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Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 19/2023 de fecha 17 de Enero de 2023 de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el presidente y vicepresidente de la AABE resuelven lo siguiente:
Artículo 1º.- Otórgase a la MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE ARECO un permiso de uso precario y gratuito sobre un inmueble de propiedad del ESTADO NACIONAL, en jurisdicción de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS S.E, comprendido en el CUADRO DE ESTACIÓN CARMEN DE ARECO - Línea: URQUIZA - Ramal: U.1, de la Localidad de CARMEN DE ARECO, Partido CARMEN DE ARECO, Provincia de BUENOS AIRES, encontrándose un sector sin catastrar y otro identificado catastralmente como Partido: 18 - Circunscripción: I - Sección: D - Quinta: 99 - Fracción: II - Parcela: 1, vinculados al CIE 0600077007/10, contando con una superficie total aproximada de DIECINUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA DECÍMETROS CUADRADOS (19.694,30 m2), según se detalla en el PLANO-2022-25452470-APN-DSCYD#AABE, que como ANEXO I forma parte integrante de la presente medida.
Artículo 2º.- Apruébase el denominado PERMISO DE USO - AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO/MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE ARECO, identificado como IF-2022-138563530-APN-DAC#AABE, que como ANEXO II integra la presente medida.
Artículo 3°.- La delimitación definitiva del inmueble deberá ser realizada por la MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE ARECO y presentada ante esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO en un plazo de SESENTA (60) días a contar desde la suscripción del permiso de uso que se propicia, delimitación que no podrá apartarse de la superficie considerada en la presente medida, salvo diferencias razonables que surjan de la demarcación in situ del predio en cuestión, conforme a sanas prácticas y diligencias de medición, reservándose esta Agencia, en el caso que lo estime procedente, la facultad de realizar las comprobaciones y verificaciones que considere necesarias en relación a dicha demarcación.
Artículo 4°.- Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE CARMEN DE ARECO, al MINISTERIO DE TRANSPORTE y a la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS S.E.
Artículo 5°.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.
Artículo 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Eduardo Alfonso Albanese - Juan Agustín Debandi