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30 de mayo de 2023

La salud de los trabajadores ferroviarios es un derecho primordial

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

El sindicato La Fraternidad (Conductores de trenes) informa mediante un comunicado que durante más de cien años los arrollamientos de personas y de vehículos, etc. no fueron considerados como accidente laboral, pero con el esfuerzo de La Fraternidad, actualmente se los considera como tal, a partir de la regulación vigente que obliga a garantizar el seguimiento médico de los compañeros afectados por el estrés post -traumático". 

Por último, dicho comunicado expresa que "la gran cantidad de arrollamientos ferroviarios en nuestro país, no solo genera una gran cantidad de víctimas fatales, lisiados y roturas en la infraestructura, sino que también conlleva un gran perjuicio para la salud del personal de conducción, siempre expuesto a esta situación traumática que se podría prevenir si Argentina tuviera ferrocarriles más modernos y seguros".

17 de febrero de 2020

Un trabajador del Tren Patagónico sufrió una lesión y será resarcido

Actualidad

La Cámara Laboral de Viedma concluyó que el trabajador quedó con una incapacidad parcial, permanente y definitiva.

Trabajador del Tren Patagónico tuvo una lesión lumbar tras levantar un pesado caño y será resarcido

Un empleado del Tren Patagónico en circunstancias que se encontraba agachado sosteniendo un caño de aproximadamente 30 kilogramos, al intentar incorporarse, sintió un agudo dolor en la zona lumbar con adormecimiento de los miembros inferiores.

El trabajador había ingresado al servicio público que une Viedma con Bariloche en 2006. Entonces, según la presentación, no tenía enfermedades relacionadas preexistentes.


Cuando ocurrió el hecho, fue reconocido como un accidente, por lo que debió realizar tratamientos médicos durante 3 meses. Finalmente, un dictamen de la Comisión Médica aseguró que el empleado “no portaba secuelas incapacitantes”.

En cambio, el trabajador consideró que el accidente laboral le había dejado un grado de incapacidad, por lo que inició una demanda judicial. Horizonte, la ART del Tren Patagónico, dijo que “la tipología” del trabajador no se debía al incidente, sino que era de “origen crónico-degenerativo”.

La Cámara Laboral de Viedma citó a una audiencia de conciliación, donde las partes no pudieron alcanzar un acuerdo. Entonces, se designó un perito médico.

El profesional dictaminó que el trabajador tenía “fenómenos de deshidratación y degeneración discal de los dos últimos discos evaluados, observándose a nivel L4 LS un abombamiento discal difuso. Finalmente diagnosticó que “el actor padecía una lumbalgia postraumática con alteraciones clínicas y radiográficas”.

De esta manera, la Cámara Laboral de Viedma arribaron a la conclusión que el trabajador tenía una incapacidad parcial, permanente y definitiva.

Dispuso hacer lugar a la demanda y, en consecuencia, condenar a Horizonte Compañía de Seguros Generales A.R.T. S.A. a abonar al trabajador la indemnización correspondiente.DiarioRíoNegro.com