Llamados a Licitación
Redacción Crónica Ferroviaria
La empresa Trenes Argentinos Infraestructuras S.E. llama a Licitación Pública Nro. 23/2026 para la concesión de un inmueble ubicado en terrenos ferroviarios (ramal GM1) en el Partido de Tigre de la Línea Mitre.
Etapa: Única
Apertura: 24 de Julio de 2026 – 14:30hs.
Consulta y retiro de pliegos: Los pliegos son gratuitos, deberán ser descargados desde la página web https://plataforma.adifsa.com.ar/portal_licitaciones
Consultas: Todas las consultas deben presentarse a la casilla de correo electrónico compras@adifsa.com.ar, hasta TRES (3) días hábiles anteriores de la fecha fijada para la presentación de las ofertas, indicado en la referencia del correo: “consulta // N° de proceso // razón social del interesado”. Las consultas deberán ser enviadas en formato PDF (con membrete y firma digital del oferente), manteniendo siempre los requisitos para las consultas de formato papel. No serán válidas y/o respondidas las consultas realizadas por otros medios (telefónicas, otras direcciones de mails, etc.) y/o fuera del plazo citado. Las aclaraciones podrán ser emitidas de oficio o en respuesta a consultas de los interesados, cuando ADIF considere su pertinencia, a través de la publicación de Circulares en el citado sitio web de ADIF, acorde lo previsto en el Pliego de Condiciones Particulares (PCP).
Visita: Se realizará el día Martes 14 de Julio a las 11 hs, en Libertad 120, Pacheco. En representación de ADIFSA será contacto de la visita: Mario Fernández / cel. 11-6878-4282 (solo mensajes de WhatsApp).
Presentación de las ofertas: a partir de las 10hs y hasta una hora (1h) antes de la hora fijada para la apertura en Trenes Argentinos Infraestructura –Gerencia de Contrataciones, Servicios y Seguridad, sita en Av. Dr. Ramos Mejía 1302 - 5º piso Oficina 505/509 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Lugar de apertura: Trenes Argentinos Infraestructura, Av. Dr. Ramos Mejía 1302 - 5º piso – Sala 500 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Mayor información en página web https://plataforma.adifsa.com.ar/portal_licitaciones
Objeto
El objeto del presente Pliego de Especificaciones Técnicas es el otorgamiento en concesión de un inmueble a efectos de explotación comercial en contraprestación al pago de un canon y la ejecución de una inversión/obra de mejora.
La inversión consistirá en la ejecución de las obras civiles a realizarse en el marco de la INICIATIVA DE TERCEROS a llevarse a cabo en el inmueble ubicado en entre la calle Independencia, Colectora Norte 197, calle Libertad y Camino Bancalari, Troncos del Talar, Partido de Tigre.
El objeto de esta iniciativa se encuentra complementado por el Pliego de Condiciones Particulares, detallándose a continuación las especificaciones técnicas de la intervención que el concesionario deberá realizar en el inmueble. Todas las tareas deberán estar adecuadas a las medidas de seguridad y accesibilidad requeridas por la legislación vigente y con un programa funcional que se ajuste a los requerimientos actuales de La Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF-SE), tanto para garantizar un servicio de confort al usuario como para brindar al personal ferroviario los espacios necesarios para desarrollar sus funciones.
Memoria descriptiva
El inmueble identificado con el código SABIF N° 3636627-0001 (parte) y 0002 (parte), de unos aproximadamente 13.690 m2, ubicados entre la calle Independencia, Colectora Norte 197, calle Libertad y Camino Bancalari, Troncos del Talar, Partido de Tigre, se encuentra en una zona con una densidad poblacional medio-alta y un gran potencial para una explotación de tipo mixto.
El mencionado proyecto incluye: a) saneamiento del predio; b) la construcción de una estación de servicio, local de comidas rápidas, otros 6 locales comerciales y un estacionamiento para 80 vehículos c) puesta en valor de todo el conjunto; d) la explotación comercial por su actividad; e) aportes fiscales, provinciales y municipales; y f) generación de nuevos puestos de trabajo Los espacios delimitados serán considerados como un inmueble único a los efectos del procedimiento de selección. Esto aplica de la misma forma y virtud a la ejecución de cualquier obra en el marco de la explotación comercial.
La explotación comercial de los aproximadamente 13.690 m2 de este inmueble deberá contemplar el reconocimiento del sitio, complementado por un relevamiento fotográfico, que detalle la situación edilicia de las construcciones preexistentes (ver Art. 7, inciso 4). Se podrán edificar nuevas construcciones que no perjudiquen las preexistencias edilicias ni naturales, conforme a las normativas vigentes y teniendo como objetivo la mejora integral del entorno, brindando cualquier tipo de servicio comercial que no altere la seguridad ambiental del sitio.
La intervención tampoco podrá obstaculizar ni alterar el tendido de rieles, ni cualquier otro tipo de instalación que sirva al servicio ferroviario.
El concesionario deberá presentar una propuesta en forma de proyecto (ver Art. 4), la cual funcionará como concepto vinculante para el desarrollo de la concesión. Durante el plazo de vigencia de la concesión, el concesionario deberá realizar a su exclusivo cargo y costas las obras necesarias para el desarrollo de la propuesta.
La ejecución de obra deberá realizarse conforme a lo establecido en el Art. 7 y los anexos correspondientes. Queda explícitamente expresado que la ejecución de obra deberá ser estrictamente realizada de manera total, completando todos los trabajos que garanticen el correcto funcionamiento y terminación, para el fin por el cual fue encomendada. Esto comprende, entre otras obligaciones, el desarrollo de cálculos y proyectos de ingeniería, el transporte interno y externo de obra, la disposición final de los materiales y residuos, los ensayos, verificaciones y demás comprobaciones de calidad, mediciones y relevamientos, etc.
Asimismo, todas las tareas deberán ser ejecutadas dando estricto cumplimiento a las normativas y reglamentaciones municipales, provinciales y nacionales vigentes, tanto en lo relativo a edificación como en lo relativo a seguridad ferroviaria; y cumpliendo con las reglas del buen arte de la construcción.
Durante todo el transcurso de la concesión, el concesionario es responsable del mantenimiento constante y correcto de la integridad edilicia del inmueble
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