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21 de julio de 2022

Modificación Cuadros Tarifarios del Transporte Ferroviarios a partir del 01 de Agosto próximo

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 469/2022 de fecha 19 de Julio de 2022 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el ministro resuelve lo siguiente:

Artículo 1°.- Declárase la apertura del Procedimiento previsto en el “REGLAMENTO GENERAL DE LA INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL MINISTERIO DE TRANSPORTE” aprobado por el artículo 1° de la Resolución N° 616 de fecha 13 de julio de 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, respecto del proyecto de modificación de los cuadros tarifarios del transporte por automotor de pasajeros urbano y suburbano de Jurisdicción Nacional y del transporte ferroviario de pasajeros de Jurisdicción Nacional, que como ANEXO I (IF-2022-74377244-APN-SECGT#MTR), forma parte integrante de la presente medida.

Líneas ferroviarias del AMBA

La participación ciudadana que se propicia a través del presente procedimiento reviste carácter gratuito, en tanto y en cuanto el participante no requiera la reproducción de datos, documentos o instrumentos, en cuyo caso los costos de reproducción correrán a su cargo.

Artículo 2°.- Desígnase a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE como Autoridad Responsable de la dirección y coordinación del procedimiento abierto en virtud de lo previsto en el artículo precedente y facúltasela a elaborar el “Informe de Cierre” de la instancia de participación ciudadana abierta por el artículo 1º de la presente resolución.

Trenes de pasajeros sector diésel de media distancia

Artículo 3°.- Invítase a la ciudadanía a expresar sus opiniones y propuestas con relación al proyecto a que se refiere el artículo 1° de la presente, contenido en el ANEXO I.

Podrá participar del presente procedimiento toda persona humana o jurídica, pública o privada, conforme lo dispuesto en el artículo 2º del Anexo I “REGLAMENTO GENERAL DE LA INSTANCIA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARA EL MINISTERIO DE TRANSPORTE” aprobado por el artículo 1° de la Resolución N° 616/18 del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Tren de pasajeros Regionales

Artículo 4°.- Establécese el plazo límite de TRES (3) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente medida en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el sitio Web del MINISTERIO DE TRANSPORTE para que los interesados puedan presentar sus opiniones y/o propuestas, y/o formular comentarios respecto de la norma proyectada.

Artículo 5°.- La participación ciudadana se efectivizará a través del sitio Web del MINISTERIO DE TRANSPORTE: https://www.argentina.gob.ar/transporte. Las opiniones serán publicadas desde su expedición hasta la expiración del plazo para participar, de conformidad a lo establecido en el artículo 4° de la presente medida. Las opiniones allí vertidas no tendrán carácter vinculante y podrán tener una extensión máxima de CINCO MIL (5000) caracteres, pudiendo adjuntarse documentos hasta un tamaño máximo de VEINTE (20) MEGABYTES. Los interesados podrán participar una sola vez por cada instancia convocada.

Trenes de pasajeros de larga distancia

Artículo 6°.- Déjase constancia que la norma proyectada que se somete a consideración de la ciudadanía estará a disposición para su consulta ingresando en el sitio Web del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Artículo 7°.- Las presentaciones realizadas en los términos del artículo 5° recibirán el tratamiento previsto en el artículo 10 del Anexo I de la Resolución N° 616/18 de este MINISTERIO.

Artículo 8°:- La presente resolución entrará en vigencia a partir de la hora CERO (0) del día siguiente al de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Artículo 9°.- Comuníquese, publíquese en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA por UN (1) día y en la página web institucional de este MINISTERIO DE TRANSPORTE por el plazo máximo previsto en el artículo 4° de la presente, y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, remítanse las presentes actuaciones a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE. Alexis Raúl Guerrera