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11 de octubre de 2019

Ofensores en trenes: El polémico programa de Seguridad no incluye a la estación Bahía Blanca Sud

Actualidad

Fuerzas federales confirmaron que no cambió la modalidad de control en la terminal ferroviaria de Bahía Blanca Sud.

Hasta el momento no se realizaron controles de este tipo en la estación de trenes bahiense.

Fuentes de la Policía Federal, Prefectura y Gendarmería confirmaron que en la estación ferroviaria local no se realizaron, al menos hasta ahora, controles a usuarios del servicio en el marco del programa nacional "Ofensores en trenes".

La iniciativa del ministerio de Seguridad de la Nación, a cargo de Patricia Bullrich, se implementó a principio de este mes y apunta a la "prevención de delitos" en trenes de pasajeros.

El plan contempla el uso de 4.000 teléfonos celulares por parte de personal de la PFA en estaciones de trenes, para la "verificación e identificación" de quienes cometieron un delito en este transporte público.


Los dispositivos móviles que escanean los DNI cuentan con un "sistema de reconocimiento facial" y están conectados a las distintas bases de datos.

Según se informó desde la cartera de Seguridad, estos procedimientos se llevaron a cabo "en más de 20 estaciones de trenes" en la ciudad de Buenos Aires y localidades de la provincia.

"En caso de comprobarse la existencia de medidas restrictivas se comunicarán a la autoridad judicial pertinente, labrándose un acta en la que se notificará a la persona identificada de lo que en consecuencia disponga dicha autoridad", indica el Boletín Oficial.

"En caso de presentarse más de una medida judicial de carácter restrictivo, deberá informarse a los magistrados sobre la existencia de procesos concomitantes y el alcance de las restricciones vigentes".LaNueva.com

4 de octubre de 2019

La Defensoría del Pueblo de la C.A.B.A. solicitó la revocación de la resolución "Programa Ofensores en Trenes"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Tal como lo informara CRÓNICA FERROVIARIA sobre la transcripción de la Resolución Nro. 845 de fecha 02 de Octubre de 2019 del Ministerio de Seguridad de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día 03/10/2019, donde crea el "Programa Ofensores en Trenes", que funcionará en la órbita de dicho ministerio, y que tendrá por finalidad la prevención de delitos en el sistema de transporte público de trenes de pasajeros, el Defensor del Pueblo de la C.A.B.A., Alejandro Amor, envió un oficio a la ministra Bullrich "para expresar su preocupación ante la Resolución 845/APN-MSG-2019, que establece que las fuerzas de seguridad podrán pedir el DNI en estaciones de trenes, por calificarla de ineficaz y arbitraria".


Continúa expresando el Defensor del Pueblo en su oficio presentado ante el Ministerio de Seguridad, que la resolución en cuestión es "ineficaz porque si el objetivo (tal como fue explicado por Bullrich en medios de comunicación), es informar que se extremarán las medidas para prevenir ilícitos y se monitoreará a los supuestos infractores, bastaría simplemente con dar a conocer esto a la ciudadanía sin necesidad de poner en marcha un operativo en un medio de transporte en el cual concurren más de trescientos cincuenta personas al año, según un informe del Ministerio de Transporte de la Nación".

"Arbitraria, porque la sola circunstancia de que una persona esté sospechada de haber cometido un delito y/o una contravención no autoriza a suponer que ha cometido esa infracción y mucho menos a que la cometerá en el futuro. Semejante suposición resulta violatoria de la garantía constitucional de la presunción de inocencia consagrada en el art. 18 de la Constitución Nacional", expresa el Defensor del Pueblo, Alejandro Amor.

Por otro lado, el oficio critica que la resolución no explicita los motivos (ni criterios) que impulsan a los agentes de las fuerzas de seguridad a interceptar a un ciudadano para requerir su documento en un medio de transporte.

En ese sentido, Amor expresa que "al tratarse de un medio de transporte con tal cantidad de usuarios, la tarea de identificación lleva necesariamente la aplicación de pautas arbitrarias de interceptación que, de acuerdo a la experiencia en la materia recogida por esta Defensoría, sin lugar a dudas tendrán por objeto grupos vulnerados, minorías sexuales, personas con discapacidad, personas en situación de calles, migrantes, etc."

Por último, termina expresando el Defensor del Pueblo que "si bien esta Defensoría califica como positiva toda acción adoptada por los órganos del Estado con miras de proteger la seguridad y bienes de todos los ciudadanos, considera que -además de lo expuesto previamente- la medida conllevará indefectiblemente a socavar aún más la imagen negativa que la ciudadanía tiene de esa institución, tan necesaria para la vigencia misma del Estado de derecho".

3 de octubre de 2019

El Ministerio de Seguridad crea el "Programa Ofensores en Trenes"

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Mediante Resolución Nro. 845 de fecha 02 de Octubre de 2019 del Ministerio de Seguridad de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se crea el "Programa Ofensores en Trenes", que funcionará en la órbita de dicho ministerio, y que tendrá por finalidad la prevención de delitos en el sistema de transporte público de trenes de pasajeros.

En el Artículo 2º de dicha Resolución se "instruye a las Fuerzas Policiales y de Seguridad a los efectos de que extremen los recaudos y facultades de control que le son propias en zonas de ingreso, egreso, tránsito y/o permanencia de personas que utilizan el transporte público en trenes de pasajeros, teniendo por objeto, a través de la verificación de identidad de las mismas, la constatación de la posible existencia y/o vigencia de medidas restrictivas de carácter judicial".


Con relación al Artículo 3º expresa que "en caso de comprobarse la existencia de medidas restrictivas se comunicarán a la autoridad judicial pertinente, labrándose un acta en la que se notificará a la persona identificada de lo que en consecuencia disponga dicha autoridad, conforme modelo obrante en Anexo I (IF-2019-89882065-APN-DNELYN#MSG). En caso de presentarse más de una medida judicial de carácter restrictivo, deberá informarse a los magistrados sobre la existencia de procesos concomitantes y el alcance de las restricciones vigentes".

Por último, en el Art. 4º de la Resolución Nro. 845 expresa que "a los efectos de la implementación de la presente, de ser necesario, se podrán coordinar acciones con las Provincias, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y distintos organismos nacionales mediante la firma de convenios".