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24 de septiembre de 2021

Se aprobó Modelo de Adenda N° 1 al Contrato de Préstamo "Proyecto de Renovación del Ramal "M" Tramo Tapiales – Marinos del Crucero General Belgrano de la Línea Belgrano Sur Fase II"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 651/2021 de fecha 23 de Septiembre de 2021 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, Se aprobó Modelo de Adenda N° 1 al Contrato de Préstamo "Proyecto de Renovación del Ramal "M" Tramo Tapiales – Marinos del Crucero General Belgrano de la Línea Belgrano Sur Fase II" entre la República Argentina y la Corporación Andina de Fomento (CAF) por un valor de 75.000.000 de dólares.

Sobre el particular, el Presidente de la República Argentina decreta:

Artículo 1º.- Apruébase el Modelo de Adenda N° 1 al Contrato de Préstamo CFA 11175 destinado a cooperar en la ejecución del “Proyecto de Renovación del Ramal M – Tramo Tapiales – Marinos del Crucero General Belgrano – Ferrocarril Belgrano Sur Fase II”, el que consta de NUEVE (9) disposiciones y un Anexo 1, a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y la CORPORACIÓN ANDINA DE FOMENTO (CAF), que como ANEXO I (IF-2021-65226679-APN-SSRFID#SAE) integra la presente medida.

Artículo 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, la Adenda N° 1 al Contrato de Préstamo CFA 11175 y su documentación adicional, conforme al modelo que se aprueba por el artículo 1º del presente decreto.

Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán

Se aprobó modelo de convenio de préstamo del BIRF para "Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Decreto Nro. 649/2021 de fecha 23 de Septiembre de 2021 del Poder Ejecutivo Nacional, publicado en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprobó modelo de convenio de préstamo del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF) para el "Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre" por un monta de 347.000.000 de dólares.

Por lo tanto, el Presidente de la Nación Argentina decreta lo siguiente:

Artículo 1º.- Apruébase el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 9232-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), por un monto de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES (USD 347.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre” que consta de SEIS (6) artículos, TRES (3) Anexos y UN (1) Apéndice, en idioma inglés y su traducción al idioma español, que forman parte integrante del presente decreto como ANEXO I (IF-2021-85354072-APN-SSRFID#SAE). Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como ANEXO II (IF-2021-85354508-APN-SSRFID#SAE), las “Condiciones Generales para el Financiamiento del BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF): Financiamiento de Proyectos de Inversión” de fecha 14 de diciembre de 2018 (revisado el 1° de agosto de 2020 y el 21 de diciembre de 2020) en idioma inglés y su traducción al idioma español y como ANEXO III (IF-2021-85354651-APN-SSRFID#SAE), el “Reglamento de Adquisiciones del Banco Mundial para Prestatarios de IPF” en idioma inglés y su traducción al idioma español, correspondiente a la edición del 24 de noviembre de 2020.

Artículo 2º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Convenio de Préstamo BIRF N° 9232-AR, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de dicho Préstamo, conforme al modelo que se aprueba por el artículo 1º del presente decreto.

Artículo 3º.- Facúltase al señor Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, o al funcionario o a la funcionaria o funcionarios o funcionarias que este designe, a convenir y suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Convenio de Préstamo BIRF N° 9232-AR cuyo modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

Artículo 4º.- Desígnase al MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO (ADIFSE), como el Organismo Ejecutor del “Proyecto de Modernización del Transporte Ferroviario de Pasajeros en Buenos Aires – Línea Mitre” para las Partes 1, 2 y 3.3 y, parcialmente, para las Partes 3.1, 3.2, 3.4 y 3.5 del referido Proyecto. Asimismo, el MINISTERIO DE TRANSPORTE deberá operar y mantener, en todo momento durante la implementación del Proyecto, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, con estructura, funciones y responsabilidades aceptables para el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF), según se establece en el Manual Operativo; incluir, entre otros, brindar apoyo para gestión e informes de proyecto, y quedarán facultados a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado proyecto, conforme las normas y procedimientos contenidos en el Modelo de Convenio de Préstamo N° 9232-AR que se aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

Artículo 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Martín Guzmán