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25 de noviembre de 2020

Presentan un proyecto para que funcione el “Tren Rural” en la ciudad de 25 de Mayo

Actualidad

El representante de la agrupación “Salvemos al Tren” Marcelo Guerra, junto al dirigente del GEN local Ramiro Egüen, compartieron este mediodía, una nota ingresada al Honorable Concejo Deliberante de 25 de Mayo pidiendo por la implementación del “Tren Rural”.

El proyecto

VISTO, que el presente Proyecto llamado  EL TREN DE LOS PUEBLOS ha tenido origen en las localidades vecinas (DAIREAUX – BOLIVAR), con las cuales compartimos Ramal, que nos une con la terminal Constitución, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el tren de pasajeros Roca ha dejado de funcionar desde el año 2013 en dicho tramo, y que en tiempos de crisis económica se hace necesario contar con un medio de transporte que esté al alcance de todos los vecinos y le devuelva la conectividad a las localidades del interior de nuestro Distrito.

Que asimismo la unión con estos distritos por este medio resultaría mucho mas económica y facilitaría a nuestros vecinos poder transportarse de norte a sur en 25 de Mayo, sino que podría combinarse para poder acceder al estudio CRUB Bolívar y también satisfacer demandas que tienen que ver con la salud, el trabajo, la familia y la realidad productiva que nos une con estas localidades, y

CONSIDERANDO que resulta oportuno acompañar el reclamo de vecinos autoconvocados que se denomina ¨Salvemos el Tren¨, que continúan en la lucha por visibilizar la necesidad de que se restituya este servicio, y se cree otro para atender las necesidades internas del Distrito,

Que sin perjuicio de solicitar la puesta en valor de Infraestructura Ferroviaria (vías, durmientes, arbolado que invadió las vías, estaciones, desvíos etc), solicitamos con el presente proyecto la instalación de trenes de pasajeros con una alternativa moderna y que tiene que ver con un material rodante que, a diferencia de la industria ferroviaria, está lejos de implicar un costo elevado y que se denomina TREN RURAL, vehículo a motor que por sus características debería cubrir la distancia 25 de Mayo, Bolívar, Daireaux, asegurando un consumo por kilómetro menor al de cualquier otro vehículo ferroviario.

Las características y prestaciones de este tipo de tren, debieran ser:

Un vehículo autónomo con una capacidad de transporte de  50 pasajeros, para prestaciones de corta o media distancia; Liviano; Acción de las puertas plegadizas neumático; Sistema de freno automático que accione sobre discos en sus ruedas; posea todos los mecanismos de seguridad que garanticen un viaje sin complicaciones de ningún tipo.

Que el presente se encuentra inmerso en la necesidad de avanzar en políticas públicas que faciliten a nuestros vecinos poder tener accesibilidad a servicios que mejoren su calidad vida.

Por todo ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE 25 DE MAYO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES APRUEBA Y SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ARTICULO 1º: Establécese que la presente ordenanza tiene por objeto la creación de un servicio ferroviario municipal, que conecte las localidades que componen el Partido de 25 de Mayo, desde Ernestina hasta Del Valle, y este Partido con los de Bolívar y Daireaux, sin perjuicio que luego puedan adherirse otros Municipios.

ARTICULO 2º: Para el cumplimiento del objetivo dispuesto en el artículo anterior, el Poder Ejecutivo local deberá gestionar la firma de un convenio tendiente a la adquisición de un TREN RURAL por parte de los Distritos referidos. Autorícese a la  firma del mismo cuando se logre concretar.

ARTICULO 3º: Entiéndese por TREN RURAL, al material rodante liviano, preferentemente de fabricación nacional cuyas características constan en los considerandos de la presente ordenanza y que son adaptables a las vías que actualmente existen en el Distrito de 25 de Mayo, comunicándolo con los de Bolívar y Daireaux.

ARTICULO 4º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar las gestiones pertinentes y a articular con las autoridades Nacionales, Provinciales, y Municipales con las cuales se comparte el Ramal Constitución- Daireaux, a efectos de poner en funciones el TREN RURAL.

ARTICULO 5°: Dispóngase que el Departamento Ejecutivo Municipal deberá gestionar -junto con los otros Partidos referidos- la firma de un convenio con el Ministerio de Transporte de la Nación y Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado y su Administradora especialista en cuestiones de infraestructura -Administración de Infraestructuras Ferroviarias ADIF- a efectos de utilizar la estructura ferroviaria del Ramal mencionado en el Distrito de 25 de Mayo. Ante ello, autorícese a la firma de dicho convenio cuando éste se hubiere concretado.

ARTICULO 6°: Establécese que una vez que se concreten las diligencias dispuestas en los artículos que anteceden, este Cuerpo analizará y aprobará el mecanismo económico más idóneo y que mejor se adecue a las finanzas municipales, para la adquisición del TREN RURAL.

ARTICULO 7º: Dispóngase que con el producido de la venta de los pasajes para realizar el recorrido mencionado, se destinará a la puesta en valor de la Estación ferroviaria de 25 de Mayo, al mejoramiento del servicio y a la prolongación del ramal que por esta norma se pondrá en funcionamiento.

ARTICULO 8º: De forma.-

Fuente: 25Digital.com