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6 de noviembre de 2023

Resbaló en las escaleras en estación de trenes y la concesionaria Metrovías S.A. deberá indemnizarlo

Actualidad

La Cámara Civil hizo lugar a la demanda de un pasajero que se lesionó al resbalar en las escaleras de un estación ferroviaria.

El tribunal de apelaciones confirmó un fallo que condenó a Metrovías a pagar una indemnización de casi 4 millones de pesos. más los intereses y gastos del juicio por un hecho ocurrido el 20 de agosto de 2018.

El hecho

Aquel día, el pasajero subió a una formación de la Línea Urquiza con destino a la localidad de Pablo Podestá. Al llegar, descendió del tren, bajó por las escaleras de egreso de la estación y resbaló, lo que ocasionó una lesión en su pierna.

El hombre demandó a Metrovías debido al “mal estado de conservación” de la escalera, que estaba “mojada y sin ningún tipo de señalización”, según consignó.

En noviembre, el pasajero debió ser operado en la rodilla izquierda. Quedó con “secuelas y vestigios incapacitantes”, por lo que reclamó daños y perjuicios.

El fallo de primera instancia le dio la razón, pero el usuario apeló al considerar insuficiente la suma de la indemnización.

Por su parte, la empresa negó que se hubiera probado “el vicio o riesgo” de la escalera, y alegó que la responsabilidad no podía ser imputable a Metrovías.

También cuestionó el excesivo monto por daño moral a favor del usuario.

Así el caso llegó a la Cámara Civil.

Responsabilidad

El tribunal remarcó que “la obligación principal que queda a cargo del transportista resulta ser la de velar por el arribo a destino sano y salvo de quien utiliza ese medio de transporte que conlleva ínsitamente una presunción de responsabilidad”

“La traslación del pasajero sin frustración alguna hace a la esencia del contrato, y ese pasajero haya adquirido o no su boleto tiene derecho a ser trasladado con toda seguridad al lugar de su destino. Y no se trata de un derecho de excepción sino la consecuencia normal de una obligación de resultado asumida por el transportista, vale decir conducir al pasajero sano y salvo a destino”, advirtió el fallo.

Relaciones de consumo

Para la Cámara, la relación jurídica existente entre el demandante y Metrovías S.A. (proveedora del servicio de transporte o transportista) “debe encuadrarse en el marco de las relaciones de consumo, en función de lo cual el proveedor del servicio, además, asume una obligación accesoria de seguridad frente a los usuarios, que incluye el uso de la escalera de acceso al transporte”

Los jueces citaron la jurisprudencia de la propia Cámara que sostuvo reiteradamente que los pasajeros tienen derecho a que se garantice su seguridad en los ámbitos (vagones, andenes, pasillos, escaleras, etcétera) en que la empresa de transportes presta el servicio.

“Andenes, escaleras, túneles de conexión entre estaciones o de entrada y salida a ellas, antes de iniciarse o una vez finalizado el viaje, etcétera, son lugares que se hallan bajo la vigilancia y control del transportador que explota el servicio quien, por eso, es responsable de los daños sufridos por los usuarios en los términos de la normativa antes citada”, esto es la ley 24.240.

En el caso declararon testigos presenciales del hecho y se realizó una pericia mecánica de la escalera en cuestión.

El estado de las escaleras

“No cabe duda que la escalera debía ofrecer condiciones de uso confiables y seguras, máxime cuando al decir del experto se trata de una escalera corta, y constituye la única entrada y salida del andén que deben usar todos los pasajeros, ponderando asimismo que los días de lluvia los escalones suelen hallarse mojados, por lo que muy probablemente disminuye la seguridad de la misma potenciando el riesgo de caídas de los usuarios de la misma”.

Indemnización

Los informes médicos registraron los daños físicos y psicológicos de la lesión que padeció el hombre que tiene 50 años. “Pérdida de su equilibrio psíquico, de su capacidad de goce y un deterioro tanto de su realidad laboral, individual, deportiva y recreativa, así como de su esquema corporal y de sus proyectos vitales”.

También fue confirmada la indemnización por daño moral por las circunstancias que rodearon el accidente, eso es las secuelas padecidas físicas y psíquicas, y el tiempo de recuperación tras la operación quirúrgica.

El fallo firmado por la jueza Gabriela Scolarici, al que adhirieron sus colegas Maximiliano Caia y Beatriz Alicia Verón, confirmó la resolución de primera instancia que condenó a la empresa Metrovías a indemnizar al usuario.JusticiadePrimera.com

27 de octubre de 2021

Río Negro: Condenaron a la empresa concesionaria Ferrosur Roca S.A. por el mal estado de un paso a nivel

Actualidad

La justicia le atribuyó un 25% de responsabilidad en un siniestro vial donde falleció una persona.

La empresa que tiene la concesión de la línea férrea entre Ferri y Cipolletti fue condenada en el fuero Civil por el deficiente mantenimiento de un paso a nivel. El conductor de un Ford Escort murió luego de embestir a una locomotora y su familia impulsó el reclamo. Se determinó que el 75% de la responsabilidad fue de la propia víctima, aunque se comprobaron omisiones por parte de Ferrosur Roca S.A.

Las pericias determinaron que el hombre fallecido manejaba a más de 20 kilómetros por hora, que es la velocidad máxima determinada por la ley de Tránsito para el cruce de vías. La normativa establece que la prioridad de paso de la derecha se pierde ante la circulación de máquinas ferroviarias.

La sentencia, que es de primera instancia y aún no está firme, concluyó que, de haber conducido a una velocidad adecuada, las chances de finalizar embistiendo al tren hubieran sido menores y quizás hasta nulas. El hombre murió dos días después de haber sido arrollado por la locomotora. La demanda civil se inició en 2016.

Sobre la base de las pruebas aportadas, la responsabilidad en el incidente vial fue distribuida en un 75% para el conductor del coche y un 25% para la empresa Ferrosur.

La familia del hombre fallecido argumentó que el paso a nivel estaba mal señalizado y que había una Cruz de San Andrés de madera, despintada y sin mantenimiento. También adujo que el galpón del frigorífico que funciona en las inmediaciones obstruye la visibilidad. El incidente fue de madrugada y no existía ninguna señal vial con funciones refractarias, consignaron.

El fallo señaló que “se encuentran suficientes indicios de la falta de cumplimiento de un modo total, seguro y adecuado de las señales requeridas, desde que no fue comprobada que además de la Cruz de San Andrés existieran las otras dos que sí se evidencian en las fotografías actualizadas por la perita. No está comprobado que existiera el cartel en forma de triángulo con la imagen de la locomotora que indica el paso de tren, ni de velocidad máxima, ni menos que estuvieren en condiciones para la función para la cual estaban destinados. Omisiones que con posterioridad al siniestro fueron saldadas, ya que de las imágenes más recientes se observa un cartel nuevo ubicado con la señal de pare y de precaución cruce ferroviario, el cartel en forma de triángulo pintado y la Cruz de San Andrés sin modificaciones”.

A esas circunstancias se le sumó el hecho de que la firma no probó que la formación ferroviaria hubiera accionado la bocina en tiempo y forma para anunciar su presencia a los vehículos y transeúntes.

La condena civil por el 25% de responsabilidad que se le atribuyó a la empresa representa la suma de 3.193.120 de pesos más intereses. Ese es el monto que percibirá la familia del hombre fallecido.MejorInformado.com

2 de mayo de 2018

Los pasajeros se quejan de que con estas lluvias y el intenso sol del verano los andenes provisorios se están deteriorando

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Hoy por las redes sociales muchos usuarios, sobre todo de la Línea Roca, se quejan por el mal estado en que se encuentran algunos andenes provisorios de madera, donde en algunos lados los paneles se levantan lo que hace peligroso su tránsito por los mismos.


Hay que recordar que en algunas estaciones ya hace mucho tiempo que dichos andenes provisorios se encuentran instalados y el deterioro por lo que van pasando ya es peligroso para los usuarios.


Debería la empresa estatal que corresponde su inspección hacerlo cuanto antes y cambiar lo que hay que cambiar antes que se originen accidentes.