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22 de febrero de 2019

Tolosa: Una estación poco amigable con los discapacitados y con la prensa

Actualidad

En la Estación Tolosa no se molestaron en evitar que los discapacitados deban recorrer 500 metros para abordar el tren, pero sí se molestan en impedir que la prensa fotografíe o filme el recorrido que deben realizar

El 13 de junio de 2018 El Editor Platense publicó un video en donde se realizaba la recorrida que debía realizar un ciudadano con dificultades motrices o visuales (el andén para acceder a las nuevas formaciones se llega principalmente a través del puente de hierro histórico de la estación tolosana), y el recuerdo de dicha nota hizo que un usuario de la Línea Roca se comunicara con el WhatsApp de este diario digital para solicitarnos filmáramos el mismo recorrido y comprobáramos que si bien las rampas para discapacitados están construidas, mucho no había cambiado la cosa y los 500 metros que se deben recorrer para poder acceder al tren, la hacen una "estación poco amigable" para quienes tienen alguna discapacidad.

No dejan filmar ni sacar fotos al periodismo en la estación Tolosa de la Línea Roca

Como es nuestra costumbre, buscamos responder a nuestro lector realizando la nota en cuestión, aunque nos topamos con el problema que la seguridad de la Estación Tolosa nos impidió hacer nuestra tarea, e incluso invitó a participar de la explicación de lo inexplicable, a un agente de policía que cumple funciones en dicho lugar. Así pues, al intentar realizar el camino que cualquier persona en silla de ruedas o imposibilitado de subir escaleras, debe realizar, y sacar fotos y filmar dicho recorrido, cuatro personas terminaron impidiendo que lo hiciéramos en forma alternada, esgrimiendo una supuesta prohibición, la necesidad de un permiso formal de Trenes Argentinos, e incluso una supuesta Ley de Seguridad Nacional.

las dificultades que padecen las personas discapacitadas para abordar el tren, e incluso mostraron una foto que se sacaron con uno de los celulares cruzando ellos mismos por las vías a una persona con silla de ruedas. Pero a la hora de explicar los motivos por los que no podía realizar el trabajo fotográfico fueron totalmente ambiguos: “creo que es por una Ley Nacional de la década del ´40 o ´50 que lo prohíbe”. Ante una contra pregunta, sobre el número de la Ley que prohibía la toma de secuencias fotográficas en las estaciones de trenes, ya no hubo respuesta alguna. El guardia no tenía ni la más pálida idea. Sabía lo justo y necesario: que no se podían sacar fotos, y seguramente esa sería la misión que le fue asignada.

Mal que le pese a estos efectivos de seguridad (privados y policiales), están impidiendo que se realice el trabajo periodístico de forma ilegal. No hay ninguna Ley Nacional que prohíba la toma de fotografías a las formaciones ferroviarias en las estaciones de trenes de nuestro país.

En la ADIFSE (Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado), informaron a este medio que no existe Ley alguna que prohíba tomar secuencias fotográficas en las estaciones de ferrocarril de la Argentina.

Los trenes son parte inalienable del Estado Nacional, por lo tanto son nuestros, y si bien no podemos utilizar el servicio a nuestro antojo, al menos podemos fotografiarlos cómo y cuándo queramos. Es evidente que para algunos la actividad periodística en la calle es vista como una amenaza a la seguridad nacional, y por ese motivo se argumentan Leyes o Disposiciones inexistentes para impedir que los profesionales desarrollen con normalidad su tarea.

Vídeo presentado en Junio de 2018 por el EditorPlatense.com

En nuestro país existen garantías legales para realizar fotografías en espacios o lugares públicos, de las personas transitando o realizando actividades lúdicas o comerciales, como también se pueden fotografiar edificios públicos y privados, excepto instalaciones militares.

Por ello, es inaceptable que policías o agentes de seguridad privada pretendan impedir la realización de fotografías porque a ellos se les ocurre o porque así se lo imponen desde la superioridad, pues violan en principio el derecho constitucional que dice: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la Ley, ni privado de lo que ella no prohíbe” (Artículo 19 de la Constitución Nacional vigente).

Si un policía trata de impedirle a alguien la realización de fotografías, está haciendo abuso de su poder, y si además pretende quitarle la cámara o la memoria fotográfica, entonces está cometiendo un delito más grave, que es la confiscación ilegal o indebida de un bien personal. Idéntica situación se aplica para los vigiladores privados, que carecen de autoridad en la vía pública porque no tienen poder de policía, pudiendo actuar solamente en casos de infragranti delito, como puede hacer cualquier ciudadano.ElEditorPlatense.com