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Redacción
Crónica Ferroviaria
Mediante
Resolución Nro. 386/2015 de fecha 1° de Abril de 2015 del Ministerio del
Interior y Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de
la fecha, resuelve lo siguiente:
Artículo
1° — Apruébase el “MANUAL SOBRE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL
SERVICIO FERROVIARIO DE PASAJEROS” que, como Anexo I forma parte de la presente
resolución.
Artículo
2° — Establécese que la COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente
autárquico actuarte en jurisdicción de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del
MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, será la encargada de difundir, aplicar y
fiscalizar el cumplimiento de las previsiones contenidas en el MANUAL que se
aprueba por el artículo 1° de la presente, en el marco de sus respectivas
competencias.
Artículo
3º — El “MANUAL SOBRE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO
FERROVIARIO DE PASAJEROS” entrará en vigencia a partir de la publicación de la
presente medida en el Boletín Oficial, otorgándose un plazo de TREINTA (30)
días para que los concesionarios y operadores ferroviarios adecuen su
cartelería y demás mecanismos de información a los estándares aprobados en
éste.
Artículo
4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL
y archívese. — C.P.N. FLORENCIO RANDAZZO, Ministro del Interior y Transporte.