EMPRESAS
El Sector
Ferroviario de la
Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de
CCOO, junto con otros sindicatos, interpuso la demanda contra la decisión de la
empresa Comfersa –participada por ADIF al 51% y por Renfe al 49%– de detraer,
de febrero a mayo de 2013, la paga extraordinaria que ya había sido abonada en
diciembre de 2012. Es decir, no sólo no aplicó en 2012 el RD 20/2012, que le
permitía, en aquel momento, detraer la cantidad correspondiente a 2012, sino
que trató de compensar en 2013 lo no hecho en su momento.
La sentencia, en su parte final dice:
Estimamos
parcialmente la demanda y declaramos la nulidad de la compensación del importe
de la paga extraordinaria, realizada por la empresa Comfersa a estar y pasar
por dicha declaración, así como a reintegrar a los trabajadores las cantidades
detraídas a todos los efectos legales oportunos. –Queda pendiente, hasta que se
produzca resolución de la cuestión de constitucionalidad elevada por la sala en
su procedimiento 322/2012, la parte proporcional a las pagas extraordinarias
devengadas hasta 15-07-2012.
El Sector
Ferroviario de la
Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO
valora muy positivamente que la
Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ,
haya fallado claramente a favor de las tesis de los demandantes, y lo hace a
través del secretario general del Sector Ferroviario, donde se encuadra esta
empresa, Manuel Nicolás Taguas, quien ha declarado: “Espero que esta sentencia
abra una nueva puerta a la solución de las injusticias que consagra el RD
20/2012 y que CCOO ya recurrió en su momento”.RRHH Digital
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