Judiciales
Luego de varios años de comodato y alquiler, la empresa provincial pidió el desalojo de un artesano que vive en el lugar y acumula una abultada deuda.
El juez en lo Contencioso Administrativo de Bariloche, Iván Sosa Lukman, falló a favor de la Provincia y ordenó el desalojo de un artesano de un galpón del ferrocarril que pertenece a la empresa Tren Patagónico, quien alegó el vencimiento del contrato de alquiler y la acumulación de una cuantiosa deuda.
Según lo expuesto en la demanda iniciada en abril de 2025 por la Fiscalía de Estado, el artesano Federico Marchesi, conocido por sus trabajos en piedra en la región, accedió por comodato y hace casi dos décadas a un predio de 2,800 metros cuadrados que forma parte de la estación de trenes de Bariloche y que incluye un galpón de 450 metros cuadrados. Años después el acuerdo se formalizó mediante una locación y en 2019 venció el último contrato trianual, que no fue renovado.
La Provincia intimó varias veces a Marchesi para que restituya el inmueble y abone lo deuda, calculada en 12 millones de pesos. Ante la falta de respuesta recurrió a la Justicia. El artesano llegó a escribirle una carta al gobernador Alberto Weretilneck en la reconocía que la suma reclamada le resultaba impagable y expresaba su voluntad de alcanzar un nuevo acuerdo.
Durante su larga permanencia en el lugar el demandado construyó una vivienda. Durante el trámite judicial hizo reserva de reclamar una compensación por las mejoras.
Los fundamentos del juez para ordenar el desalojo
El juez en su sentencia sostuvo que “el mismo accionado reconoció la deuda” y que en un contrato de alquiler es aceptable y legítimo que opere “una tácita reconducción hasta que cualquiera de las partes dé por concluido el contrato mediante comunicación fehaciente”, como lo hizo Tren Patagónico en su propósito de recuperar el inmueble.
Entre los documentos aportados en la causa consta un informe socioambiental según el cual Marchesi vive en el lugar en forma temporal con un hijo y una hija, que no tiene ingresos estables fuera de la venta de sus trabajos. El juez dejó constancia del informe, pero sostuvo que “no se encuentra en debate ninguna de estas realidades”.
Aceptó dar al caso un trámite “sumarísimo” como pidió la Fiscalía de Estado y rechazó otra de los planteos del demandado para postergar el pronunciamiento porque no estaba agotada la instancia de mediación.
El magistrado subrayó que “se ha probado que (Marchesi) tiene obligación de restituir el inmueble y no ha justificado por ningún medio que su ocupación sea legítima”. Repasó la doctrina legal en materia de desalojos y señaló que corresponde ordenar esa medida “cuando sin existir vinculación contractual alguna el demandado es un ocupante meramente circunstancial”.
La parte resolutiva del fallo emplaza al artesano y otros ocupantes a desalojar el inmueble cedido por Tren Patagónico SA a 10 días de quedar firme esa decisión, “bajo apercibimiento de desahucio”.DiarioRíoNegro.com

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