ACTUALIDAD
Redacción CRÓNICA FERROVIARIA
Será preciso
señalar que el 19 de diciembre del 2012, entró en vigencia la Resolución 975/12 del
Ministerio del Interior y Transporte, a cargo de Florencio Randazzo, que
establece un incremento en la tarifas de los boletos de colectivos urbanos y
suburbanos. Y que el artículo 5 señala que: “los usuarios del sistema de
transporte público por automotor y ferroviario que posean tarjetas del SISTEMA UNICO
DE BOLETO ELECTRONICO (S.U.B.E.) y que pertenezcan a los grupos de afinidad o
atributos sociales (…) continuarán abonando los montos establecidos para las
TARIFAS CON SUBE en los ANEXOS I a VII de la Resolución N º 66 de
fecha 19 de julio de 2012 de este Ministerio”.
Es así que
beneficiarios de la
Asignación Universal por Hijo, de la Asignación por
Embarazo, del Programa Jefes de Hogar, personal del trabajo doméstico,
jubilados y/o pensionados, y veteranos de la Guerra de Malvinas deberán pagar, sin excepciones,
un valor que oscilará entre un mínimo de $1,10 y un máximo de $2,00 sujeto a la
escala de kilómetros recorridos.
Para gozar de
tal beneficio, los usuarios antes mencionados deberán poseer la Tarjeta SUBE
debidamente personalizada y la credencial oficial correspondiente, al momento
de la adquisición de su pasaje.
Asimismo, si
las empresas de transporte incumplen con la normativa establecida, los usuarios
pueden denunciarlas al 0800-333-0300 de la CNRT o en la página www.cnrt.gov.ar
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