Actualidad
Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Disposición Nro. 304/2022 de fecha 13 de Mayo de 2022 de la Comisión Nacional de Regulación del Transporte, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, en el Artículo 1° de dicha Disposición informa que se Modifica la modalidad de pago de las penalidades de multa, que han sido impuestas a las concesionarias ferroviarias en el marco de los procedimientos sancionatorios tramitados por esta Comisión Nacional de Regulación del Transporte.
En el Artículo 2° se establece que los montos resultantes deberán ser abonados mediante deposito en dinero en efectivo o cheque certificado dentro del término de DIEZ (10) días contados a partir de la notificación de la sanción, en la Cuenta Corriente No. 3832/92 del Banco de la Nación Argentina Sucursal 85 Denominación CNRT -5600/661 Recaudadora FF12 CUIT 30691155079, bajo apercibimiento de promover acción judicial en procura de su cobro. Deberá consignarse el concepto de “Multa Transporte Ferroviario" y los datos referentes a "Número de Expediente", "Número de Disposición" y "Rarzón Social del Concesionario".
Artículo 3º: Comunícase a la Gerencia de Fiscalización de Gestión Ferroviaria, a la Gerencia de Fiscalización Técnica Ferroviaria, a la Gerencia de Administración y Recursos Humanos, a la Gerencia de Asuntos Legales y Jurídicos, a la Gerencia de Servicios de Tecnología de la Información y a la Unidad de Auditoría Interna.
Artículo 4º: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-José Ramón Arteaga