13 de noviembre de 2012

DECLÁRASE EN ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS CORRESPONDIENTES AL SISTEMA PÚBLICO DE TRANSPORTE FERROVIARIO DE PASAJEROS DE SUPERFICIE DEL ÁREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Ley solicitando se declare en Estado de Emergencia Nacional la prestación de los servicios correspondientes al Sistema Público de Transporte Ferroviario de Pasajeros de superficie del Área Metropolitana de Buenos Aires.

Dicho trámite recayó en el Expte. 7892-D-2012 del 06 de Noviembre del corriente año, siendo los firmantes de dicho proyecto de ley los Diputados Nacionales Claudia Mónica Ucci (FRENTE PERONISTA - Buenos Aires); Ivana María Bianchi (FRENTE PERONISTA - San Luis); Alberto José Pérez (FRENTE PERONISTA - San Luis); Nora Esther Videla (FRENTE PERONISTA - San Luis); Enrique Luis Thomas (FRENTE PERONISTA - Mendoza); Carlos Alberto Carranza (FRENTE PERONISTA - Santa Fe); Francisco José Fortuna (FRENTE PERONISTA - Córdoba); Edgar Raul Müller (FRENTE PERONISTA - Córdoba); Alberto Emilio Asseff (FRENTE PERONISTA - Buenos Aires)

Fundamentos

Entiendo que ha llegado el momento de asumir el Estado la situación de emergencia en que se encuentra el sistema ferroviario de pasajeros del área metropolitana, siendo necesario fijar de un modo urgente políticas de Estado a este respecto.

Habiendo sido el sistema ferroviario argentino uno de los más extensos del mundo y que transportaba sustancialmente los productos de exportación y las personas en todo el territorio argentino nos encontramos con una realidad por completo diferente en los comienzos del siglo XXI. Especialmente en lo referido al transporte de personas y en lo que atañe al transporte interjurisdiccional en el área metropolitana Buenos Aires.

Hace décadas que el plan para los ferrocarriles se llama desidia, desinversión, desarticulación de las redes ferroviarias, deterioro de las unidades de transporte, a lo que se suma la carencia absoluta de control de las obligaciones de concesionarios y/o permisionarios, pese a los millonarios subsidios recibidos por parte del Estado Nacional.

El deterioro en la calidad de los servicios, en la segunda mitad de la década de 1980 disminuyó considerablemente el número de pasajeros y de cargas. En 1947 los ferrocarriles ingleses fueron estatizados y, después de casi 50 años de pertenecer al Estado, en 1990 el gobierno resolvió comenzar el traspaso al sector privado.



Así, el servicio ferroviario fue entregado en concesión, por sectores y paulatinamente. Se separaron los servicios urbanos- suburbanos (ciudad de Buenos Aires y sus alrededores) de los de tipo interurbano y de cargas.

El sistema no ha funcionado, pese a un importante número de decretos y resoluciones que no han cumplido con sus propósitos, sólo a título de ejemplo: Decreto 2075/2002, que declara en estado de emergencia a la prestación de los servicios correspondientes al sistema público de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo del Area Metropolitana de Buenos Aires, de fecha 16/10/2002; Decreto 798/2004, el que rescinde el Contrato de Concesión de la explotación de servicios ferroviarios de pasajeros aprobado mediante el Decreto N° 479/ 94, suscripta con la empresa Transportes Metropolitanos General San Martín S.A. - Grupo de Servicios N° 5, de fecha 23/6/2004; Decreto 1261/2004, que ordena que se reasuma por parte del Estado Nacional la prestación de los Servicios Interurbanos de Transporte Ferroviario de Pasajeros de largo recorrido, cuyo trazado sea de carácter interjurisdiccional, de fecha 27/9/2004; Decreto 861/2006, de fecha 12/7/2006, que ratifica en todos sus términos lo actuado por la Secretaría de Transporte, con motivo de lo instruido por el Decreto Nº 78/2004, a consecuencia de la rescisión del Contrato de Concesión de la explotación de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros correspondiente al Grupo de Servicios 5 - Línea General San Martín; Resolución 199/2012, del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, de fecha 28/2/2012, por la cual se dispuso la INTERVENCION ADMINISTRATIVA TECNICA - OPERATIVA TEMPORAL, al Contrato de Concesión para la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros, correspondiente a los Grupos de Servicios Nros. 1 y 2, Líneas GENERAL MITRE y SARMIENTO, según el Contrato de Concesión aprobado por el Decreto Nº 730 de fecha 23 de mayo de 1995, modificado por Addenda aprobada por Decreto Nº 104 de fecha 25 enero de 2001, por el término de QUINCE (15) DIAS y a los fines de asegurar la continuidad y regularidad del servicio público y garantizar la seguridad de los usuarios; Resolución 568/2012, de fecha 19/3/2012, por medio de la cual se decreta la prórroga de la Intervención Administrativa Técnica - Operativa Temporal del Contrato de Concesión para la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de las Líneas General Mitre y Sarmiento, por el plazo de QUINCE (15) días, a los fines de asegurar la continuidad y regularidad del servicio público y garantizar la seguridad de los usuarios; Resolución 737/2012, de fecha 12/4/2012, por la cual se prorroga nuevamente la Intervención Administrativa Técnica- Operativa Temporal del Contrato de Concesión para la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de las Líneas General Mitre y Sarmiento, por un nuevo plazo de quince días; Resolución 781/2012, de fecha 7/5/2012, mediante la cual vuelve a insistirse en la prórroga de la Intervención Administrativa Técnica - Operativa Temporal del Contrato de Concesión para la Explotación de los Servicios Ferroviarios de Pasajeros de las Líneas General Mitre y Sarmiento, por un nuevo plazo de QUINCE (15) DIAS, a los fines de asegurar la continuidad y regularidad del servicio público y garantizar la seguridad de los usuarios, etc.
Que el servicio público de transporte de pasajeros ferroviario constituye un servicio esencial para la comunidad, cuya prestación el ESTADO NACIONAL debe asegurar en forma general, continua, regular, obligatoria, uniforme y en igualdad de condiciones para todos los usuarios.

Luego de los trágicos acontecimientos acaecidos en la Estación de Once del Ferrocarril General Sarmiento no sólo cabe rescindir los contratos de concesión, sino declarar el estado de emergencia del servicio.

Han fallado los controles, la seguridad, el mantenimiento y la conservación de los trenes, imputables tanto a las empresas concesionadas como a la falta de ejercicio del poder de policía estatal en esta materia

Todos los contratos de concesión preveen la finalización de contrato de concesión por culpa del concesionario, entendiendo que ello se halla configurado por la evidente falta de mantenimiento, por la falta de inversiones y por no garantizar el mínimo deber de seguridad ín situ en todo contrato de transporte, esto es, garantizar la vida y la salud de los usuarios con motivo de la utilización del servicio de transporte. Todo ello avalado por diversos informes de organismos públicos que fueron señalando las diversas faltas y omisiones del concesionario, especialmente la Comisión Nacional para la Regulación del Transporte y la Auditoría General de la Nación.

Sin embargo, entiendo que debemos pensar - especialmente las voces autorizadas y con conocimiento del área - sobre cómo salir de esta situación terminal, donde nada a cambiado desde el día del trágico accidente de Once.

A tal fin se ha propuesta la formación de una Comisión de Expertos en la materia para que con estricto carácter profesional, efectúen las propuestas para la formulación de políticas públicas en relación al servicio ferroviario en el área metropolitana. Se ha dado preeminencia a la Universidad de Buenos Aires por cuanto es la única universidad pública argentina que tiene una carrera de especialización en ferrocarriles y entendiendo que una de las labores mas relevantes de las universidad está en la resolución de los problemas básicos que afectan a todos los ciudadanos, utilizando su saber teórico-práctico para la solución de este grave problema.

Por tales razones, Señor Presidente, es que, y con principal fundamento en el texto del art. 75 de la Ley Fundamental se solicita la aprobación del presente proyecto de Ley.-

5 comentarios:

  1. Y QUE DICE EL SECRETARIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO, DONDE ESTA ?????????????????? HABLA ??????????? PORQUE HASTA HOY LO UNICO QUE VIENE HACIENDO ES BUSCAR BENEFICIOS Y SOLUCIONES AL TRANSPORTE EN SANTA FE DE DONDE ES ORIUNDO, Y BUENO HABRA QUE GANAR LAS PROXIMAS ELECCIONES Y SEGUIR ALLI DE INTENDENTE COMO ERA HASTA QUE TOMO EL CARGO, SOLO EL CARGO PORQUE DE ACCION.....NADA. ME DARIA LA IMPRESION QUE RANDAZZO LO ECLIPSÓ UN POQUITO NADA MAS.
    Jose Luis Garcia Camara

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  2. estado de emergencia desde hace 20 años por lo menos.
    Marcelo Fabian Reynoso

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  3. Emergencia nacional.no hay tren a Santa Fe .Entre Ríos.Corrientes .Misiones pcia de Buenos Aires.ni hablar de los trenes donde sacas pasaje para viajar en el 2019..
    Cristian Franco

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  4. El gobierno en su conjunto está en emergencia hace rato (a los botes.
    Pablo Lena

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  5. Ferrocarriles Argentinos estaba mal, igual habìa servicios de pasajeros a todos lados, los de carga eran paupèrrimos y no se sabìa cuando partìan y menos cuando llegaban a destino, luego el "turko" lo hizo, y los que siguieron menos todavìa, las culpas estàn muy repartidas, el actual gobierno muchas promesas hizo, y el estado de emergencia de los ferrocarriles continùa, cambian las caras, mueven expertos y todo es igual, las empresas de carga embolsan para ellos y nada hacen en sus vìas, solo parches, los talleres en manos de amigotes y nunca nadie investigado y menos a la carcel, cuando el pueblo Argentino dirà basta.
    Chechu

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