Actualidad
Redacción Crónica Ferroviaria
La empresa Trenes Argentinos Infraestructuras (ADIFSE) llama a Contratación Directa por Compulsa Abreviada Nro. 07/2022 para el "Desarme y retiro de Vía, Clasificación de material producido y disposición final de un tramo de MIL (1000) metros de vía - ramal S7 - Línea Sarmiento en la progresiva Km 711+000”
Consulta/Contacto: Vía e-mail: mfreites@adifse.com.ar. Telefónicamente: 011-4318-3333 (Int 3731)
Fecha Límite de Recepción de Ofertas 23/02/2022- 14:00 horas.
Formulario 202: Enviar completo el Formulario 202 adjunto a la publicación, junto a la cotización .
Forma de presentación de ofertas (económicas y técnicas): Las ofertas deberán ser enviadas a la casilla de correo electrónico indicada anteriormente.
Datos a tener en cuenta: La cotización debe ser presentada en un todo conforme con las condiciones contractuales que se adjuntan, las cuales forman parte de la presente convocatoria.
Conforme lo dispuesto por el Decreto Nº 202/17 y la Resolución Nº 11–E/17 de la Secretaría de Ética Pública, Transparencia y Lucha Contra la Corrupción del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, los oferentes deberán presentar una “Declaración Jurada de Intereses” en la cual se manifieste si tiene o no vinculación con la autoridad con competencia y capacidad para decidir la contratación (adjudicar).
A dichos efectos, se informa que, en el presente procedimiento de selección, dicha autoridad es el Sr. Rodrigo Alvarez – Gerente de Abastecimiento y Logística.
Junto a la cotización deberá ser enviada la declaración jurada de intereses firmada por un representante legal.
Objeto
El presente documento tiene por objeto establecer las características técnicas necesarias el levantamiento de vías, su acopio y clasificación, de un tramo de mil (1000) metros de largo sobre el ramal S7 de la Línea Sarmiento.
Consideraciones Generales
El emplazamiento del servicio tiene lugar dentro del Ramal Bragado – Bowen (S.7) de la Línea Sarmiento, desde Est. Chamaicó (San Luis) a Est. Los Huarpes (Mendoza), entre Progresivas Km 638+000 y 876+400, el cual se encuentra desafectado de la explotación ferroviaria por Resolución de Ferrocarriles Argentinos P. 4985/80, y cuenta con orden de clausura y de levantamiento (Dto. 2294/77).
La empresa deberá proveer un sitio de acopio para los materiales retirados, para el cual deberá presentar la documentación correspondiente que acredite la propiedad del mismo, o contrato de alquiler según fuera el caso.
Desarme y retiro de vías
El procedimiento a seguir por la Contratista en cuanto a las tareas a desarrollar deberá estar acorde a los elementos y equipos que posea, pudiendo ser semi-manual, semimecanizado o totalmente mecanizado.
Cualquiera sea la metodología elegida por la Contratista, esta deberá ser aprobada por ADIF, previo al comienzo de las tareas.
Preparación del desarme: si fuese necesario se podrá colocar, con autorización de ADIF en tuercas y bulones sustancias apropiadas que faciliten el desarme. Queda prohibido el corte con soplete.
La Contratista deberá disponer del equipamiento adecuado para el manipuleo y transporte de los rieles según la longitud de los mismos, como, por ejemplo, perchas de longitud suficiente para su izado por dos puntos, cuando así resulte conveniente.
La Contratista no podrá disminuir longitud útil de los rieles, aun cuando se tratase de tramos soldados, salvo expresa autorización de ADIF.
Se deberá asegurar, cuantitativa y cualitativamente, la conservación del estado del material producido, tanto en el momento del desarme y retiro como durante su acopio, evitar el alabeo de los rieles, pérdida de material chico, etc.
Que pena. Está clausurado desde 1977 no?.
ResponderEliminarEsteban Ramirez
Esteban Ramirez asi es , decreto de martinez de hoz y el decreto de 1980 su levantamiento ��
EliminarOsmar Luis Maurizi
Visto
Eliminarel expediente N. 3035/77-T, del Registro de la Secretaría de Estado de Transporte y Obras Públicas relativo a la clausura y levantamiento de determinados sectores ferroviarios, y
Considerando
Que se trata de ramales y tramos ferroviarios con una longitud total de UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS KILOMETROS (1.596 km) cuyo mantenimiento en la explotación ferroviaria no se justifica en razón de su estado actual, los elevados déficit de explotación que padecen, las bajas densidades de tráfico que registran y las escasas posibilidades de recuperación que tienen, razón por la cual procede autorizar su clausura así como el levantamiento de sus vías e instalaciones, aunque excluyendo de esta última medida a sectores que eventualmente podrían interesar en relación con los planes de construcción de grandes silos concentradores.
Que este acto es propiciado en prosecución del cumplimiento de los programas de ordenamiento ferroviario encuadrados en las políticas adoptadas para revitalizar y elevar el grado de eficiencia del transporte por ferrocarril.
Que de acuerdo con lo informado por la Secretaría de Estado de TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS el mantenimiento en servicio de estos sectores ferroviarios tampoco es necesario en orden a razones generales de política de transporte incluyendo pautas de desarrollo y de defensa nacional.
Que otros aspectos vinculados con la medida propuesta han sido contemplados y gozan de la más preferente atención, incluyendo los relativos a la situación del personal involucrado y los referentes a los servicios sustitutivos de los ferroviarios a suprimir.
Por ello, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley N. 18.360, artículo 18, inciso a),
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1.- Autorízase a FERROCARRILES ARGENTINOS a clausurar en forma definitiva y proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones de los siguientes ramales y tramos de línea:
GENERAL ALVEAR-RECALDE (109,0 kilómetros) de la Línea General Roca; NOGOYA-VICTORIA (48,8 kilómetros) de la Línea General Urquiza; SAMPACHO-ACHIRAS (36,0 kilómetros) de la Líena General San Martín; CHAMAICO-BOWEN (241,0 kilómetros) de la Línea D.F Sarmiento; ZUVIRIA-ALEMANIA (66,0 kilómetros), LA ENCANTADA-LAS TERMAS DE RIO HONDO (72,0 kilómetros) SAN FRANCISCO-VILLA MARIA (159,0 kilómetros), GENERAL OBLIGADO-LAGUNA LIMPIA (111,4 kilómetros), HAUMONDA-VILLA BERTHET (37,5 kilómetros), PATRICIOS VICTORINO DE LA PLAZA (225,1 kilómetros) y KM. 175,5-CARHUE (342,0 kilómetros) de la Línea General Belgrano.
ARTICULO 2.- Autorízase a FERROCARRILES ARGENTINOS a clausurar los tramos RECALDE-LAMADRID (68,1 kilómetros) y LAMADRID-PRINGLES (80,1 kilómetros) de la Línea General Roca, y a proceder al levantamiento de las vías y demás instalaciones del tramo PRINGLES BAJO HONDO (122,0 kilómetros) de la Línea General Mitre.
ARTICULO 3.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmantes
VIDELA - MARTINEZ DE HOZ
Decretos de clausura y levantamiento de 1977 y 1980 que lamentable.
ResponderEliminarOsmar Luis Maurizi
Y para qué desarman esto? inentendible, lamentable por donde se lo mire.
ResponderEliminarEs una truchada. No esta en manos de ADIF el ramal
ResponderEliminarPablito. Acabo de entrar a la página de Adif en la sección Licitaciones y Contrataciones y vas a ver que esta sinvergüenzada y entrega del patrimonio ferroviario está en manos de la Adif. Te dejo el link. Chau
Eliminarhttps://plataforma.adifse.com.ar/uploads/archivo_adjunto/licitacion/20220218_120146-620fb4da663af.pdf
Pichi Landi
Haciendo cumplir decretos de la dictadura. Qué lindo... Ignacio Norberto Graciano
ResponderEliminarInsólito. Desde la dictadura no ae levantaba un ramal. El motivo?? Guarda que este gobierno esta entregando terrenos ferroviarios como nunca
ResponderEliminarmeneme levanto tambien, para, supuestamente, usar los materiales pa el tren de la costa, era el ramal que corre junto a la ruta 29 de pcia bs. as. igual es aberrante esto. a estos ni justicia.
EliminarEstimado Santiago, es cierto que durante el menemato se levantaron muchos ramales, entre ellos el de Chas-Ayacucho al que te referiste en tu comentario, pero los rieles del Tren de la Costa no provienen de ahí sinó del levantamiento de las vías entre Chillar y Juan E. Barra; y desde esta hasta Indio Rico.
EliminarSaludos muy cordiales.
Corrección Jorge durante el menemato no se levantó la mayoría ese tipo hizo el desastre más grande en ferrocariles después de Frondizi con su nefasto plan Larkin hasta ahora están las concecuecias
EliminarOscar
El trayecto desde Chamaicó hasta Bowen fue clausurado por Decreto Nacional 2294/77 del día 5 de agosto de 1977. El Consorcio de Cooperación Ferrocarril Unión Pacífico (FCUP), que está formado por 7 intendencias municipales de 4 provincias + el IAF, por las que atraviesa el citado ramal, está trabajando en su rehabilitación hasta Colonia Alvear Oeste y de allí los ramales del Ferrocarril San Martín hasta Malargüe para acceder a los pasos internacionales El Pehuenche y Las Leñas.10 Los sectores de vía entre Chamaicó y Colonia Alvear Oeste; desde Colonia Alvear Oeste hacia General Alvear; y desde Colonia Alvear Oeste hasta Carmensa, se encuentran a cargo del Consorcio FCUP conforme a los convenios celebrados con el Estado Nacional. Chau paso Pehuenche entonces.
ResponderEliminarDavid Korb
Seguramente un negociado mas, que perjuicio causa dejarlo, ya que está sin uso, podría algún dia ser util.
ResponderEliminarAlberto