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8 de noviembre de 2012

EMPRESA "FERROCARRILES ARGENTINOS S.E.". CREACIÓN


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Ley solicitando la creación de la empresa "Ferrocarriles Argentinos Sociedad del Estado".

Dicho trámite recayó en el Expte. Nro. 7777-D-2012 de fecha 01 de Noviembre de 2012, siendo los firmantes de dicho Proyecto de Ley los siguientes Diputados Nacionales Victoria Analía Donda (Libres del Sur - Buenos Aires), Fabián Francisco Peralta (GEN - Santa Fe); María Virgina Linares (GEN - Buenos Aires); María Luis Storani (UCR - Buenos Aires); Omar Arnoldo Duclos (GEN - Buenos Aires); Élida Elena Rasino (Partido Sociales - Santa Fe) y María Gracierla Ocaña (Unidad para el Desarrollo Social y La Equidad - Buenos Aires).



Fundamentos

Los orígenes del proceso de privatizaciones de los servicios públicos comienzan con la Ley 23.696 de "Reforma del Estado", enmarcada en las reformas de corte neoliberal a partir de las cuales se instalaría el Estado mínimo y la privatización de las empresas con participación o propiedad estatal.

A comienzo de 1950, la red llegó a tener 52.000 kilómetros de rieles y fue, en su momento, una de las más extensas del continente. Sin embargo, a partir de la segunda mitad del siglo pasado, los ferrocarriles entraron en una lenta y sostenida declinación, alcanzando su máxima profundización en la década de los 90´.

Con la privatización y entrega del patrimonio de los argentinos, el Estado Nacional abandonó la planificación estratégica, negando el papel fundamental de los ferrocarriles en la integración del territorio, su poblamiento, fomento social y desarrollo nacional. Miles de trabajadores fueron despedidos y desapareciendo talleres, ferrocarriles y pueblos enteros. Años de esfuerzo y trabajo argentino se evaporaron en manos privadas.

Los argumentos irrisorios para fundamentar la desinversión y la privatización en el sistema ferroviario se dieron de bruces con la realidad; y desde su concesión a privados los trenes siguieron perdiendo dinero debiendo el Estado intervenir muchísimo dinero para garantizar el funcionamiento de los mismos, igual o más que antes, a cambio de un servicio pésimo, a contramando de las tendencias mas modernas del mundo que en vez de volcarse a los automóviles, colectivos y camiones, como sucedió acá - por ser estos más caros hasta cuatro veces más que el ferroviario - hace del ferrocarril que siga avanzando, modernizándolo para que sea mas rápidos, seguro y barato. Desde entonces los FFCC se redujeron casi un 80%, y las economías regionales se vieron gravemente afectadas y empezaron a florecer pueblos fantasmas por todo el mapa nacional ya que sus habitantes no tuvieron más alternativa que huir de ellos para conseguirse condiciones de vida más dignas.

En este contexto, la totalidad de las líneas de servicios ferroviarios en el AMBA, por ejemplo, fueron sometidas a procesos de concesión, subdividiendo los "paquetes de líneas" a licitar; adjudicándose a operadores privados la totalidad de líneas. Y a partir de 2004, en un contexto de fuertes incumplimientos por parte de la empresa de Transportes Metropolitanos General San Martín SA, se da lugar a la primera rescisión del contrato de concesión. La solución provisora adoptada por el Gobierno Nacional fue el armado de UGOFE SA, en cabeza de quien recaería la prestación del servicio de la Línea San Martín. Posteriormente, también producto de incumplimientos del operador, pasaría a manos de UGOFE SA las líneas Belgrano Sur y General Roca.

En una investigación desarrollada por el Legislador de la Ciudad, Rafael Gentilli
(http://www.rafagentili.com.ar/content/uploads/Informe%20Los%20Negocios%20de%20U GOFE%20062012.pdf ) se concluye al respecto:

1. La UGOFE S.A. es una mandataria del Estado Nacional. No es ni una empresa del Estado ni tampoco una concesionaria. O sea, todo lo que hace lo hace en nombre del Estado, como si fuera un abogado que actúa en representación de su cliente.

2. La UGOFE S.A. administra fondos públicos con la misma libertad y discrecionalidad que cualquier empresa privada que se maneje en un mercado desregulado. No están garantizados los principios de publicidad, concurrencia, competencia y transparencia.

3. Su riesgo empresario es nulo (la cláusula de indemnidad es prueba de ello y la convalidación de la declaración de sus costos también); menor incluso que el que tenía TBA explotando el Sarmiento y el Mitre.

4. Quien está todos los días operando el servicio es la UGOFE S.A., no el Estado. Esto, sumado a la inexistencia de un régimen de obligaciones y penalidades, hace que el Estado no tenga muchas herramientas disponibles para definir cuáles son las urgencias y necesidades del servicio. Más bien se encuentra supeditado a lo que la empresa le diga. Esto es clave porque permite aumentar con total discreción, los costos de operación del servicio, lo que redundará en un aumento de la comisión que cobra la UGOFE S.A.

5. A lo anterior hay que sumarle que, tal como sucede en Metrovías, los principales proveedores de la UGOFE S.A. son sus accionistas o empresas vinculadas a sus accionistas, con lo cual ganan por los dos lados. (Sobre esto nos referiremos a continuación). Al ser una empresa privada no se encuentra regida por la Ley de Compras y Contrataciones.

6. El único régimen de control es el de la rendición de cuentas que la UGOFE S.A. debe hacer ante la Secretaría de Transporte, el cual, al decir de la Auditoría General de la Nación, se realiza con demoras "tanto en su elevación (35 días hábiles promedio), como en su aprobación" (Actuación AGN 133/08)

7. Este sistema se estableció como una excepción para hacer frente a una emergencia. Sin embargo, en el caso de la Línea San Martín ya lleva 7 años; y 5 años, en los casos de las líneas Belgrano Sur y General Roca. En todo este tiempo, el Estado Nacional no ha llamado a licitación pública ni a transferido a una empresa pública la prestación del servicio.

La decisión del Gobierno Nacional de otorgar por tiempo indeterminado a UGO SA la prestación de los servicios ferroviarios de las Líneas Sarmiento y Mitre (Ex TBA) no hace más que profundizar una matriz de transporte fuertemente signada por la desregulación estatal, replicando el modelo experimentado con UGOFE. La estructura jurídica que dio nacimiento a la UGOFE ha posibilitando la discrecionalidad en la toma de decisiones de sus accionistas (Metrovías, Ferrovías y TBA) sobre servicios públicos con un fuerte sentido estratégico. La imposibilidad de ejercer una regulación activa y eficaz sobre las operaciones llevadas adelante por UGOFE SA, y en el futuro sobre UGO SA, se explican debido a que dichas organizaciones son empresas privadas que deciden en función de la maximización del beneficio de sus accionistas.

El accidente en la Línea Sarmiento ocurrido el 22 de Febrero de 2012 evidenció el total fracaso de un esquema de gestión por demás ineficiente y oneroso. El 24 de Mayo de 2012 mediante Decreto N° 793 el Estado Nacional decide rescindir el contrato de Trenes de Buenos Aires (TBA), empresa operadora de las Líneas Sarmiento y Mitre. Dada la imposibilidad de suspender los servicios prestados por dichas líneas, el Estado convoco a los dos operadores privados, Metrovías y Ferrovías, a conformar una sociedad anónima para gestionar las líneas anteriormente operadas por TBA. En consecuencia, se creó la Unidad de Gestión Operativa SA (UGOSA). Tal como sucedió en 2004, la solución se planteó como una vía transitoria al problema de fondo.

En consecuencia, bajo este régimen regulatorio se desdibujan los principios de eficiencia y beneficio social que deben regir las prestaciones de servicios públicos que tienen efectos directos sobre el bienestar de la población. Los intereses de los grupos empresarios son contrapuestos a los del Estado y la sociedad en su conjunto, lo cual se ve evidenciado en las nocivas prácticas llevadas adelante por las empresas accionistas de UGOFE.

Con este proyecto proponemos resolver la cuestión de fondo, haciéndose cargo el Estado definitivamente de la gestión de este servicio en adelante a través de la creación de la Empresa FERROCARRILES ARGENTINOS S.E., que tendrá por objeto la explotación y gestión directa del servicio público de los ferrocarriles del Estado Nacional; bajo "los principios rectores del sistema ferroviario" con el objetivo de garantizar que se considere al mismo un Servicio Público estatal; cuya titularidad resida en el Estado Nacional, como Herramienta estratégica e indivisible, para fortalecer también el Federalismo y la integración regional con los demás países la Unasur, el MERCOSUR y los países vecinos.

Entendiendo a su vez, que la autoridad de aplicación de la presente Ley deberá ser el Estado a través de la Secretaría de Transporte de la Nación; y esta empresa deberá ir absorbiendo gradualmente todos los servicios gerenciados por otros que no sean el Estado Nacional, rigiéndose por la ley 20.705, y supletoriamente por las disposiciones de la ley 19.550; con autarquía y personería jurídica propia.

El presente proyecto plantea cómo deberá integrarse el patrimonio de la futura empresa del Estado, en su artículo 11; la integración de sus recursos humanos, en su artículo 14; y se detallan una serie de atribuciones, obligaciones y funciones para el desenvolvimiento de la empresa.

Por otra parte, se plantea como órgano administrativo de la empresa un Directorio de cinco miembros, provenientes del Poder Ejecutivo Nacional; de los Ferrocarriles Provinciales; de los trabajadores; de los pasajeros; y de los usuarios de carga; cada sector con un sistema de selección y remoción de cada representante en particular, con un mandato de 2 años cada uno, pudiendo ser reelectos limitadamente.

Paralelamente, este ley crea un ENTE REGULADOR DE la empresa FERROCARRILES ARGENTINOS S.E., como entidad autárquica en el ámbito del Poder Ejecutivo Nacional, específica para los ferrocarriles - sustrayéndose en delante de la actual CNRT - con capacidad de derecho público y privado, y plena autonomía funcional; dirigido por un directorio constituido por siete (7) miembros, que durarán cuatro (4) años en sus funciones, integrado por un representante del Poder Ejecutivo Nacional, un representante de la Auditoria General de la Nación y un representante del Defensor del Pueblo de la Nación; y también de los Ferrocarriles Provinciales; de los trabajadores; de los pasajeros; y de los usuarios de carga; cada sector con un sistema de selección y remoción de cada representante en particular.

También este proyecto de ley asigna a la Secretaria de Transportes de la Nación una serie de acciones tendientes a la investigación del saqueo del sistema ferroviario nacional, como que iniciará una investigación para recuperar toda documentación que respaldaba los inventarios al año 1991 y la correspondiente al período que va desde el año 1991 hasta el presente; por otra parte, ésta deberá disolverán todos los organismos creados que han tenido injerencia en la administración de los bienes ferroviarios y se investigará el destino dado de los bienes que fueron otorgados en custodia y los enajenados que no han sido rendidos, y ella misma deberá realizar con carácter de urgente un inventario físico detallado, a nivel nacional de todos los bienes muebles, inmuebles, inmateriales o de cualquier especie, pertenecientes al sistema ferroviario nacional; entre otras prerrogativas.

Si bien en el 2010 acompañamos el proyecto 4290-D-2010 del diputado Solanas, ( que recoge los elementos principales del proyecto 1584-D-2008 del ex diputado Macaluse), en esta oportunidad no habiendo en la Cámara proyecto con estado parlamentario alguno con este objeto aceramos esta propuesta que retoma varios de los puntos anteriormente planteados en aquel proyecto.

Entendemos que de esta forma el reestablecimiento de los trenes del Estado redundará en la recuperación de las economías regionales, la reconstrucción de los servicios y de la infraestructura ferroviaria, multiplicándose así miles de puestos de trabajo, provocando una reconstitución de lazos sociales y afectivos entre poblaciones hoy aisladas.

Como ya se ha dicho, una locomotora carga lo que le caben a 50 camiones y en ese sentido el ferrocarril sigue siendo el medio de transporte más seguro, menos contaminante, y más efectivo.

Por otra parte, queremos desterrar el paradigma de "costos" cuando hablamos de este servicio, porque si bien es posible que del mismo surjan ganancias si es bien administrado, ante todo cubre necesidades básicas, de ahí que sea un servicio público, y en este sentido, sea como sea, en todo el mundo, los ferrocarriles son subsidiados al ser éste como el hospital o la escuela pública. Sería un error juzgarlas por sus balances contables, ya que no forman parte de ellos los demás beneficios económicos indirectos que los trenes le brindan a la sociedad.

El Proyecto de Ley que aquí presentamos expresa su interés no solo en la creación de la empresa FERROCARRILES ARGENTINOS Sociedad del Estado, sino que también busca promover a la par la industria metalúrgica argentina, con la pertinente formación de profesionales idóneos para las tareas requeridas, que devuelvan a este medio de transporte la gloria y el reconocimiento internacional que tuvieron durante sus inicios y primera etapa de funcionamiento, devolviendo a nuestro país un marcado perfil industrial.

Además para los pueblos y ciudades próximas a los grandes centros urbanos, el tren provee de una solución vital para el movimiento de sus estudiantes, trabajadores, comerciantes, etc.; que hoy en día viajan en pésimas condiciones, muchas veces en micros sucios, sumamente incómodos. Frecuentemente se hacen presentes graves riesgos para sus vidas, sobre todo en rutas saturadas; las permanentes demandas de la población respecto de una mejora en los servicios de transporte son de público conocimiento, ya que han sido relevadas sistemáticamente por los medios masivos de comunicación.

5 de septiembre de 2012

PROYECTO DE LEY: "UNIDAD DE GESTIÓN DE EMERGENCIA DEL TRANSPORTE SUBTERRÁNEO DE PASAJEROS - UGE-SUBTE -". CREACIÓN


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Ley solicitando la creación de la Unidad de Gestión de Emergencia del Transporte de Subterráneos de Pasajeros (UGE.SUBTE).

Dicho trámite recayó en el Expte. 5965-D-2012 del 27 de Agosto del corriente año, siendo la firmante de dicho proyecto de ley los siguiente Diputados Nacionales: Liliana Beatríz Parada (Unidad Popular - CABA); Claudio Lozano (Unidad Popular CABA); Gerardo Fabián Milman (GEN - Buenos Aires); Nora Graciela Iturraspe (Unidad Popular - Buenos Aires); Antonio Sabino Riestra (Unidad Popular - Buenos Aires); María Virginia Linares (GEN - Buenos Aires); Ricardo Oscar Cuccovillo (Partido Socialista - Buenos Aires).



Fundamentos

En 1963 el Estado nacional crea la entidad pública Subterráneos de Buenos Aires (SBA) encargada de obras y funcionamiento. Posteriormente en 1977 se transforma en Subterráneos de Buenos Aires Sociedad del Estado (SBASE) y luego por Ley Nacional Nº: 22070/1979 la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires se hace cargo del funcionamiento. En 1989 y en consonancia con la Ley Nacional 23.696 de reforma del Estado, el Intendente de la ciudad de Buenos Aires incluye a los subterráneos en el proceso de privatización. El artículo 13 del decreto 2074/90 permite la concesión que es otorgada a Metrovías S.A. a partir del 1° de enero de 1994.

El Decreto PEN Nº 393/99 empieza un proceso de transferencia que hasta el día de hoy no se encuentra finalizado y a su vez extiende concesión de Metrovías S.A. hasta el 31 de diciembre de 2017. A su vez, la Ley Nº 373 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhiere al decreto 393/99, probando la capacidad de ambas jurisdicciones de coordinar un traspaso.

Por lo tanto, consideramos que, dada la situación de extrema gravedad en relación al cumplimiento del contrato por parte de Metrovías S.A. y que repercute directamente sobre la situación no sólo de los habitantes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, pero así también de los miles de habitantes del Gran Buenos Aires que utilizan el servicio de subterráneos y premetro cotidianamente; es fundamental la participación del Estado Nacional, el Congreso Nacional, el Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para regular la operación del subterráneo y el premetro.

La situación límite que atraviesa el Área Metropolitana de Buenos Aires en tanto garantizar una movilidad adecuada para sus habitantes requiere la participación directa de las jurisdicciones afectadas directamente al subterráneo, ya sea por ser quién originalmente celebró el contrato de concesión y aporta la mayor parte de los subsidios que permite su normal funcionamiento, pero también por ser quién le corresponde territorialmente controlar dicho servicio público.

La creación de una Unidad de Gestión de Emergencia del transporte subterráneo de pasajeros (UGE-SUBTE) invita a la participación de ambos poderes ejecutivos pero también respeta las competencias propias de cada jurisdicción en tanto son sus Legislaturas quienes la aceptan simultáneamente.
Consideramos a la UGE-SUBTE como un primer, pero fundamental, paso para la concreción de una Autoridad Metropolitana de Transporte del AMBA.La realidad del tránsito en la Ciudad, no es posible analizarlo como el resultado de una simple congestión vehicular o del tan mentado incremento del parque automotor.

Necesariamente se debe considerar a la Ciudad en su conjunto y como tal al hablar de conjunto debemos considerar su inserción en el marco de una Región, que por usos, costumbres y especialmente funcionalidad, ha generado que los límites de la Ciudad hayan pasado a ser solamente formales. La demanda del servicio público de transporte de pasajeros, requiere de planificación y control para lograr un seguro, ordenado y adecuado servicio que cubra las expectativas de las personas a ser transportadas, es decir, la real demanda, brindando satisfacción al usuario. Es en este punto donde comienzan los problemas para los cuales debe encontrarse una solución, para dar respuesta a un derecho básico: la Movilidad.

15 de agosto de 2012

PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SITUACION DE LA OBRA DEL TREN URBANO DE LA PROVINCIA DE SALTA


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados una Resolución solicitando un pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) sobre diversas cuestiones relacionadas con la situación de la obra del Tren Urbano de la Ciudad de Salta

Dicho trámite recayó en el Expte. 5366-D-2012 del 08 de Agosto del corriente año, siendo los firmantes de dicho pedido de informes los Diputados Nacionales Victoria Analía Donda Pérez (LIBRES DEL SUR BUENOS AIRES); Fabián Francisco Peralta (GEN SANTA FE); María Virginia Linares (GEN BUENOS AIRES); Nora Graciela Iturraspe (UNIDAD POPULAR BUENOS AIRES).



Fundamentos

En el marco de una incipiente situación general que hemos observado en la Provincia y Municipio de Salta, donde innumerable cantidad de obras de distinta índole se encuentran paralizadas y demoradas, es que veo la necesidad de solicitar al Estado Nacional justifique el envío y destino de los fondos que corresponde enviar a tal Provincia en concepto de Coparticipación Federal, teniendo en cuenta además las propias declaraciones efectuadas por funcionarios de la Provincia en el sentido de excusar la situación de las obras paralizadas por falta de fondos enviados por la Nación. (1)

Una de las obras precisamente es la que corresponde al llamado Tren Urbano de la Provincia de Salta, cuya obra fue anunciada por la Señora Presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el 18 de junio del año 2009, y que implicaba un avance significativo en el transporte y la comunicación en la Provincia, y que aún hoy, a tres años de su anuncio, no registra novedad alguna.

Es de vital importancia brindar este servicio pues trasladaría a una innumerable cantidad de pasajeros que hoy deben optar por otros medios mucho más costosos, no existiendo transportes públicos accesibles alternativos que puedan cubrir la necesidad de transporte para la que fue proyectada esta obra. (2)

Siendo obligación del Estado Nacional la puesta en funcionamiento del mismo, ni éste ni el Estado Provincial asumen la responsabilidad que les toca. (3)

PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA RENEGOCIACIÓN CONTRACTUAL CON EL EX - CONCESIONARIO DE TRENES DE BUENOS AIRES S.A


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados una Resolución solicitando un pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional (PEN) sobre diversas cuestiones relacionadas con la renegociación contractual con el ex concesionario Trenes de Buenos Aires S.A.

Dicho trámite recayó en el Expte. 5315-D-2012 del 07 de Agosto del corriente año, siendo la firmante de dicho pedido de informes la Diputada Nacional María Virginia Linares (Partido GEN BUENOS AIRES)

Fundamentos

El dictado del Decreto Nº 793 de fecha 24 de mayo de 2012, mediante el cual el Poder Ejecutivo resolvió la rescisión por culpa del concesionario, de la concesión del servicio de transporte ferroviario de pasajeros que realizaba la empresa TRENES DE BUENOS AIRES S.A. en las líneas ferroviarias del área metropolitana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del ferrocarril Mitre y del ferrocarril Sarmiento, privó a esta Honorable Cámara de tomar conocimiento integral del Expediente Administrativo tramitado en la UNIREN con motivo de la renegociación contractual prevista en la Ley Nº 25.561, sus modificatorias y complementarias.



Tal circunstancia se produjo, es obvio señalarlo, pues no se arribó en dicha tramitación a ningún entendimiento o acuerdo entre el ESTADO NACIONAL-CONCEDENTE (representado por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, a través de la UNIREN) y el CONCESIONARIO, lo que hubiera motivado en su caso la elevación de todas las actuaciones administrativas para la consideración de las instancias competentes del Poder Legislativo, tal como se encuentra previsto en la normativa que regula el procedimiento de renegociación contractual, producto de la emergencia administrativa, social, etc. declarada a partir del año 2002 y extendida hasta el 31 de diciembre de 2013 (Ley Nº 26.729).

Es decir que, con anterioridad a la elevación al Poder Legislativo de los resultados de un acuerdo de renegociación contractual entre Concedente y Concesionario -tal como lo prevé la normativa vigente- , el Poder Ejecutivo rescindió por culpa del concesionario el contrato de concesión, teniendo en cuenta los graves incumplimientos en que incurriera TBA S.A., según consta en los antecedentes que figuran en el Anexo al Decreto mencionado y en los diversos informes emitidos por la Auditoría General de la Nación, por todos conocidos atento su pública difusión.

Debemos reconocer sin embargo lo dificultoso que han sido -y deben ser aún- estos procedimientos de renegociación contractual en el área de transporte, especialmente en el tema ferroviario de pasajeros, teniendo en cuenta las conductas desplegadas por los grupos empresariales que explotaban los servicios (llámese grupo Taselli o grupo Cirigliano), ya que, a partir del año 2004 se fueron rescindiendo por culpa de la parte concesionaria los contratos en cinco líneas ferroviarias en el área metropolitana de Buenos Aires.

Así, asistimos primero a la rescisión en el SAN MARTIN, luego en el ROCA y en el BELGRANO SUR, desarrollándose la explotación de los servicios por la gestión de las restantes firmas concesionarias que aún continuaban con el proceso de renegociación y que constituyen UGOFE S.A., "por cuenta y orden del Estado Nacional", contratación de especiales aristas legales, tal como también lo ha señalado la Auditoría General de la Nación en varios de sus informes.

Ahora se produce la rescisión del SARMIENTO y del MITRE y la aparición de una nueva UGOFE S.A., de similares características, cuyo trámite de reconocimiento formal se encuentra aún en la Inspección General de Justicia (IGJ).

Por otra parte, si tenemos en cuenta: 1) el plazo excepcional del trámite renegociador -2002 al 2012-; 2) el desconocimiento sobre la realización de audiencias públicas; y 3) la falta de proyectos de cartas de entendimiento o acuerdos de renegociación que hayan tomado estado público; nos vamos preavisando de los inconvenientes que se deben haber producido en la maquinaria administrativa responsable de la renegociación de dichos contratos administrativos, cuyas cláusulas, ya semi- oxidadas por la normativa de emergencia general y ferroviaria, sólo resultaron plenamente activas en algunos supuestos, como en el caso de los subsidios, pero directamente inertes en otros, por ejemplo, para impedir tragedias, sobre las cuales no hace falta aquí, y después de tanto que se ha dicho al respecto, explayarse más aún.

Lo señalado anteriormente nos lleva a la necesidad de presentar el presente pedido de informes al Poder Ejecutivo, por lo que solicitamos a los Sres. Diputados y Sras. Diputadas nos acompañen con su firma para su correspondiente tratamiento en el pleno de la Cámara.-

EXPRESAR REPUDIO Y PREOCUPACIÓN ANTE LAS SANCIONES APLICADAS POR PARTE DE LA "UNIDAD DE GESTION OPERATIVA FERROVIARIA DE EMERGENCIA - UGOFE - LINEA GENERAL ROCA -", A LOS TRABAJADORES FERROVIARIOS FLAVIO BUSTILLO Y JORGE HOSPITAL, QUIENES DENUNCIAN LAS PÉSIMAS CONDICIONES DEL SERVICIO Y RECLAMAN POR LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS Y TRABAJADORES DEL SECTOR


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados una Resolución para expresar repudio y preocupación ante las sanciones aplicadas por parte de la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia (UGOFE) Línea Roca a los trabajadores ferroviarios, señores Falvio Bustillo y Jorge Hospital, quienes denuncian las pésimas condiciones del servicio y reclaman por los derechos de los usuarios y trabajaodres del sector.

Dicho trámite recayó en el Expte. 5288-D-2012 del 07 de Agosto del corriente año, siendo los firmantes de dicho pedido de informes los Diputados Nacionales Fabián Francisco Peralta (GEN Santa Fe); Gerardo Fabián Milman (GEN Buenos Aires); Ramona Pucheta (Socialista del MIJD); Ricardo Oscar Cuccovillo (Partido Socialista Buenos Aires); Nora Graciela Iturraspe (Unidad Popular Buenos Aires) y María Virgina Linares (GEN Buenos Aires).



Fundamentos

El objeto de este proyecto es manifestar nuestro más profundo repudio y preocupación ante las sanciones aplicadas por parte de la empresa que gestiona el Ferrocarril General Roca (UGOFE - Línea General Roca) a dos trabajadores. Se trata de Flavio Bustillo a quien se aplicó una suspensión de 10 días y de Jorge Hospital, quien fue suspendido por 29 días. En ambos casos con preaviso de despido y argumentos infundados y persecutorios.

Al trabajador Jorge Hospital se le pretende achacar desmanes realizados por presuntos usuarios enardecidos a causa de cancelaciones del servicio y, en el caso de Bustillo, por un pretendido descuido de sus funciones al denunciar la precariedad del servicio ante los medios de comunicación.

Si bien los dos trabajadores rechazaron las sanciones e iniciaron causas judiciales en contra de dichas medidas, creemos que corresponde señalar que este tipo de acciones por parte de la empresa se inscriben en un contexto donde la situación del sistema ferroviario argentino cruje por donde se lo mire, y son siempre los usuarios y los trabajadores quienes sufren las consecuencias (no abundaremos aquí en detalles, pero la reciente Masacre de Once es una trágica prueba de lo que aquí afirmamos). De allí que sean ellos también los principales interesados en denunciar las gravísimas condiciones en que se presta el servicio por parte de las empresas. Son justamente estas denuncias y reclamos los que se pretenden acallar sancionando a los trabajadores que se ponen al frente de ellas.

Vale la pena recordar que la UGOFE es la denominación que recibe la Unidad de Gestión Operativa Ferroviaria de Emergencia, creada por el Decreto 798/2004 del Poder Ejecutivo Nacional, y la Resolución 408/2004 de la Secretaría de Transporte con el objetivo de operar a cuenta y orden del Estado, los servicios ferroviarios urbanos de la Línea San Martín, general Roca y Belgrano Sur (Decretos 591/2007 y 592/2007). La empresa se encuentra conformada por Ferrovías, Metrovías y Trenes de Buenos Aires, responsables de la pésima calidad del servicio ferroviario, de la absoluta desinversión que sufre el ferrocarril y, lo más grave de todo, de los accidentes que se han cobrado numerosas víctimas fatales del pueblo trabajador en los últimos años.

Nos interesa señalar también que en el mismo momento en que la Justicia libera al último de los responsables de la masacre de Once, son sancionados estos trabajadores por la empresa con el objetivo de acallar sus denuncias. No nos parece un dato menor, porque habla de la impunidad de que pretenden seguir gozando estos empresarios con el aval del Gobierno y de la Justicia.

Bustillo, quien trabaja como guardatrén desde hace 17 años en el Roca y es miembro de la Agrupación La Bordó del FFCC Roca, señaló ante diversos medios periodísticos que la UGOFE "pretende amedrentar a aquellos que denunciamos las estafas en el ferrocarril, a quienes hace años venimos denunciando que la desinversión se paga con vidas obreras, como sucedió en estación Flores y más recientemente en estación Once". Asimismo, destacó que "con las sanciones contra Hospital y contra mi persona se pretende silenciar a quienes desde hace muchos años venimos denunciando que la falta de inversión estructural en los trenes puede terminar en un Cromañón ferroviario y a los concesionarios esto les molesta".

Entendemos que debemos repudiar estas prácticas y expresar nuestra solidaridad con estos trabajadores, que no sólo han denunciado esta injusticia ante los medios sino que han iniciado una campaña por el levantamiento de todas las suspensiones, la restitución de los salarios caídos y el fin de la persecución laboral, gremial, política o ideológica en el ferrocarril.

Destacábamos párrafos más arriba la coincidencia de estas sanciones con la liberación de todos los detenidos por la Masacre de Once. Debemos señalar también la coincidencia con el pronto inicio del proceso que juzgará a los responsables por el crimen de Mariano Ferreyra, asesinado por una patota de la Unión Ferroviaria de José Pedraza justamente por denunciar y apoyar los reclamos contra la tercerización, la estafa y la desinversión en el ferrocarril.

26 de julio de 2012

PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA SUSPENSION DEL SERVICIO EXPRESAR PREOCUPACION POR LA RESCISION IRREGULAR DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, DEL CONTRATO CON LA EMPRESA "TRENES ESPECIALES ARGENTINOS S.A.", QUE EXPLOTA EL SERVICIO FERROVIARIO "EL GRAN CAPITAN"


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados una Resolución expresando preocupación por la rescisión irregular de la Provincia de Corrientes, del contrato con la empresa "Trenes Especiales Argentinos" (T.E.A.), que explota el servicio ferroviarios del tren de pasajeros "El Gran Capitán".

Dicho trámite recayó en el Expte. 4867-D-2012 del 13 de Julio del corriente año, siendo los firmantes de dicho pedido de informes los Diputados Nacionales Victoria Analía Donda Pérez (Libres del Sur Buenos Aires), Gerardo Fabián Milman (GEN Buenos Aires), Omar Arnaldo Duclos (GEN Buenos Aires), Fabián Francisco Peralta (GEN Santa Fe) y Gumersindo Federico Alonso (Frente Cívico - Córdoba).



Fundamentos

Trenes Especiales Argentinos S.A. (TEA) se constituyó con capitales íntegramente nacionales, en la ciudad de Buenos Aires en Septiembre de 2000, con el objetivo social de realizar actividades vinculadas al transporte ferroviario de pasajeros.

La empresa comenzó sus actividades colocando nuevamente en condiciones operativas al denominado Tren Histórico a Vapor que unió desde 2001 la ciudad de San Carlos de Bariloche con la Estación Perito Moreno, en la provincia de Río Negro, con un servicio turístico que se prestó hasta 2009.
Luego del éxito obtenido con el Tren histórico y habiendo tomado conocimiento de la existencia de material ferroviario abandonado perteneciente a la Provincia de Corrientes, se eleva, el 15 de enero de 2002, al Gobierno de dicha provincia una propuesta consistente, en el restablecimiento del servicio ferroviario de pasajeros entre la ciudad de Buenos Aires y Posadas (Misiones), denominado en tiempos de Ferrocarriles Argentinos como "El Gran Capitán". Dicha propuesta es aceptada por el Gobier- no Provincial mediante el decreto Nro. 1066/2003 designándose a Trenes Especiales Argentinos como subconcesionaria del servicio que a su vez la Nación había transferido a la mencionada provincia. Esta situación resulta consolidada por los artículos 7° del convenio suscrito del 29 de marzo de 1995 entre el Es- tado Nacional y la Provincia de Corrientes y ratificado por Ley Provincial Nro. 4963 y Decreto del PEN Nro. 194/2003.

Todas las inversiones hechas para la puesta en marcha de este importante servicio social del Litoral Argentino fueron realizadas con capital privado nacional, en plena crisis económica y a entero riesgo del inversor, sin ningún subsidio, ni directo ni indirecto, por parte de los Estados Nacional ni Provincial. Es así, que desde 2003, la empresa Trenes Especiales Argentinos, acondicionó y reconstruyó un total de 2 locomotoras, mas de 20 coches de pasajeros, 2 bandejas automovileras, un coche comedor en sus talleres propios, sin que esto le cueste ninguna erogación al erario público. Esto fue posible dado el compromiso de la empresa para con el servicio prestado y gracias a la mano de obra de técnicos y ex ferroviarios nuevamente contratados. Asimismo, desde 2006 se reacondicionaron los talleres ferroviarios de Paraná donde se pudieron recuperar 2 duplas de coche motor Fiat y varios vehículos ferroviarios, también a pleno costo privado con el objeto de reforzar el servicio.

Desde Noviembre de 2003, Trenes Especiales Argentinos brindó, mediante dos frecuencias semanales, servicios de forma ininterrumpida entre Federico Lacroze y Posadas, sobre vías concesiona- das a la empresa multinacional América Latina Logística, prestadora del servicio de transporte ferroviario de cargas de la línea Urquiza. Debido a la falta de mantenimiento e inversión de dicha empresa sobre la infraestructura ferroviaria, las que a pesar de las innumerables multas impuestas por la CNRT jamás fueron efectivizadas por parte de la Secretaria de Transporte de La Nación, los tiempos de viaje del tren de pasajeros pasaron de 18 horas (época de Ferrocarriles Argentinos) a casi mas de 30 horas para unir ambas cabeceras. Sin em- bargo, esto no desalentó la demanda, que a lo largo de los años fue creciendo debido a que TEA siempre ofreció un boleto social con un costo muy económi- co, convirtiéndose en la única forma posible de viajar para muchas personas y dando vida también a los más de 50 pueblos donde el tren paraba.

Durante los meses de verano, El Gran Capitán operó acorde a la demanda de pasajes, cumpliendo servicio con una formación completa, de 18 coches, en la que se trasladaban hasta 1100 pasajeros por viaje (20 micros de larga distancia). Es notable comparar esta situación con la de otros operadores Ferroviarios de larga distancia, como Ferrocentral (servicios a Córdoba y Tucumán), que contando con subsidios multimillonarios (más de 203 millones de pesos en el último año) y con material rodante similar al nuestro y reparado por el Estado Nacional, en plena época estival no ofrecen trenes con mayor capacidad, logrando que muchas familias deban acampar por días para conseguir boletos.

En 2006, mientras TEA prestaba normalmente el servicio del Gran Capitán, la Secretaría de Transporte, comandada por el cuestionado Ricardo Jaime realizó un llamado a licitación pública para otorgar la concesión a otra empresa. TEA apeló esta medida presentando un recurso de amparo en la Cámara Federal de Corrientes, que fue aceptado. Desobedeciendo este fallo, el Secretario de Transporte continuó con el llamado a licitación, valiéndole esto una demanda penal por la que fue procesado en 2009.

Por su parte, La Secretaría de Transporte de la Nación, a principios de Febrero de 2008, mediante un comunicado, señaló que "este servicio prestado por Trenes Especiales Argentinos, concesionario de la provincia de Corrientes, contó con un permiso de carácter provisorio y precario, otorgado a la citada provincia, hasta tanto se efectuara el correspondiente llamado a licitación". Y a continuación dicha Secretaría llamó a licitación pública nacional e internacional por Resolución Nº 151 de fecha 21 de marzo de 2005, proceso en el que TEA S.A. no participó.

Destaca el comunicado de dicha Secretaría que "las acciones judiciales promovidas por TEA S.A, han obstruido lo que constituye la política primaria de recuperación y rehabilitación de la Red Ferroviaria Nacional, aprobada por el Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 1261/2004".

De esta manera la Secretaría de Transporte mantuvo siempre un tono amenazante a los operadores T.E.A. al manifestar entonces que se deslindaba de " responsabilidades del Gobierno Nacional en las irregularidades del servicio denominado "Gran Capitán" y hace responsables a la Provincia de Corrientes, a la empresa Trenes Especiales Argentinos S.A. como así también al Juzgado Federal de Primera Instancia de la Provincia de Corrientes".
Finalmente, el Estado desistió de este llamado a licitación pero continuó atacando al Gran Capitán y sus pasajeros.

Entre 2008 y 2010 el corredor perdió su acceso a Posadas, llegando únicamente hasta Garupá, debido a la crecida de la cota de la represa de Yacyretá, cuyas aguas inundaron las vías sin planificación alguna, ya que a pesar que Yacyretá conocía desde hace mas de una década que ello sucedería, nunca hasta el día de hoy planifico la ubicación de la nueva Estación de Posadas. Posteriormente, y por el mismo motivo, el tren finalizó su recorrido en la estación Apóstoles, ofreciendo a los pasajeros a completar el viaje hasta Posadas en bus, incluido en el pasaje.

En septiembre de 2011, el Estado otorgó de manera directa, sin licitación, la operación del denominado Tren de los Pueblos Libres a una empresa fuertemente subsidiada y cuestionada, Trenes de Buenos Aires (TBA). La puesta en marcha de este servicio se anunció con bombos y platillos pero resultó otro fracaso más en el pésimo desarrollo de polí- ticas ferroviarias del Gobierno. El objetivo de este servicio, sin dudas, no fue unir dos países mediante el tren, sino colocar a TBA sobre las vías del Ferrocarril Urquiza con otro servicio ya en mente: El tren a Posadas y el negocio por sus subsidios.

El 13 de Noviembre de 2011, el Gran Capitán realizó su último viaje completo. El tren arribó a la ciudad de Apóstoles normalmente y a horario. Mientras los empleados esperaban comenzar su viaje de regreso desde Misiones a Federico Lacroze, tres personas; dos de ellas autoridades del gremio La Fraternidad (Domingo y Sebastián Ava), trasladaron el tren, sin pasajeros, pero secuestrando a bordo al personal de TEA hasta el inhóspito paraje de Caza Pava, en la Provincia de Corrientes.

Ante la sorpresa de los empleados, que se vieron privados de su libertad durante horas, los secuestradores se subieron a una 4x4 y abandonaron a toda prisa el lugar, asegurándose previamente de inutilizar la máquina y dejarla peligrosamente cruzada sobre una vía en la que transitan trenes cargueros, quedando la formación abandonada y sin posibilidad de desplazamiento alguno.

La denuncia del ilícito quedó inmediatamente radicada por ante la Comisaría de la localidad de Gobernador Virasoro y se tramita por ante el Juzgado de Instrucción en lo Criminal de la Locali- dad de Santo Tomé, provincia de Corrientes, donde se investigan la comisión de los delitos de privación ilegítima de la libertad, asociación ilícita, robo, daños y entorpecimiento de un servicio público.

Más tarde, ese mismo día, La Fraternidad emitió un comunicado en donde dando confusas razones, intentó justificar y dar normalidad a la gravedad de los hechos penales antes mencionados, aduciendo falsamente falta de seguridad en los coches, los cuales se encontraban debidamente habilitados y controlados por la CNRT sin que nunca, a lo largo de todos estos años, hubiera aplicado una multa a nuestra empresa. A partir de dicho momento, La Fraternidad generó una medida salvaje e ilegal, negándose no sólo a suministrar conductores afiliados a su gremio sino presionando a otros trabajadores para que no presten tareas, circunstancia que fue paliada durante mas de un mes, mediante la derivación de los pasajeros a colectivos contratados especialmente a fin de no perjudicar a los usuarios, únicos rehenes de las medidas adoptadas por el Gremio.

Tras severas presiones por parte del Estado Nacional, atacando la autonomía provincial de Corrientes, el 23 de diciembre de 2011 el Gobierno de esa Provincia decidió revocar unilateralmente, de forma ilegal y desconociendo todas las formalidades, el contrato de con- cesión con TEA, mediante decreto provincial. Llamativamente, de forma inmediata, una formación del Tren de los Pueblos Libres pasó a suplantar al Gran Capitán, a cargo ahora de TBA, sin contar siquiera con un contrato de conce- sión.

El servicio prestado por TEA, con capacidad para 1100 pasajeros y coches adecuados para largas distancias, fue suplantado por duplas de coche motor de origen holandés, preparados para climas fríos, cortas distancias de no más de 100 km, y capacidad máxima para 300 personas. Más aún, el precio del boleto aumentó un 85% colocándose casi a la par de los servicios de bus y negando la posibilidad de viajar a muchas personas humildes que dependían de este servicio. Como consecuencia, durante los meses de mayor demanda, el nuevo servicio de TBA transportó a duras penas no más de 20 pasajeros por viaje.

Curiosamente, el Gremio la Fraternidad, que denunciaba falta de seguridad en la formación de TEA (que a lo lar- go de los 9 años de operación nunca tuvo que lamentar una sola víctima fatal en un accidente), apoyó de manera inmediata el nuevo servicio en manos de la empresa de Cirigliano. Este pequeño tren que pretendió suplantar al Gran Capitán dejó de funcionar a partir de la quita de concesión (y de subsidios) de los ramales operados por TBA en el área metropolitana. Actualmente no corre ningún tren por estas vías, perjudicando no solo a los pasajeros sino también a gran cantidad de pueblos que quedaron incomunicados.

Cabe mencionar como responsa- bles de esta oscura y penosa maniobra que dejo a la Mesopotamia sin El Gran Capitán fueron los mismos que poco tiempo después quisieron defender lo indefendible ante el penoso incidente de la Estación Once, los mismos fueron TBA (Cirigliano y Grupo Plaza) Sindicato La Fraternidad, la Secretaria de Transporte (Ing. Schiavi) con la complicidad del operador de carga (América Latina Logística S.A.)
Hoy en día, Trenes Especiales Argentinos aún tiene en funcionamiento sus talleres en Federico Lacroze, conservando y manteniendo su material rodante listo para volver a circular por las vías del litoral, a la espera de una decisión política que devuelva este importante servicio social a los habitantes de Entre Ríos, Corrientes y Misiones.

Por su parte cabe destacar que los proyectos presentados en ésta Cámara para que dicha Secretaría de transportes de la Nación (bajo los expedientes 0531-D-2012 y 6145-D-2011) brinde a la brevedad la información vinculada con el funcionamiento del tren de pasajeros que une la ciudad de Posadas con la ciudad de Buenos Aires; y el proceso de rescisión del contrato a TEA y de re adjudicación de la concesión a TBA, no han sido tratados ni contestados por la misma.

12 de junio de 2012

EXPRESAR SOLIDARIDAD CON LAS DIVERSAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, DIRIGENTES, TRABAJADORES Y USUARIOS QUE REALIZARAN EL DIA 15 DE JUNIO DE 2012, UN ACTO EN LA ESTACION FEDERICO LACROZE DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, PARA PETICIONAR EL REGRESO DEL SERVICIO QUE BRINDARA EL TREN "EL GRAN CAPITAN"


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados la Declaración en la que se expresa solidaridad con las diversas organizaciones de la sociedad civil, dirigentes, trabajadores y usuarios que realizarán el día 15 de Julio de 2012, un acto en la estación Federico Lacroze de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, para peticionar el regreso del servicio que brindara el tren de pasajeros "El Gran Capitán".

Dicho trámite recayó en el Expte. 3696-D-2012 del 05-06-2012 siendo los firmantes los Diputados Nacionales Margarita Rosa Stolbizer, María Virgina Linares, Fabián Francisco Peralta, Gerardo Fabián Milman, Omar Arnaldo Duclos, todos pertenecientes al GEN


Talleres de mantenimiento de material rodante de la empresa T.E.A. en Federico Lacroze

Fundamentos

En fecha 14 de diciembre de 2011, a través del Expediente N° 6145-D-2011, presentamos un Proyecto de Declaración en relación a los hechos producidos en el ámbito del transporte ferroviario con el denominado tren EL GRAN CAPITÁN, cuyo texto expresaba: "Su más enérgico rechazo por los hechos que motivaron la suspensión de los servicios ferroviarios de transporte de pasajeros en el corredor Buenos Aires - Posadas que brindaba la formación ferroviaria denominada EL GRAN CAPITAN, instando al Poder Ejecutivo Nacional a disponer las medidas necesarias para su inmediato reestablecimiento, a fin de cumplimentar lo dispuesto por el propio Gobierno Nacional a través del Decreto del P.E.N. Nº 1261/2004".

El mismo fue reiterado el 11 de abril del corriente año, esta vez con el número de Expediente 2066-D-2012, el cual se encuentra para su tratamiento en la Comisión de Transportes.

A pesar del tiempo transcurrido, el mismo no ha perdido actualidad. Muy por el contrario, nos ha servido como antecedente para un nuevo Proyecto de Declaración que hemos presentado en el día de la fecha, y cuyo texto expresa: "Su preocupación por la nueva suspensión de los servicios de transporte ferroviario de pasajeros en el corredor Buenos Aires-Apóstoles-Posadas anunciada el día 29 de mayo por la empresa TBA S.A. como consecuencia de su situación contractual con el ESTADO NACIONAL/CONCEDENTE, instando asimismo al Poder Ejecutivo Nacional a disponer las medidas necesarias para el inmediato reestablecimiento de los servicios que brindaba la formación ferroviaria EL GRAN CAPITAN, en condiciones de normalidad de frecuencia y confort, a fin de cumplimentar lo dispuesto en el Decreto P.E.N. Nº 1261/2004."

El anuncio de una nueva suspensión de los servicios que se cumplían por la empresa TBA S.A. desde la Estación Pilar, en la provincia de Buenos Aires hasta la estación Apóstoles en la Provincia de Misiones, en cuyo trayecto atravesaban los territorios de las provincias de Entre Ríos y Corrientes, conectando así la Mesopotamia, ha producido una nueva conmoción social, ya que son innumerables los pedidos y reclamos de los pobladores, de los representantes de organizaciones gubernamentales, de los partidos políticos, de la sociedad en su conjunto, para que los servicios ferroviarios no sean interrumpidos.

Con tales motivaciones, han convocado a diversos actos en territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en otras ciudades y pueblos de las provincias mencionadas, reclamando una solución a las autoridades responsables.

Por ello, solicitamos a las Sras. Diputadas y Sres. Diputados acompañen en este nuevo Proyecto de Declaración que tiene por objeto solidarizarse y acompañar los legítimos reclamos de los peticionantes ante la suspensión de dicho servicio, vital para el desarrollo de las localidades y provincias afectadas.-

23 de abril de 2012

PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DEL PLAN QUINQUENAL DE INVERSIONES PREVISTO PARA EL PERIODO 2004-2005 A 2008-2009, POR LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS DEL SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO.


ACTUALIDAD


Redacción CRÓNICA FERROVIARIA


Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados de la Nación para su dictamen un proyecto de Resolución presentado por la Dip. Nac. María Virginia Linares (GEN) , para solicitar un informe al Poder Ejecutivo Nacional sobre diversas cuestiones relacionadas con el cumplimiento del Plan Quinquenal de inversiones previsto para el período 2004/2005 a 2008/2009, por las empresas concesionarias del servicio de transporte ferroviario.


Foto: Pablo Salgado


El proyecto de resolución recayó en el Expte. 2146-D-2012 de fecha 12 de Abril de 2012, siendo los fundamentos los siguientes:


Fundamentos:


Por diversos motivos, el tema de los ferrocarriles en nuestro país ha cobrado repentina actualidad. Específicamente, todo lo relacionado con los servicios de transporte ferroviario de cargas ha tenido variado tratamiento en estos últimos tiempos, tanto en el ámbito académico, como en el periodístico, económico y político.


Pareciera ser que estamos presenciando una repentina valorización de la necesidad de transporte desde las áreas de producción hacia los puertos o centros de acopio o industrialización, teniendo en cuenta el incremento de la producción granaria y sus proyecciones para los próximos años.


Sin duda alguna, ante el aumento considerable que ha sufrido el combustible, y al ser la participación del modo ferroviario escasa en el transporte de cargas (sólo un 5 %), es importante mejorar la participación del ferrocarril y del transporte marítimo fluvial como aporte a la solución de los problemas de congestión y otras externalidades que el modo automotor provoca, así como también para tratar de evitar el encarecimiento de los fletes, con su incidencia en los precios, atento la situación cuasi monopólica que detenta.


Los "efectos externos" o externalidades ha tener en cuenta se encuentran referidos en materia de: accidentalidad, contaminación, cambio climático, ruido y congestión, todos mensurables económicamente.


Mejorar la participación del modo ferroviario es un desafío importante y que requiere consensos políticos y técnicos para su concreción. Lamentablemente la situación actual puede calificarse de regular.


"La red ferroviaria actual no ha variado en los últimos años. Sin inversiones, la red continúa 'vieja', con alto grado de deterioro en diversos tramos, ramales cerrados, falta de ramales alternativos y con el viejo inconveniente de diferencia de trochas dentro de nuestro territorio y con los países limítrofes. Las ventajas del transporte ferroviario (en particular de cargas) han quedado demostradas en los países con mayor desarrollo con extensos territorios, donde los costos operativos son vitales, debido a que los fletes impactan en la formación de precios (...) Como ejemplo: un tren con una tonelada de carga recorre 147 Km., mientras que el camión no supera los 37Km. Si se tiene en cuenta la capacidad, un tren carguero con 1.200 Tn. equivale a 50 camiones. Se pueden añadir otras ventajas como la economía de combustible e insumos, una menor contaminación ambiental y el bajo índice de accidentes respecto al transporte automotor" (Publicación de la Bolsa de Comercio de Córdoba, Balance Económico 2009).


Debemos tener en cuenta que la red ferroviaria se encuentra categorizada, con la obligación contractual de su recategorización en forma anual.
Las categorías de la red pueden diferenciarse del siguiente modo:


a) Red Primaria de Cargas con pasajeros interurbanos: se trata de parte de la red primaria o troncal de cargas interregional, sobre la que además circulan trenes interurbanos de pasajeros de largo recorrido.


b) Red Primaria de Cargas con pasajeros regionales: iguales standards que para la red anterior, pero menores velocidades para los eventuales trenes de pasajeros.


c) Red Secundaria de Cargas: opera como alimentadora de la red primaria.


e) Red sin operación o a la demanda: es la red que está más cercana al abandono y al levantamiento de vías o instalaciones. Debe mantenerse en condiciones que permitan su rehabilitación con seguridad si la demanda así lo exigiere. La obligación primaria es de las empresas concesionarias de carga. La obligación secundaria es del Estado/Concedente.


Esta categorización fue considerada en el proceso de renegociación de los contratos, con el objeto de evaluar adecuadamente las prioridades de inversión en infraestructura y de establecer distintos niveles de mantenimiento y seguridad en la operación según el grado de requerimientos de cada sector de la red.


El mencionado proceso de renegociación de los contratos de concesión del servicio de transporte ferroviario de cargas iniciado a partir del año 2002, en virtud de lo establecido por la ley Nº 25.561, ha llegado prácticamente a su fin con la suscripción de las Actas Acuerdo modificatorias de los contratos originales, la correspondiente intervención del Poder Legislativo y la aprobación final del Poder Ejecutivo Nacional.


Los documentos aprobados (señalados como Addendas) son lo siguientes: 1) el Acta Acuerdo rubricada, entre la Unidad de Renegociación y Análisis de los Contratos de Servicios Públicos y el concesionario Ferrosur Roca Sociedad Anónima, ratificada por Decreto Nº 2017 del 25 de noviembre de 2008; 2) el Acta Acuerdo rubricada entre la Unidad de Renegociación y Análisis de los Contratos de Servicios Públicos y el concesionario Ferroexpreso Pampeano Sociedad Anónima, ratificada por Decreto Nº 82 del 3 de febrero de 2009 y 3) el Acta Acuerdo rubricada entre la Unidad de Renegociación y Análisis de los Contratos de Servicios Públicos y el concesionario Nuevo Central Argentino Sociedad Anónima, ratificada por Decreto Nº 1039 del 5 de agosto de 2009.


Al respecto cabe recordar que la Ley Nº 25.561 declaró la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria, autorizándose al Poder Ejecutivo Nacional a renegociar los contratos de obras y servicios públicos concesionados, entre los que se encuentran los correspondientes al servicio de transporte ferroviario de cargas.


La mencionada Ley -cuyo contenido se encuentra prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2013 a través de la Ley Nº 26.729, que prorrogó la Ley 26.204 (la cual a su vez había prorrogado la Ley Nº 25.790) -, estableció criterios a seguir en el marco del proceso de renegociación, tales como aquellos que tuvieran en cuenta el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de los ingresos; la calidad de los servicios y los planes de inversión, cuando ellos estuviesen previstos contractualmente; el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios; la seguridad de los sistemas comprendidos y la rentabilidad de las empresas.


La renegociación de los contratos de servicios públicos fue reglamentada por el Decreto Nº 311 de fecha 3 de julio de 2003 y la Resolución Conjunta Nº 188 del Ministerio de Economía y Producción y Nº 44 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios de fecha 6 de agosto de 2003.


El Decreto Nº 311/03 también dispuso la creación de la Unidad De Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Publica y Servicios, habiéndose asignado a la citada Unidad , entre otras, las misiones de llevar a cabo el proceso de renegociación de los contratos de obras y servicios públicos; suscribir acuerdos integrales o parciales con las Empresas Concesionarias y Licenciatarias de servicios públicos "ad referéndum" del Poder Ejecutivo Nacional; elevar proyectos normativos concernientes a posibles adecuaciones transitorias de precios, tarifas y/o segmentación de las mismas, o cláusulas contractuales relativas a los servicios públicos, así como también efectuar todas aquellas recomendaciones vinculadas a los contratos de obras y servicios públicos y al funcionamiento de los respectivos servicios.


Sin embargo, a pesar del tiempo transcurrido, aún no se han completado todos los casos en tratamiento ya que, a la fecha de presentación de este proyecto, no se han aprobado las modificaciones introducidas a los contratos de concesión con la empresa concesionaria América Latina Logística Mesopotámica Sociedad Anónima ( aprobado originalmente con Industria Metalúrgica Pescarmona S.A. (IMPSA) por Decreto Nº 504 del 24 de marzo de 1993 ) y con la empresa concesionaria América Latina Logística Central Sociedad Anónima ( aprobado originalmente también con IMPSA mediante Decreto Nº 41 del 13 de enero de 1993).


En efecto, aún no se han dictado los Decretos que aprueben definitivamente las Actas Acuerdo de renegociación suscriptas entre las partes en fecha 16 de agosto de 2007, y que fueron tratadas por esta Cámara en la sesión del 27 de diciembre de 2007 (Ordenes del Día Nº 3414 y Nº 3413, respectivamente).


A pesar de ello hemos considerado conveniente requerir se suministre a esta H. Cámara similar información que la solicitada a las restantes empresas a las cuales se les ha aprobado las Actas Acuerdo correspondientes a sus respectivos contratos de concesión.


Evidentemente el largo tiempo transcurrido para la concreción y ejecución de los acuerdos de renegociación contractual han repercutido en el funcionamiento del desarrollo del transporte ferroviario y del sistema de transporte en general, perjudicando en definitiva a los clientes, a los usuarios y a la economía del país en su conjunto.


Surge de las Actas Acuerdo suscriptas y aprobadas, que las partes asumieron determinadas obligaciones que debieron cumplirse en tiempo y forma, tanto por las empresas concesionarias como por el Estado Nacional/Concedente.


En tal sentido advertimos que recién con fecha 30 de noviembre de 2009 la Comisión Nacional de Regulación del Transporte emite la Resolución Nº 613 por la cual se establecen las condiciones para el reconocimiento de ejecuciones y adquisiciones efectuadas por las concesionarios ferroviarios de carga como inversiones, como así también las restantes normas regulatorias de acuerdo a las nuevas condiciones contractuales acordadas entre el Concedente y las empresas Concesionarias.


Por otra parte el Organismo de Control dicta con fecha 1º de marzo de 2010 la Resolución Nº 87, por la cual instruye a las empresas concesionarias cuyos contratos se encuentran renegociados a cumplimentar determinados requisitos relacionados con el funcionamiento de Cuentas Bancarias Especiales, atento la no implementación del Fondo Fiduciario para el Fortalecimiento del Sistema Ferroviario Interurbano (FFFSFI) por parte de la Autoridad de Aplicación (Secretaría de Transporte).


Por ello, entendemos que resulta procedente conocer con más detalle qué ha sucedido durante el desarrollo de este proceso de renegociación, especialmente a partir del año 2003, no sólo con el estado de cumplimiento (o incumplimiento) de las obligaciones de las empresas concesionarias conforme los contratos originales, sino también con las obligaciones derivadas de los acuerdos alcanzados entre las partes en virtud de dicho proceso de renegociación y que dan cuenta precisamente las Actas Acuerdo modificatorias de los contratos.


Reiteramos que las Actas Acuerdo han sido aprobadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante los Decretos Nº 2017/2008; Nº 82/2009 y Nº 1039/2009, en los casos de Ferrosur Roca S.A., Ferroexpreso Pampeano S.A. y Nuevo Central Argentino S.A., respectivamente.


Resulta entonces imprescindible conocer cuál es el grado de ejecución de los acuerdos alcanzados, como también el estado de cumplimiento de las obligaciones contractuales a cargo de las empresas concesionarias durante el trámite de la renegociación, y en qué medida afectaron la concreción de las inversiones, el mantenimiento y la conservación comprometidas en los contratos originales, y en los acuerdos posteriores.


Los anuncios gubernamentales sobre la recuperación del sistema de transporte ferroviario, tanto de cargas como de pasajeros interurbanos y de larga distancia, no concuerdan incluso con los propios informes técnicos de sus dependencias técnicas específicas ni con la realidad que se advierte actualmente en el funcionamiento del sistema de transporte ferroviario, condicionando gravemente la indispensable recuperación del mismo.


En tal sentido citamos del documento oficial Plan Estratégico Territorial (Avance 2008) preparado por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios lo siguiente:" INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE...EL TRANSPORTE EN EL CONTEXTO NACIONAL...La operatividad de la red ferroviaria nacional está fuertemente condicionada por la fragmentación del sistema bajo distintas concesiones, la discontinuidad de tramos en servicio, el deficitario estado de la infraestructura, el deterioro del material rodante, la ocupación del espacio ferroviario por otras actividades y múltiples inconvenientes en los accesos a los núcleos urbanos y puertos, la suma de estas situaciones impiden su comportamiento como sistema y explican a su vez los desempeños diferenciados del transporte de carga y pasajeros, mientras el primero se ha desarrollado con algún grado de satisfacción luego de la privatización, el transporte de pasajeros está lejos de sus niveles históricos...la envergadura de las inversiones necesarias para su recuperación, hacen previsible un largo proceso y exigen de un detallado análisis del costo-beneficio en términos de desarrollo territorial, para establecer prioridades entre las líneas o tramos que se promueve reactivar"(página 52).


Se estima oportuno destacar el plazo que aún restaría para la finalización de estas concesiones de transporte ferroviario de cargas, ya que las mismas han sido otorgadas por un plazo de treinta (30) años con opción a diez (10) más, a contar a partir de las siguientes fechas: a) Ferroexpreso Pampeano S.A.: 1º de noviembre de 1991; b) Nuevo Central Argentino S.A.: 22 de diciembre de 1992; c) Ferrosur Roca S.A.: 11 de marzo de 1993; d) ALL Central S.A.: 26 de agosto de 1993 y e) ALL Mesopotámica S.A.: 22 de octubre de 1993.


Sobre esta materia nuestro Bloque ha presentado otros Proyectos, entre ellos podemos citar: el expediente 6805- D-2010 sobre la concesión de Ferrosur Roca S.A. y un posible acuerdo con la firma Vale do Río Doce, y los expedientes 8388-D-2010 y 1032-D-2011 sobre el estado de cumplimiento de las obligaciones a cargo de las empresas concesionarias de transporte ferroviario de cargas en lo referente a los bienes que les fueran entregados en concesión.


Se ha preparado ahora un cuestionario más amplio, que abarca casi todas las obligaciones asumidas en las Actas Acuerdo suscriptas entre el Estado Nacional/Concedente y las empresas concesionarias, para que por donde corresponda se informe a esta Cámara al respecto.


Por todo lo expuesto anteriormente, es que solicitamos a las Sras. Diputadas y Sres. Diputados acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-

PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE FERROVIARIO, TRAYECTO BAHÍA BLANCA - CONSTITUCIÓN, DE LA EMPRESA FERROBAIRES


ACTUALIDAD


Redacción CRÓNICA FERROVIARIA


Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Cámara de Diputados de la Nación para su dictamen un proyecto de Resolución presentado por la Dip. Nac. María Virginia Linares (GEN) , para solicitar un informe al Poder Ejecutivo Nacional sobre diversas cuestiones relacionadas con el funcionamiento del servicio de transporte ferroviario de pasajeros del trayecto Bahía Blanca - Plaza Constitución concesionada a la empresa provincial Ferrobaires.


Foto: Carlos A. Salgado


El proyecto de resolución recayó en el Expte. 2072-D-2012 de fecha 11 de Abril de 2012, siendo los fundamentos los siguientes:


Fundamentos:


El día 9 de septiembre del corriente año, alrededor de las 20 hs., partió el servicio que conecta la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, con la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El mismo realizó varias paradas -debido a desperfectos técnicos- antes de llegar, alrededor de la 1.30 hs. del día miércoles 10, a la ciudad de Olavarría, donde quedó inoperable. Poco después de las 9 hs., los pasajeros del tren continuaron viaje a la ciudad de Buenos Aires en distintos ómnibus de larga distancia dispuestos por la empresa Ferrobaires, licenciataria de ese ramal ferroviario.


Este ramal posee un importante historial de retrasos y malos servicios. Existen antecedentes al respecto, varios de ellos en el presente año. A saber:
El día 19 de junio de 2008 más de 300 pasajeros debieron esperar hasta diez horas bajo un frío intenso hasta ser trasladados en ómnibus -la mayoría de ellos a la ciudad de Buenos Aires-, luego que la formación en que viajaban fuese chocada -debido a una supuesta falla en los sistemas de comunicación- por otra de cargas de la empresa Ferrosur, a la altura de la localidad bonaerense de Olavarría.


El día 21 de marzo del corriente un tren que cubría el mismo recorrido tardó veintiún horas en llegar a destino. Asimismo el 4 de febrero de 2008, 800 pasajeros que salieron a las 19.30 hs. de Bahía Blanca hacia Plaza Constitución, llegaron a las 13.30 hs. del día siguiente, debido al descarrilamiento de una formación de cargas de Ferrosur, empresa que debió disponer ómnibus para trasladarlos a Buenos Aires.


Debemos buscar las causas de tan preocupantes antecedentes en el constante deterioro y desmantelamiento del servicio público ferroviario al que hemos asistido en los últimos años, el cual se ha visto paulatinamente perjudicado en términos de calidad, frecuencias e incluso, en numerosos casos, la desaparición del mismo, producto de años de desinversión que arrastra el sistema ferroviario nacional. Todo esto no puede explicarse más que debido a la falta de una visión estratégica en un servicio de explotación estatal tan importante como el ferroviario, siendo que el mismo resulta un servicio vital para numerosas comunidades del interior y, en muchos casos, el único medio que los vinculaba a las ciudades cabeceras y grandes centros metropolitanos.


Con la paulatina retirada del ferrocarril se produjo en el interior del país una brutal desmembración poblacional. Este fenómeno contribuyó a la desestructuración y opacamiento de los emprendimientos regionales, resultando en la proliferación de numerosos "pueblos fantasmas" que modificaron la geografía nacional, ahora despoblada, sin esas pequeñas historias que se nutrían del ferrocarril. Esta anulación del sistema ferroviario fue parte del saqueo nacional que ocurrió en la nefasta década de los 90, en la cual se priorizó el criterio de rentabilidad por sobre el de servicio público, criterio que aún hoy, y a pesar de las evidencias del fracaso de este modelo de privatización, no parece haberse revertido.


A pesar de contar con una herencia de material rodante de calidad y una gran variedad de instalaciones, con el pasar de los años los servicios experimentaron una notoria degradación, tanto en extensión de ramales utilizados como en calidad del material rodante (locomotoras y vagones) y servicio en general, descontando eventuales rehabilitaciones o aisladas inversiones en reparación de coches y locomotoras. No se realizaron las inversiones necesarias que el mantenimiento preventivo del material rodante y la conservación de vías, puentes y alcantarillas exigía, todo lo cual trajo como consecuencia múltiples accidentes que podrían haber sido evitados. En tal sentido, los estudios basados en la experiencia de la accidentología del transporte ferroviario están marcando la tendencia del crecimiento de los siniestros ferroviarios, tanto en los trenes interurbanos de pasajeros como de carga, hecho que debería hacernos reaccionar de manera enérgica a fin de evitar futuras desgracias.


Existen al respecto más de 57 actas de infracción y extensas recomendaciones por parte de la C.N.R.T. (Comisión Nacional de Regulación del Transporte) que resultan contundentes y lapidarias respecto al estado calamitoso en que se encuentran el material tractivo y rodante y las vías por la que los mismos circulan, y que advierten sobre la posibilidad de una catástrofe sobre las vías. De hecho, el informe de la C.N.R.T. de fecha 25 de enero de 2007 (expediente 000766/2007) constata que el 90% de los coches y locomotoras que operan en la Provincia de Buenos Aires no estarían en condiciones de prestar servicios porque ponen en peligro a la población.


Entonces nos preguntamos: ¿se encuentran las empresas que creó la reciente Ley de Reordenamiento Ferroviario en condiciones de garantizar la correcta y segura prestación de los servicios? ¿El proyecto de reorganizar el sistema oficial a través de la creación de dos sociedades estatales, una dedicada a ejecutar y administrar obras e instalaciones y otra a la operación del servicio, ya se encuentra en funcionamiento? Y si es así, ¿es esto lo que debemos esperar del mismo?


Sabemos la importancia de contar con un servicio de trenes rápido, eficiente, económico y seguro, siendo que el mismo resulta vital para miles de ciudadanos que lo requieren y lo utilizan a diario, para quienes la falta de este servicio significa la imposibilidad de trasladarse por falta de recursos para acceder a otros sistemas de transportes o, lisa y llanamente, por carecer de alternativas para hacerlo, ya que el transporte automotor no cubre las pequeñas localidades del interior que cada vez van quedando más aisladas y más rezagadas en su desarrollo. Por ello, el tema se ha convertido en un clamor de todo el interior que exige volver a contar con un digno servicio de trenes como supo tener nuestro país, lo que permitirá terminar con la lenta pero incesante desaparición de nuestros pueblos, y con la soledad y el olvido de sus habitantes.


Pretendemos, con este pedido de informes, contar con los elementos necesarios que nos permitan analizar el rediseño de un servicio tan importante como es el transporte ferroviario de pasajeros, solicitando información sobre diferentes aspectos que debieran ser corregidos a los fines de garantizar la correcta y segura prestación de los servicios, o eventualmente poner de manifiesto la falta de recursos para revertir esa situación en una nueva asignación de aquellos.


Este Proyecto de Resolución tiene como antecedente el expediente 5033-D-2008, de mi autoría.


Por todo lo expuesto, es que solicito a los Sres. Diputados me acompañen en la sanción del presente Proyecto de Resolución.-