Gremiales
Redacción
Crónica Ferroviaria
El
gremio La Fraternidad de los conductores de trenes, en su Circular General Nro.
37 de fecha 27 de Agosto de 2015 se dirige a sus representados para informes
con relación a las gestiones realizadas por el Secretariado Nacional en el
marco de las negociaciones paritarias con las empresas ferroviarias. Dicha
circular dice lo siguiente:
Siguiendo
un orden cronológico desde el comienzo de las paritarias, a principio del mes
de febrero del corriente año se cursaron las presentaciones correspondientes
ante las empresas ferroviarias de Pasajeros y Cargas para acordar el inicio de
las negociaciones, procediéndose de igual forma ante la
Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para que dicha Autoridad de
Aplicación dispusiese la apertura de los expedientes y posterior convocatoria
de las partes a tal efecto.
Sin
perjuicio de ello, el día 5 de febrero de 2015 fuimos convocados por la
Viceministra de Trabajo, Dra. Noemí Rial, oportunidad en la cual se nos informó
la voluntad del gobierno Nacional para llegar a un acuerdo a través del
otorgamiento de un anticipo a cuenta de lo que se resolviera en las
negociaciones Paritarias con las distintas empresas ferroviarias.
En
dicho encuentro, luego de una extensa reunión, la Comisión Paritaria de La
Fraternidad dejó plasmada la postura del Sindicato para establecer una
recomposición salarial que permita preservar el poder adquisitivo de los
salarios que perciben nuestros representados.
En
esa dirección, el día 10/02/15 tuvo lugar una nueva reunión en el ámbito de la
Cartera Laboral, donde se suscribieron las actas respectivas sobre el acuerdo
del pago de una suma fija no remunerativa a todos los trabajadores comprendidos
en los Convenios Colectivos de Trabajo, conforme los importes que para cada categoría se detallan seguidamente:
Instructor,
$ 3.750; Inspector con Certificado $ 3.750; Conductor Eléctrico y Conductor
Diesel $ 3.000; Ayudante de Conductor Habilitado $ 2.700; Ayudante de Conductor
$ 2.400, y Aspirante a Conductor $ 2.000.
Cabe
recordar que la vigencia de la suma fija no remunerativa se estableció desde el
1º de marzo de 2015 al 30 de junio de 2015, y se abonó con los haberes
correspondientes a los meses de marzo, abril, mayo y junio de 2015, dejándose
establecido que las partes se reunirán a partir del 15 de junio de 2015 a los
efectos de continuar negociando los salarios definitivos.
Sin
perjuicio de lo expuesto precedentemente, el 24/02/15 se elevó carta documento
al Ministro de Trabajo, a los efectos de que convoque a las empresas
ferroviarias de pasajeros y cargas para dar inicio a la renovación de las
condiciones generales de los respectivos Convenios Colectivos de Trabajo, bajo
apercibimiento, en caso de no tener respuesta, de evaluar las medidas que se
considerasen convenientes en resguardo de los legítimos derechos de nuestros
representados, y de igual manera se procedió ante las empresas.
El
16 de abril ppdo. se llevó a cabo una reunión en el Ministerio de Trabajo a los
fines de efectivizar la apertura de negociación de las condiciones generales, y
el día 21 de mayo siguiente se convocó a las partes, donde la Comisión
Paritaria de La Fraternidad entregó copia al sector empresario del anteproyecto
de Convenio Colectivo de Trabajo.
En
fecha 23/06/15 prosiguieron las reuniones de las Comisiones Paritarias en la
Cartera Laboral, fijándose una agenda de trabajo con el objeto de definir el
texto de los Convenios Colectivos de Trabajo en su ordenamiento técnico que,
como se ha dicho anteriormente, La Fraternidad había presentado en el
expediente paritario para su estudio por parte de las empresas, a la vez que la
representación de este Sindicato dejó asentado que en tanto y en cuanto no se
culminara la negociación referida a la renovación de las condiciones generales
no se procedería a acordar la pauta salarial, fijándose audiencia en el
Ministerio para el día 07/07/15.
En
virtud de lo expuesto, el día 24 de junio se desarrolló en la Sede Central de
La Fraternidad la reunión de la Comisión Paritaria con las empresas de pasajeros,
donde se procedió a analizar punto por punto la integridad de los aspectos
técnicos del Convenio Colectivo de Trabajo. La agenda de trabajo prosiguió
durante la jornada del día 25 del mismo mes y días subsiguientes.
Efectivamente,
el día 7 de julio del corriente año las partes se reunieron una vez más en el
Ministerio de Trabajo, oportunidad en la que se solicitó un cuarto intermedio
hasta el día 10 del mismo mes, donde realizada la misma la representación de La
Fraternidad al analizar la propuesta ofrecida por el Estado como techo de la
negociación salarial formuló su rechazo, dejando constancia que previamente se
aceptó una suma fija como anticipo por cuatro meses, desde el 01/03/15 fecha
que vencieran las pautas salariales, haciéndose hincapié asimismo que aún no se
han finalizado los textos de los Convenios Colectivos de Trabajo ya vencidos en
febrero de 2013, como tampoco fueron convocadas las empresas del sector cargas
para discutir la renovación de las condiciones generales vencidas en el año 2005,
y también las económicas, motivos por los cuales La Fraternidad anunció un Paro
de Actividades a nivel nacional por 24 hs. a partir de las 00:00 hs. del día
lunes 13 de julio de 2015.
Ante
la denuncia de medidas de acción directa, la funcionaria actuante dispuso
encuadrar en el marco de la Ley Nº 14.786, a partir de las 00:00 horas del día
13 de julio de 2015, el conflicto suscitado, iniciándose un período de
Conciliación Obligatoria por el término de 15 días, intimándose a la
representación de este Sindicato a dejar sin efecto durante el período indicado
toda medida de acción directa, extendiéndose luego dicho plazo por el plazo de
5 días más, fijándose nueva audiencia para el día viernes 7 de agosto del
corriente año.
Cabe
señalar que el resto de las organizaciones gremiales (Unión Ferroviaria, ASFA y
APDFA) aceptaron la oferta salarial, en tanto, y dado que luego de una serie de
reuniones no se ofreció una nueva propuesta y al encontrarnos frente a la misma
situación que en audiencias anteriores, habiendo respetado nuestra Organización
los plazos conciliatorios establecidos por el Ministerio quedando así en
libertad de acción, el Secretariado Nacional consideró pertinente analizar los
pasos a seguir en el Congreso realizado el día 14 del corriente mes en la
ciudad de Villa Carlos Paz, provincia de Córdoba, donde en una sesión plenaria
con representantes de 150 seccionales y delegaciones de todo el país, los
cuerpos orgánicos recibieron como mandato el inicio de un plan de lucha, que
comenzó con el anuncio de un Paro Nacional de 24 horas en todas las empresas
ferroviarias para el día jueves 20 de agosto, y el día 18, mediante nota
elevada al Sr. Ministro de Trabajo, se procedió a comunicar formalmente la
realización del Paro de Actividades.
Como
consecuencia de ello, el día 19 del corriente mes a las 17 horas la
representación de este Sindicato fue convocada por la Viceministra de Trabajo,
Dra. Noemí Rial, con la participación del Subdirector de la Dirección Nacional
de Relaciones del Trabajo, Lic. Adrián Caneto, y el Lic. Otero, del Ministerio
del Interior y Transporte, ante quienes informamos pormenorizadamente las
diferencias mantenidas en el marco de las discusiones paritarias. Fundamentadas
las razones que motivan la decisión
adoptada por nuestra Organización, a los efectos de garantizar la Paz Social la
Autoridad Ministerial le solicitó a La Fraternidad suspender la medida de
fuerza para que pudiesen interceder ante las autoridades correspondientes con
la finalidad de acercar posiciones que nos permitiesen arribar a un acuerdo con
las empresas ferroviarias.
En
virtud de lo expuesto, al abrirse una mesa de diálogo a cargo de la
Viceministra de Trabajo, sin arriar las banderas de nuestros reclamos, La
Fraternidad aceptó pasar a un cuarto intermedio de la reunión celebrada con las
autoridades gubernamentales hasta el día lunes 24, en procura de alcanzar los
consensos requeridos, postergando así la medida de fuerza programada para el
jueves 20 de agosto.
En
el marco del cuarto intermedio iniciado la semana próxima pasada en las
negociaciones post Conciliación Obligatoria, el lunes 24 del corriente mes los
representantes del Ministerio de Trabajo se apersonaron en la Sede Central de
La Fraternidad con el propósito de trasmitir los resultados de las gestiones de
la Cartera Laboral ante el Ministerio de Economía, informándosenos que este
último no modificaba su posición en cuanto a los reclamos que viene efectuando
nuestro Sindicato, razón por la cual se le comunicó al Ministerio la
ratificación de la medida de fuerza suspendida la semana anterior, a la vez que
en Conferencia de Prensa realizada en la Sede Central de nuestra Organización
se informó a la opinión pública la confirmación del Paro de 24 horas para el
día 26 de agosto.
Sin
perjuicio de lo expuesto, el día 25 del corriente, a pocas horas de que se
efectivizara la medida de fuerza anunciada, la representación de La Fraternidad
fue convocada nuevamente al ámbito de la Cartera Laboral para mantener una
reunión con el Sr. Ministro de Trabajo, Dr. Carlos Tomada y su Viceministra,
Dra. Noemí Rial, donde finalmente, tras arduas negociaciones, logramos alcanzar
un acuerdo en el aspecto económico, y también la unificación de los textos de
los Convenios Colectivos de Trabajo que rigen la actividad de nuestros
Compañeros en las distintas empresas ferroviarias de cargas y pasajeros.
Cabe
señalar asimismo que el pago de la diferencia salarial respecto a los meses de
Marzo, Abril, Mayo, Junio –incluida la diferencia del Sueldo Anual
Complementario- y Julio de 2015, y una vez determinado su valor, se liquidará
en forma individual en cinco (5) cuotas iguales y consecutivas de carácter no
remunerativo que serán abonadas a cada uno de los trabajadores según resulte
del prorrateo que corresponda a cada uno de ellos, conjuntamente con los
haberes de los meses de Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre de
2015, dejándose aclarado que a la diferencia salarial resultante, se le debe
descontar los importes percibidos a cuenta en los meses de Marzo, Abril, Mayo,
Junio y Julio de 2015.
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