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24 de marzo de 2023

A 47 años del golpe de Estado. La reparación de legajos de trabajadores ferroviarios desaparecidos

Actualidad

Los legajos de 46 personas que se desempeñaban en los ferrocarriles argentinos y que fueron secuestradas y/o asesinadas durante la última dictadura serán reparados como parte del proceso de memoria y verdad, para dar cuenta de las razones por las que dejaron sus puestos de trabajo.

Hasta ahora, en los legajos de las trabajadoras y los trabajadores se indicaba como causal de la interrupción laboral falsos motivos: abandono de tareas, cesantías y renuncias forzadas, entre otros.

La iniciativa para reivindicar la memoria de los trabajadores y trabajadoras nació a partir de una presentación realizada por el sindicato Unión Ferroviaria, con la participación de la Secretaría de Derechos Humanos y la Comisión de Trabajo por la Reconstrucción de Nuestra Identidad. Mediante la Resolución Conjunta 5/2022 de las secretarías de Gestión y Empleo Público, de Coordinación Legal y Administrativa, y de Derechos Humano de la Nación se ordenĺo disponer los medios necesarios para la reparación material de los legajos.

La empresa estatal Trenes Argentinos Capital Humano (TACH) decidió durante su última reunión de directorio proceder a la reparación y revocar las resoluciones que habían dado de baja o dejado cesantes a los trabajadores víctimas de la dictadura. La reparación se materializará a través del Archivo General Ferroviario, perteneciente a TACH, consignando en cada legajo que, cualquiera sea la causa que falsamente se haya esgrimido, “la verdadera causal de interrupción de la relación laboral fue la desaparición forzada y/o asesinato como consecuencia del accionar del terrorismo de Estado”.

Los 46 trabajadores ferroviarios provenían de distintos puntos del país: la Provincia de Buenos Aires (12), la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (3), Catamarca (1), Chaco (2), Córdoba (7), Corrientes (1), San Luis (1), Santa Fe (5), Tucumán (13) y Santiago del Estero (1). Página12.com

12 de octubre de 2022

Reparación de los legajos de trabajadores ferroviarios desaparecidos o que hayan sido asesinados como consecuencia de la acción del terrorismo de Estado entre los años 1955 y 1983

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante la Resolución Conjunta Nro. 05/2022 de fecha 03 de Octubre de 2022 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público; Secretaría de Coordinación Legal y Administrativa y la Secretaría de Derechos Humanos, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, resuelven lo siguiente:

Artículo 1°.- Repárense los legajos de las personas individualizadas en los Anexos I (IF-2022-79579096-APN-SCA#JGM) y II (IF-2022-06635497-APN-SCA#JGM) que forman parte integrante de la presente medida.

Artículo 2°.- La autoridad superior a cargo del Servicio Administrativo Financiero de la empresa Desarrollo del Capital Humano Ferroviario S.A. arbitrará los medios necesarios a través de quien corresponda a fin de proceder, en el plazo de 30 días de suscripta la presente instruir las reparaciones materiales de los legajos pertenecientes a los agentes consignados en los Anexos I y II de la presente de acuerdo con lo establecido en el punto 2.4 del Anexo de la Resolución de la ex Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 493/2012 debiendo incorporar en cada uno una leyenda que indique la verdadera causal de baja, cese, suspensión, renuncia forzada, limitación de los servicios y/o el despido, indicando el número de la resolución conjunta.

Artículo 3°.- Ordénese a la empresa Desarrollo del Capital Humano Ferroviario S.A. efectuar la revocatoria de las resoluciones que hayan dado de baja o dejado cesantes a las personas mencionadas en los Anexos I y II del artículo precedente debiendo cumplir además con las comunicaciones establecidas en el punto 2.5 del Anexo de la Resolución de la ex Secretaría de Gabinete y Coordinación Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 493/2012

Artículo 4°.- Déjese sin efecto la Resolución Conjunta de la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, la Secretaría de Gestión y Empleo Público y la ex Secretaría de Coordinación Administrativa, ambas de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 4 del 4 de Agosto de 2022.

Artículo 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Ana Gabriela Castellani - Rita Haydee Tanuz - Horacio César Pietragalla Corti