia de Misiones,
República Argentina y la ciudad de Encarnación, Departamento de Itapúa
(República del Paraguay) con carácter experimental, suscripto con fecha 30 de
diciembre de 2014 entre la empresa Trenes Argentinos Operadora Ferroviaria, y
la empresa Trenes Argentinos Cargas y Logística S.A. de la República Argentina
y Ferrocarriles del Paraguay S.A. de la República del Paraguay y su prórroga.
Art.
4° - Comuníquese, publíquese, dese a la
Dirección Nacional del Registro oficial y archívese. — C.P.N. Florencio
Randazzo, Ministro del Interior y Transporte de la Nación.
Anexo
I
Tarifa
servicio ferroviario internacional de pasajeros entre la Ciudad de Garupá
(Argentina) y Ciudad de Encarnación (Paraguay).