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3 de octubre de 2016

Se aprueba la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la Secretaría de Gestión de Transporte

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria:

Mediante Resolución Nro. 309 - E/2016 de fecha 21 de Septiembre de 2016 del Ministerio de Transporte de la Nación, publicada en el Boletín Oficial del día de la fecha, se aprueba la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexos I, Ia, Ib, Ic y Id, y II (IF-2016-01547184-APN-MTR, IF-2016-01547396-APN-MTR, IF-2016-01547496-APN -MTR, IF-2016-01547908-APN-MTR, IF-2016-01547973-APN-MTR, e IF-2016-01549633-APN-MTR respectivamente) forman parte integrante de la presente medida.

Para una mayor información transcribimos dicha Resolución que expresa lo siguiente:

VISTO el Expediente N° S02:0052133/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), la Decisión Administrativa N° 212 de fecha 21 de marzo de 2016, y CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa N° 212/16 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que a través del Artículo 4° de la indicada decisión administrativa se facultó al Ministro de Transporte a aprobar, previa intervención de la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, la estructura organizativa de nivel inferior.

Que por tal motivo, resulta menester aprobar las aperturas de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE tendientes a la optimización de la gestión en función de las competencias establecidas para la Jurisdicción.

Que, por otra parte, deviene menester incorporar, homologar y derogar diversas unidades pertenecientes a la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE, en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas de dicha Jurisdicción.

Que la medida propiciada contribuirá a lograr un adecuado cumplimiento de los criterios de eficacia y eficiencia necesarios para el logro de los objetivos estratégicos establecidos para el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto vigente del MINISTERIO DE TRANSPORTE para atender el gasto resultante de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO del MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1545/94 y el artículo 4° de la Decisión Administrativa N° 212/16.

Por ello, EL MINISTRO DE TRANSPORTE RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, de acuerdo al Organigrama y Acciones que como Anexos I, Ia, Ib, Ic y Id, y II (IF-2016-01547184-APN-MTR, IF-2016-01547396-APN-MTR, IF-2016-01547496-APN -MTR, IF-2016-01547908-APN-MTR, IF-2016-01547973-APN-MTR, e IF-2016-01549633-APN-MTR respectivamente) forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2° — Incorpóranse, homológanse y deróganse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al MINISTERIO DE TRANSPORTE, según el detalle obrante en las Planillas Anexas (IF-2016-01549777-APN-MTR) al presente artículo, que forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 3° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a las aprobadas por la presente medida, las que transitoriamente mantendrán las acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista previstas en el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

ARTÍCULO 4° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente para el corriente Ejercicio de la Jurisdicción 57 – MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — GUILLERMO JAVIER DIETRICH, Ministro, Ministerio de Transporte.

ANEXO I