Actualidad
Redacción Crónica Ferroviaria
El Juzgado Federal de Paso de los Libres resolvió sobre caso "Robo y Entorpecimiento de Servicios Públicos (Art. 194) querellante: Trenes Especiales Argentinos S.A." Expte. Nro. FCT 33021496/2011 del registro de dicho juzgado.
Dicha resolución expresa lo siguiente:
Por todo lo expuesto es que: RESUELVO: I- DECRETAR EL PROCESAMIENTO sin PRISION PREVENTIVA de los imputados OSCAR DOMINGO AVA y OSCAR SEBASTIAN AVA, cuyos datos personales constan en la causa, por considerarlos prima facie coautores funcionales materialmente responsables supuestamente de los delitos de ENTORPECIMIENTO DE LA MARCHA DEL MEDIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO con afectación a la seguridad pública del transporte, HURTO SIMPLE Y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD todo en CONCURSO REAL, tipificados en los artículos 162, 191 inciso primero y 141 en relación a los artículos 45 y 55 todos del Código penal.-
II.-MANDAR A TRABAR EMBARGO sobre los bienes de los imputados hasta cubrir la suma de $ 100.00 (Pesos Cien Mil) cada uno, el cual será diligenciado por el Oficial de Justicia del Tribunal en la forma de estilo (arts. 306, 310, 518 del Código Procesal Penal de la Nación).
III.-Una vez firme el resolutorio librar las comunicaciones respectivas al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.-
IV.-CITAR a testimonial a 1.- MATIAS LUCERO (cuyos datos obran a fs. 156) quien fuera Gerente del Centro de Control de Operaciones, 2.- NESTOR GALLEGOS, (cuyos datos obran a fs. 8), y reiterar la citación asi como a esos fines la localización de la testigo 3.- SILVINA PODELEY (fs. 210) conforme los datos incorporados a la causa o eventualmente actualizarlos en el Padrón Electoral y/o por los medios disponibles para posibilitar la comparencia al proceso, fijándose fecha por Secretaría y con las formalidades legales con carácter de muy urgente pudiéndose según las distancias de sus domicilios con la sede tribunalicia, realizarse por Exhorto mediante Pliego de preguntas, en función al plazo que lleva la tramitación de la instrucción y la Resolución de la Alzada in fine.-
Regístrese. Notifíquese al Sr. Fiscal por nota. A la querella y defensa mediante Cédulas electrónicas, en cuanto a los imputados personalmente. CRISTINA ELIZABETH POZZER PENZO JUEZA FEDERAL SUBROGANTE"
Como se recordará, el día 13 de Noviembre de 2011 el tren de pasajeros denominado "El Gran Capitán" que cubría el trayecto entre Federico Lacroze y Gobernador Virasoro (Provincia de Misiones) la empresa concesionaria del servicios informaba mediante un comunicado de prensa lo siguiente:
"Sin límites en sus medidas salvajes e ilegales, maquinistas de La Fraternidad tomaron un tren y dejaron sin servicio ferroviario por tiempo indeterminado a la Mesopotamia".
"El domingo pasado fue un día atípico para los trabajadores de Trenes Especiales Argentinos (TEA). Mientras esperaban comenzar su viaje, tal como lo viene realizando hace ocho años, desde Misiones a Buenos Aires (Federico Lacroze), cuatro personas; dos de ellas autoridades del gremio La Fraternidad, modificaron el recorrido del convoy que estaba preparado para trasladar más de 1000 pasajeros en el trayecto más extenso que recorre un tren argentino en la actualidad. Los individuos, luego de trasladar la formación por lugares inhóspitos, se detuvieron en el paraje Casa Pava, en la Provincia de Corrientes. Ante la sorpresa de los empleados de la empresa que se vieron privados de su libertad durante horas; los mencionados personajes, se subieron a una 4 x 4 y abandonaron a toda prisa el lugar, asegurándose previamente de inutilizar la máquina y dejarla peligrosamente cruzada sobre una vía en la que transitan trenes cargueros, quedando la formación abandonada y sin posibilidad de desplazamiento alguno".
"La denuncia del ilícito quedó inmediatamente radicada por ante la Comisaría de la localidad de Gobernador Virasoro y se tramita por ante el Juzgado de Instrucción en lo Criminal de la Localidad de Santo Tomé, Provincia de Corrientes, donde se investigan la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, asociación ilícita, robo, daños y entorpecimiento de un servicio público".
"Más tarde, La Fraternidad emitió un comunicado en donde dando confusas razones, intentó justificar y dar normalidad a la gravedad de los hechos penales antes mencionados. Tan inusual es esto para la realidad nacional, como lo es para el Mundo, donde buscando antecedentes, se registra el secuestro por parte de narcotraficantes de un tren en Veracruz (México) con más de 250 inmigrantes ilegales el 27 de junio de 2011, y el intento de un sangriento grupo guerrillero en Tailandia el 27 de agosto de 2011; aunque claro está, en ninguno de esos precedentes eran sindicalistas quienes acudieran a tan ilegítimo medio.
"La Fraternidad desde ese momento generó una medida salvaje e ilegal, negándose no sólo a suministrar conductores afiliados a su gremio sino presionando a otros trabajadores para que no presten tareas, circunstancia que ha sido paliada hasta el momento, mediante la derivación del pasaje a colectivos contratados especialmente a fin de no perjudicar a los usuarios, únicos rehenes de las medidas adoptados por el Gremio".
"Es de destacar que El Gran Capitán brinda sus servicios a precios populares, sin recibir desde el inicio de sus actividades ningún tipo de subsidio (los mismos que hoy el Gobierno analiza cómo reducir para otros medios de transporte que se prestan en sectores sociales más pudientes)".
"Curiosa paradoja la que genera La Fraternidad con su intento de cierre de El Gran Capitán, el que fue precisamente desafectado por Carlos Menem y reinaugurado por el entonces presidente Néstor Kirchner, constituyéndose en un emblema, ya que fue el primer servicio ferroviario recuperado durante su gestión".
Estas fueron las causas por las que mucha gente de la Mesopotamia quedó sin los servicios de este importante tren de pasajeros "El Gran Capitán"
Redacción Crónica Ferroviaria
El Juzgado Federal de Paso de los Libres resolvió sobre caso "Robo y Entorpecimiento de Servicios Públicos (Art. 194) querellante: Trenes Especiales Argentinos S.A." Expte. Nro. FCT 33021496/2011 del registro de dicho juzgado.
Dicha resolución expresa lo siguiente:
Por todo lo expuesto es que: RESUELVO: I- DECRETAR EL PROCESAMIENTO sin PRISION PREVENTIVA de los imputados OSCAR DOMINGO AVA y OSCAR SEBASTIAN AVA, cuyos datos personales constan en la causa, por considerarlos prima facie coautores funcionales materialmente responsables supuestamente de los delitos de ENTORPECIMIENTO DE LA MARCHA DEL MEDIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO con afectación a la seguridad pública del transporte, HURTO SIMPLE Y PRIVACIÓN ILEGÍTIMA DE LA LIBERTAD todo en CONCURSO REAL, tipificados en los artículos 162, 191 inciso primero y 141 en relación a los artículos 45 y 55 todos del Código penal.-
II.-MANDAR A TRABAR EMBARGO sobre los bienes de los imputados hasta cubrir la suma de $ 100.00 (Pesos Cien Mil) cada uno, el cual será diligenciado por el Oficial de Justicia del Tribunal en la forma de estilo (arts. 306, 310, 518 del Código Procesal Penal de la Nación).
III.-Una vez firme el resolutorio librar las comunicaciones respectivas al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.-
IV.-CITAR a testimonial a 1.- MATIAS LUCERO (cuyos datos obran a fs. 156) quien fuera Gerente del Centro de Control de Operaciones, 2.- NESTOR GALLEGOS, (cuyos datos obran a fs. 8), y reiterar la citación asi como a esos fines la localización de la testigo 3.- SILVINA PODELEY (fs. 210) conforme los datos incorporados a la causa o eventualmente actualizarlos en el Padrón Electoral y/o por los medios disponibles para posibilitar la comparencia al proceso, fijándose fecha por Secretaría y con las formalidades legales con carácter de muy urgente pudiéndose según las distancias de sus domicilios con la sede tribunalicia, realizarse por Exhorto mediante Pliego de preguntas, en función al plazo que lleva la tramitación de la instrucción y la Resolución de la Alzada in fine.-
Regístrese. Notifíquese al Sr. Fiscal por nota. A la querella y defensa mediante Cédulas electrónicas, en cuanto a los imputados personalmente. CRISTINA ELIZABETH POZZER PENZO JUEZA FEDERAL SUBROGANTE"
Como se recordará, el día 13 de Noviembre de 2011 el tren de pasajeros denominado "El Gran Capitán" que cubría el trayecto entre Federico Lacroze y Gobernador Virasoro (Provincia de Misiones) la empresa concesionaria del servicios informaba mediante un comunicado de prensa lo siguiente:
"Sin límites en sus medidas salvajes e ilegales, maquinistas de La Fraternidad tomaron un tren y dejaron sin servicio ferroviario por tiempo indeterminado a la Mesopotamia".
"El domingo pasado fue un día atípico para los trabajadores de Trenes Especiales Argentinos (TEA). Mientras esperaban comenzar su viaje, tal como lo viene realizando hace ocho años, desde Misiones a Buenos Aires (Federico Lacroze), cuatro personas; dos de ellas autoridades del gremio La Fraternidad, modificaron el recorrido del convoy que estaba preparado para trasladar más de 1000 pasajeros en el trayecto más extenso que recorre un tren argentino en la actualidad. Los individuos, luego de trasladar la formación por lugares inhóspitos, se detuvieron en el paraje Casa Pava, en la Provincia de Corrientes. Ante la sorpresa de los empleados de la empresa que se vieron privados de su libertad durante horas; los mencionados personajes, se subieron a una 4 x 4 y abandonaron a toda prisa el lugar, asegurándose previamente de inutilizar la máquina y dejarla peligrosamente cruzada sobre una vía en la que transitan trenes cargueros, quedando la formación abandonada y sin posibilidad de desplazamiento alguno".
"La denuncia del ilícito quedó inmediatamente radicada por ante la Comisaría de la localidad de Gobernador Virasoro y se tramita por ante el Juzgado de Instrucción en lo Criminal de la Localidad de Santo Tomé, Provincia de Corrientes, donde se investigan la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, asociación ilícita, robo, daños y entorpecimiento de un servicio público".
"Más tarde, La Fraternidad emitió un comunicado en donde dando confusas razones, intentó justificar y dar normalidad a la gravedad de los hechos penales antes mencionados. Tan inusual es esto para la realidad nacional, como lo es para el Mundo, donde buscando antecedentes, se registra el secuestro por parte de narcotraficantes de un tren en Veracruz (México) con más de 250 inmigrantes ilegales el 27 de junio de 2011, y el intento de un sangriento grupo guerrillero en Tailandia el 27 de agosto de 2011; aunque claro está, en ninguno de esos precedentes eran sindicalistas quienes acudieran a tan ilegítimo medio.
"La Fraternidad desde ese momento generó una medida salvaje e ilegal, negándose no sólo a suministrar conductores afiliados a su gremio sino presionando a otros trabajadores para que no presten tareas, circunstancia que ha sido paliada hasta el momento, mediante la derivación del pasaje a colectivos contratados especialmente a fin de no perjudicar a los usuarios, únicos rehenes de las medidas adoptados por el Gremio".
"Es de destacar que El Gran Capitán brinda sus servicios a precios populares, sin recibir desde el inicio de sus actividades ningún tipo de subsidio (los mismos que hoy el Gobierno analiza cómo reducir para otros medios de transporte que se prestan en sectores sociales más pudientes)".
"Curiosa paradoja la que genera La Fraternidad con su intento de cierre de El Gran Capitán, el que fue precisamente desafectado por Carlos Menem y reinaugurado por el entonces presidente Néstor Kirchner, constituyéndose en un emblema, ya que fue el primer servicio ferroviario recuperado durante su gestión".
Estas fueron las causas por las que mucha gente de la Mesopotamia quedó sin los servicios de este importante tren de pasajeros "El Gran Capitán"