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Redacción CRÓNICA FERROVIARIA
Mediante Resolución 328/2012 del Ministerio del Interior y Transporte de
fecha 04 de Septiembre de 2012, publicada en el Boletín Oficial Nro. 32.475 del
06/09/2012, se establece en el término de sesenta (60) días a partir de la
publicación de la presente Resolución, los concesionarios y operadores de la
prestación de servicios de transporte ferroviario de pasajeros del Área
Metropolitana de Buenos Aires, deberán disponer en cada Línea de servicios un
Centro de Recepción Previa de los conductores de servicios ferroviarios, que
permita, en forma anticipada, realizar las comprobaciones e indicaciones a la
rutina que deberán llevar adelante los conductores en la administración del
sistema.
Conferencia de prensa. Izq. Ministro de Interior y Transporte, Florencio Randazzo - Der. Secretario de Transporte de la Nación, Alejandro Ramos
TRANSPORTE FERROVIARIO
Centros de Recepción Previa de los Conductores de servicios
ferroviarios. Area Metropolitana de Buenos Aires.
VISTO el Expediente Nº S02:0012342/2012 del registro de este Ministerio,
y
CONSIDERANDO:
Que la intervención del recurso humano en la seguridad de la circulación
ferroviaria, como individuo y como parte integrante de la estructura de una
empresa prestadora de este tipo de servicios, es un componente muy importante
en la actividad ferroviaria.
Que constituyendo entonces dicho recurso un factor estratégico en el
correcto funcionamiento del sistema de trenes se requiere en esta instancia
tomar acciones que se alineen con los programas de mejoras e inversión del
sistema, todo lo cual sumado al uso de nuevas tecnologías permitirá dar mayor
previsibilidad a la gestión del tráfico ferroviario.
Que consecuentemente, se ha observado que es posible mejorar las
acciones de control y monitoreo del material rodante y del personal de
conducción afectados a la prestación de los servicios ferroviarios del AREA
METROPOLITANA DE BUENOS AIRES, a partir de la creación de centros específicos
de recepción de conducción de trenes por cada línea de servicios ferroviarios.
Que la identificación de indicadores y tendencias de comportamientos
importa un elemento esencial para mejorar la fiabilidad del factor humano, coadyuvando
a la prevención de situaciones indeseadas.
Que siendo los concesionarios y operadores los responsables primarios en
la administración del sistema de transporte ferroviario es posible el
establecimiento de normas específicas que, junto a las del Reglamento Interno
Técnico Operativo (RITO) y las ya existentes, favorezcan una mejor performance
en la circulación, lo cual motiva el dictado del presente acto administrativo.
Que en virtud de ello, deberán disponer por cada línea de servicios un
Centro de Recepción Previa de los Conductores de servicios ferroviarios que
permita, en forma anticipada, realizar las comprobaciones e indicaciones a la
rutina que deberán llevar adelante los conductores en la administración del
sistema.
Que la capacitación de los trabajadores constituye otra herramienta de
importancia a los fines de consolidar la profesionalización en esta modalidad
de transporte, lo que irremediablemente implicará generar efectos positivos en
las tareas que realizan los mismos en su actividad cotidiana y mejores
prácticas en el funcionamiento del sistema de transporte ferroviario.
Que a tales efectos los concesionarios y operadores deberán mantener
capacitados en forma permanente a todo el personal a su cargo y presentar ante la COMISION NACIONAL
DE REGULACION DE TRANSPORTE, organismo descentralizado actuante en el ámbito de
la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, con anterioridad al día 30
de setiembre de cada año, los programas de capacitación que llevarán adelante
el año inmediato siguiente.
Que la
DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de este Ministerio ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas
por el Decreto Nº 874 de fecha 6 de junio de 2012.
Por ello,
EL MINISTRO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE RESUELVE:
Artículo 1° — Establécese que, en el término máximo de SESENTA (60) días
a partir de la publicación de la presente resolución, los concesionarios y
operadores de la prestación de servicios de transporte ferroviario de pasajeros
del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES deberán disponer por cada línea de
servicios un Centro de Recepción Previa de los Conductores de servicios
ferroviarios que permita, en forma anticipada, realizar las comprobaciones e
indicaciones a la rutina que deberán llevar adelante los conductores en la
administración del sistema.
Art. 2° — Los Centros de Recepción Previa deberán estar integrados por
personal profesional interdisciplinario debidamente acreditado y actuar como un
eslabón integrante de la cadena de responsabilidad y gestión del sistema de
tráfico de trenes.
Art. 3° — Las empresas concesionarias y operadores del sistema de
transporte ferroviario deberán presentar ante la COMISION NACIONAL
DE REGULACION DE TRANSPORTE, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE
TRANSPORTE del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y para su aprobación, la
forma de funcionamiento de los respectivos Centros de Recepción Previa que
llevarán adelante en cada línea, el equipo interdisciplinario que formará parte
de los mismos y el mecanismo de participación de los trabajadores a través de
las respectivas organizaciones gremiales que puedan corresponder.
Art. 4° — Las empresas concesionarias y operadoras del sistema de
transporte ferroviario deberán presentar ante la COMISION NACIONAL
DE REGULACION DE TRANSPORTE, con anterioridad al día 30 de setiembre de cada
año, los programas de capacitación permanente que llevarán adelante el año
inmediato siguiente en las áreas específicas tales como conductores, guardas,
guardas barreras, material rodante, y todo otra área que hace a la operatividad
del sistema ferroviario.
Art. 5° — Las empresas concesionarias y operadoras del sistema de
transporte ferroviario que no den cumplimiento a lo dispuesto por la presente
resolución serán sancionadas con las máximas penalidades previstas en la
normativa vigente.
Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional
del Registro Oficial y archívese. — Aníbal F. Randazzo.
chirolita chantazo y su muñeco.
ResponderEliminarNo sería conveniente que a la vez, antes de largar una formación sea electrica o remolcado, se haga un minucioso exámen del estado....? y si no está en condiciones, no habilitarlos....
ResponderEliminarBonutti
jajajajaja , es cierto RAMOS ES LA MOMIA FERROVIARIA !!!!!
ResponderEliminarJOSELINO: ¿solo para trenes metropolitanos? ¿ y el resto? Involucro a otros conductores, tal como choferes de micros de LD, en que dos hombres de Baires y van a Salta o Jujuy o a otros tantos destinos tan lejanos. Pero quiero recordar el documental de canal de C. Federal, que daba cuenta que una empresa de este transporte hacía el trayecto Rio Gallegos a Buenos Aires, tambien con dos conductores. Pero lo irracional es que en el "buche" tenían un colchon y elementos para dormir que lo utilizaba el que no conducía en el momento. Luego de un, relatiovamente pequeño descanso salían de nuevo a R. Gallegos en iguales condiciones. como puede verse totalmente inhumano. ¿y a toda esta gente, no se hace previamente un control sicofísico? Creo que en esto tanto el Sr. Radazzo y Ramos, están echando el agua fuera del tarro. En tales condiciones, aunque el exámen sea bueno, ¿cuál es el margen de seguridad que ahora quieren demostrar con los conductores ferroviarios metropolitanos? ¡O es que en los micros no viajan seres humanos también?
ResponderEliminarCreo que es hora que se pongan pantalones largos....
Bien compañero Joselino,pero te dire
ResponderEliminarque como recientemente un compañero Ingeniero en forma ironica publico No Entiendo en su articulo,Creo que entre tantas cosas que en el tiempo no entendimos fue que los gremios y nosotros los trabajadores nos preocupamos fundamentalmente de lo que en economia se denomina Valor de Cambio ( sueldo )pero muy poco en el
Valor de Uso,y en esto llevaria varias paginas explicar,Fue la que denominariamos "ventaja" del automotor,con los años los ferroviarios,nuestros padre y abuelos,dejaron las "bondades" de tener novias en cada pueblo,porque la explotación siempre encuentra argumentos,y trabajar menos hs, y quedarse con su familia, y exiguir un sueldo acorde a ello, que aveces conseguiamos.El automotor, y fijate Bien el argumento del mayor representante de camioneros "defiende" el Valor de Cambio, que
sastiface a sus representados, pero Claro no señala su Valor de Uso,el mismo señala como el gran sacrificio de los camioneros por estar Dias y semanas fuera de sus casas "arriba" del camion,cuantos trabajadores camioneros trabajarian de más con un sistema como años haa tenian los ferroviarios y en la actualidad la mayoria de los camioneros de la Vieja Europa. Como veras asi pensado no seria tan importante, como se cree su Valor de Cambio,y otro seria el costo de las empresas de transporte automotor, Creo que con tantos expertos en Transporte y en nuestro propio pasado, no lo teniamos en cuenta,tendras que aceptar que por lo menos seria un tema Más,para darnos cuenta de las muchas cosas que No Entendemos, y tendremos que sumar,como siempre digo,como las cosas No son lo que
aparentan,quien te dice que buscando contestaciones a nuestros desconocimientos aportemos algo, con lo cual me sumo a tu comentario
y aporto este costado desde el "lado" economico (y no solo economico)del problema.
Saludos fraternos.
Muy bueno, de Joselino y de Manuel, Con bastante atrevimiento me proponia enviar una Nota a Cronica Ferroviaria sobre el tema,pero veo que M. en general ya la expuso,bueno felicitaciones, y una pregunta no seria interesante que las notas, tubieran una valoracion, y fueran sostenidas por más tiempo, que otra
ResponderEliminarporque No todos podemos leer todos los dias el BLOG,sugerencia nada más. Saludos.
JOSELINO: me refiero a Manuel 07/09 de las 15,35 y RGL de las 17,19.concuerdo con ambos y con toda rezón. Lo de manuel es exácto y lo que propone RGL es algo que a mi hace rato me parece que deberia ser, puesto que al estar muy poco tiempo se pierde lectores. Un cordial saludo.
ResponderEliminarCUANDO ESTOS TIPOS, DIGO EL MINISTRO Y EL CARA DE PIEDRA QUE TIENE AL LADO EN LA FOTO TOMAN SERVICIO A ELLOS TAMBIÉN LE HACEN UN CONTROL, PORQUE HAY VECES QUE DICEN TANTAS PELOTUDECES QUE LAS PAGAMOS NOSOTROS. PAGO POR VER PRESOS A TODOS ESTA MANGA DE CORRUPTOS.
ResponderEliminarBENITO K.