Terrenos Ferroviarios
Redacción Crónica Ferroviaria
Mediante Resolución Nro. 1890/2026 de fecha 27 de Octubre de 2026 del Ministerio de Economía de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, el ministro resuelve lo siguiente:
Artículo 2°- Solicítase a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de Ministros que, ante una eventual enajenación, disponga que la mensura y deslinde del perímetro, sea realizada con la intervención de la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA), según plano de mensura identificado en el anexo (IF-2026-01646496-APN-AABE#JGM) que integra la presente medida, debiéndose considerar los extremos expuestos en el Memorándum (ME-2025-81067103-APN-GIEI#ADIFSE).
Artículo 3º.- Comuníquese a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), a la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIFSA) y a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
Artículo 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Firmado. Luis Andres Caputo
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