19 de marzo de 2013

LA CNRT INFORMA SOBRE LOS MONTOS ESTABLECIDOS PARA EL BOLETO SOCIAL


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

La Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a cargo del Dr. Ariel Franetovich, informa sobre los montos establecidos para el boleto y/o tarifa  social en colectivos urbanos y suburbanos.


Será preciso señalar que el 19 de diciembre del 2012, entró en vigencia la Resolución 975/12 del Ministerio del Interior y Transporte, a cargo de Florencio Randazzo, que establece un incremento en la tarifas de los boletos de colectivos urbanos y suburbanos. Y que el artículo 5 señala que: “los usuarios del sistema de transporte público por automotor y ferroviario que posean tarjetas del SISTEMA UNICO DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) y que pertenezcan a los grupos de afinidad o atributos sociales (…) continuarán abonando los montos establecidos para las TARIFAS CON SUBE en los ANEXOS I a VII de la Resolución Nº 66 de fecha 19 de julio de 2012 de este Ministerio”.

Es así que beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, de la Asignación por Embarazo, del Programa Jefes de Hogar, personal del trabajo doméstico, jubilados y/o pensionados, y veteranos de la Guerra de Malvinas deberán pagar, sin excepciones, un valor que oscilará entre un mínimo de $1,10 y un máximo de $2,00 sujeto a la escala de kilómetros recorridos.

Para gozar de tal beneficio, los usuarios antes mencionados deberán poseer la Tarjeta SUBE debidamente personalizada y la credencial oficial correspondiente, al momento de la adquisición de su pasaje.

Asimismo, si las empresas de transporte incumplen con la normativa establecida, los usuarios pueden denunciarlas al 0800-333-0300 de la CNRT o en la página www.cnrt.gov.ar

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