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Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 443/2026 de fecha 31 de Marzo de 2026 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, donde en su Artículo 1° expresa que se "Aprueba el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2026, de la empresa Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima, actuante en el ámbito del Ministerio de Economía, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I (IF-2026-20612975-APN-SSP#MEC) y II (IF-2026-20614102-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.
Artículo 2º.- Estímanse en la suma de cien mil ochocientos cincuenta y siete millones cuatrocientos cincuenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve pesos ($ 100.857.454.269) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de un billón doscientos veinticinco mil setecientos treinta y seis millones trescientos veintitrés mil quinientos sesenta y cinco pesos ($ 1.225.736.323.565) los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Pérdida de Operación), estimado en la suma de un billón ciento veinticuatro mil ochocientos setenta y ocho millones ochocientos sesenta y nueve mil doscientos noventa y seis pesos ($ 1.124.878.869.296), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2026-20614102-APN-SSP#MEC).
Artículo 3º.- Estímanse en la suma de un billón doscientos cuatro mil ciento sesenta y cuatro millones quinientos cuatro mil doscientos sesenta y nueve pesos ($ 1.204.164.504.269) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de un billón doscientos treinta y seis mil quinientos ochenta y cuatro millones ochocientos noventa mil novecientos catorce pesos ($ 1.236.584.890.914) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Desahorro) estimado en la suma de treinta y dos mil cuatrocientos veinte millones trescientos ochenta y seis mil seiscientos cuarenta y cinco pesos ($ 32.420.386.645), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2026-20614102-APN-SSP#MEC).
Artículo 4º.- Estímanse en la suma de trescientos veinticinco mil novecientos noventa y ocho millones doscientos dieciséis mil seiscientos cuarenta y cinco pesos ($ 325.998.216.645) los ingresos de capital y fíjanse en la suma de doscientos noventa y tres mil quinientos setenta y siete millones ochocientos treinta mil pesos ($ 293.577.830.000) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Equilibrado) para el ejercicio 2026, en la suma de cero pesos ($ 0), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2026-20614102-APN-SSP#MEC).
Artículo 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado: Luis Andres Caputo
Plan de Acción
Objetivos
Descripción del entorno operacional y situación actual:
La empresa, creada por la Ley de Reordenamiento de la Actividad Ferroviaria N° 26.352 y el decreto 752 del 6 de mayo de 2008, tiene a su cargo la prestación de los servicios de transporte ferroviario tanto de cargas como de pasajeros, incluyendo toda la gestión del material rodante, equipos, talleres, depósitos, desvíos, estaciones de combustible, etcétera. Asimismo, a partir del año 2018 tiene bajo su gestión al personal de los ramales San Martín, Roca, Belgrano Sur, Mitre, Sarmiento, Tren de la Costa y líneas de larga distancia y regionales. A fin de continuar y ampliar la prestación de los servicios operados actualmente, la sociedad es la encargada de definir los objetivos de inversión a llevar a cabo a través de la empresa Administración de Infraestructura Ferroviaria. Mediante los decretos 525 del 12 de junio de 2024 y 526 del 12 de junio de 2024, se declaró la Emergencia Pública en materia Ferroviaria para los servicios de transporte de pasajeros y cargas de jurisdicción nacional por el plazo de veinticuatro (24) meses.
La declaración de emergencia abarca la totalidad de las actividades inherentes a la administración y el mantenimiento de la infraestructura ferroviaria y la operación de los servicios ferroviarios en la Red Ferroviaria Nacional, sean ejercidas o no de manera directa por el Estado Nacional.
Producción:
La Operadora Ferroviaria Sociedad Anónima administra cinco mil doscientos sesenta y nueve kilómetros (5.269 km) de red ferroviaria, cinco (5) líneas de la zona del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), nueve (9) servicios de larga distancia, diez (10) servicios regionales, un (1) servicio internacional y cuatrocientos sesenta y tres (463) estaciones.
Durante el ejercicio formulado se prevén realizar las siguientes acciones:
Prestación de Servicios de Pasajeros:
1) AMBA:
Línea Roca.
Línea Sarmiento.
Línea Mitre (incluye Tren de la Costa).
Línea San Martín.
Línea Belgrano Sur.
2) LARGA DISTANCIA:
Buenos Aires (Plaza Constitución) - Mar del Plata
Buenos Aires (Once) - Bragado.
Buenos Aires (Retiro) - Rosario.
Buenos Aires (Retiro) - Córdoba.
Buenos Aires (Retiro) - San Miguel de Tucumán.
Buenos Aires (Retiro) - Junín.
3) REGIONALES:
Provincia de Entre Ríos: a) Paraná - Enrique Berduc - Jorge Méndez.
Provincia de Chaco: a) Puerto Tirol - Cacuí - Resistencia; b) Los Amores - Charadai - Cacuí; c)
Roque Sáenz Peña - Chorotis.
Provincia de Córdoba: a) Villa María - Córdoba; b) Tren de las Sierras.
Provincia de Salta: a) Güemes - Salta - Campo Quijano.
Provincia de Neuquén: a) Tren del Valle.
4) INTERNACIONAL:
Servicio internacional Argentina - Paraguay: a) Posadas - Encarnación.
Los siguientes son incluidos en el recuento, aunque actualmente no prestan servicio:
Buenos Aires (Plaza Constitución) - General Guido - Divisadero de Pinamar (Larga Distancia).
Buenos Aires (Plaza Constitución) - Bahía Blanca (Larga Distancia).
Buenos Aires (Retiro) - Justo Daract (Larga Distancia).
Provincia de Santiago del Estero: a) La Banda - Fernández (Regionales).
Provincia de Santa Fe: a) Rosario - Cañada de Gómez (Regionales).
Planificación Coordinada de la Inversión en Infraestructura:
En función de las evaluaciones realizadas y la planificación de la operación de los servicios a concretar, y en el marco de la Emergencia Ferroviaria establecida en los decretos 525/2024 y 526/2024, se definieron las prioridades de inversión en infraestructura y material rodante, a fin de ejecutar las inversiones necesarias para una eficiente prestación de los servicios.
Estrategia comercial y posicionamiento en el mercado:
El objetivo general de la empresa es posicionar al ferrocarril como eje central en la alternativa de transporte terrestre, incrementando su porcentaje de participación en la satisfacción de la demanda, en el rango de las ventajas comparativas del modo ferroviario. En materia comercial, la empresa se encuentra ejecutando un plan para aumentar los ingresos a nivel de arrendamientos de locales, publicidad y otros ingresos colaterales mediante la administración de la infraestructura ferroviaria, además de procurar alcanzar el objetivo de incrementar la recaudación por venta de pasaje.
Inversión:
En materia de inversiones, y en sintonía con la declaración de la Emergencia Ferroviaria decretada y ratificada por el plan elaborado en la resolución 27 del 27 de agosto de 2024 de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía (RESOL-2024-27-APN-ST#MEC), se prevé ejecutar un plan de inversiones que tenga como eje la recuperación, adquisición y contratación de bienes y servicios asociados al material rodante tanto como ejecutar un plan estratégico de obras de capital para el mantenimiento y recuperación de vías, señalamiento y equipos tecnológicos destinados a optimizar el servicio y reducir el tiempo de viaje.
Endeudamiento:
No se prevé.
Recursos humanos:
La variación del costo laboral y dotación del presupuesto, presentado para el ejercicio 2026 con respecto al ejercicio 2025, se debe a la actualización mediante proyección paritaria. Por otro lado, se estima una optimización del personal.
Otras:
En las proyecciones se consideran las pautas macroeconómicas definidas en el mensaje de remisión del proyecto de ley de presupuesto para el ejercicio 2026, ley sancionada por el H. Congreso de la Nación bajo el N° 27.798. La producción establecida en este plan de acción, se podrá ver afectada por la concreción de proyectos de privatización o concesión establecidos en el capítulo II de la ley 27.742, de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, y sus decretos reglamentarios.
En el contexto de ejecución de gastos corrientes e inversiones incluidos en el Plan de Emergencia Ferroviaria, se incorporan como recursos adicionales "de Otras Entidades del Sector Público Nacional", noventa y tres mil veintidós millones ochocientos ochenta mil pesos ($ 93.022.880.000) para financiar las erogaciones proyectadas vinculadas con el pago del anticipo financiero para la adquisición de cuarenta y tres (43) Unidades Múltiples Diésel (DMUs) y pagos para atender las erogaciones vinculadas a adecuaciones de puentes sobre los ríos Tala, Arrecifes y Areco correspondientes a la Línea Mitre.

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