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18 de marzo de 2015

Creación del Boleto Docente para el Transporte Público ferroviario y automotor

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Ley solicitando beneficios y alcances en tarífas básicas de transporte de pasajeros automotor, fluvial, ferroviario y subterráneo, para todas las líneas de servicios de corta, media y larga distancia, destinados a estudiantes de niveles terciarios.

Dicho trámite recayó en el Expte. 0803-D-2015 del 12 de Marzo del corriente año, siendo la firmante de dicho proyecto de ley la Diputada Nacional
Stella Maris Leverberg (Frente para la Victoria - PJ - Misiones).


Fundamentos

Trabajo compartido, convicción y hechos para seguir con más fuerza y mayor compromiso colectivo por una educación inclusiva, democrática y popular son los fundamentos que me llevan a impulsar este proyecto de ley de Creación de un Régimen Tarifario Especial de descuento de 50% sobre el valor vigente del boleto de transporte público, destinado a todos los docentes de nuestra Nación, que integran los servicios educativos de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación -sin excluir a ningún sector docente-.

Siento un profundo orgullo y una gran honra como Diputada Nacional por la Provincia de Misiones y principalmente, como conductora de la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM en sus siglas), Gremio de Primer Grado con competencia exclusiva en el territorio de la Provincia de Misiones y con Personería Gremial, de presentar un proyecto de estas características que propone un beneficio para todos los docentes argentinos.

Quisiera, primeramente, unir este proyecto con el trabajo del gremio que represento, el cual ha tenido una denodada e histórica tarea, en el marco de un diálogo profundo con el gobierno provincial, de mejorar en toda la extensión del territorio provincial misionero, tanto los términos en que la actividad docente es ejercida como también la calidad de vida de los hombres y mujeres que eligen tan noble profesión.

El presente proyecto, persigue el fin de garantizar el traslado del docente a su puesto de trabajo en centros urbanos o suburbanos, pero también contemplando a aquellos docentes que con duro esfuerzo y con geografías poco amigables, hacen verdadero honor al rol que cumplen y las expectativas de toda la comunidad.

En ese sentido, esta propuesta apela al esfuerzo y a la responsabilidad colectiva de los empresarios, en sintonía con la actividad del propio Estado y el deber de los trabajadores, de garantizar el derecho social a la educación, en un intento por demostrar el papel de la educación - tan claro al día de hoy- como verdadera herramienta de transformación social.

Se trata, además, de una iniciativa que rescata y retoma profundas tradiciones reivindicativas como los diversos proyectos de ley presentados ante esta Honorable Cámara por otros colegas Diputados y Diputadas para constituir un boleto estudiantil.

En cuanto a su articulado, en primer lugar el proyecto de ley se plantea la estructuración del descuento, primeramente, para los servicios bajo jurisdicción nacional, es decir, para el servicio de transporte ferroviario y automotor urbano - específicamente que ingresa a la Ciudad de Buenos Aires desde su área metropolitana-, interurbano, de larga distancia y ferroviario. Posteriormente, se pretende extender el beneficio mediante la invitación a la adhesión por parte de las jurisdicciones, para la obtención de este descuento en las Provincias, considerando la posibilidad de que las provincias, que determinan en su propio territorio las condiciones de los sistemas de transporte locales, se sumarán al beneficio.

Cabe recordar que tras la sanción de la Ley 26.740 los servicios de subterráneos y de ómnibus con recorridos circunscriptos al territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fueron transferidos al Gobierno de esta última, con lo cual aquellos servicios han dejado de estar bajo jurisdicción federal Este es un punto sustancial con respecto a la versión original de este proyecto de mi autoría (expte. 4140- D- 2011), que mantenía el beneficio para el transporte subterráneo.

Nuestra intención no es soslayar la discusión sobre el boleto estudiantil y su alcance federal, ni dejar de considerar los tantísimos proyectos que se han presentado en esta Cámara. Más bien, intentamos situar este beneficio dentro del entramado legal que al día de hoy ha regido sobre el sistema de transporte de jurisdicción nacional con respecto a esta cuestión.

Conviene aquí realizar algunas reflexiones sobre las conexiones, en términos de la legislación vigente, entre el boleto estudiantil y el boleto docente que si bien está expresamente mencionado en varias normas, su alcance ha sido limitado.

La Resolución 103 del año 1972, durante el Gobierno del Gral. Lanusse estableció un régimen tarifario para escolares del ciclo primario con un descuento del 20% en las tarifas de los servicios interurbanos de pasajeros para estudiantes secundarios, universitarios y personal docente.

Luego en junio de 1989 se sanciona la ley 23.673 de creación del Boleto Estudiantil para estudiantes de enseñanza media, que asisten a instituciones o colegios públicos. El boleto era de aplicación en la Capital Federal, el por entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego, y todo ámbito de jurisdicción nacional. Establece, además, un valor para el boleto de 50% en el valor del boleto mínimo vigente y su aplicación era sobre el transporte automotor, ferroviario y subterráneo.

La ley 23.673 es la que goza de vigencia y la resolución 203/89 de la entonces Secretaría de Transporte y Obras Públicas, amplía el descuento en las tarifas de transporte interurbano para estudiantes secundarios, universitarios y personal docente, en un 20% para todos ellos.

La inclusión social a la que todos apuntamos, no puede lograrse si no hay un verdadero compromiso de que la escuela sea una institución abierta, democrática, y activa en relación a las mejoras que la sociedad necesita y espera de ella. Para este objetivo es que este proyecto intenta generar mejores condiciones de vida para los trabajadores docentes que, aún en los más turbulentos años de la historia de nuestro país han demostrado que la docencia es una profesión pero, también, una profunda vocación de servicio.

Por lo expuesto, puede considerarse como acertada la concreción del presente proyecto. Su establecimiento significará un gran avance para asegurar el lugar prioritario que tiene la educación en la agenda pública como política de Estado.

11 de marzo de 2013

CREACIÓN DEL BOLETO DOCENTE PARA EL TRANSPORTE PÚBLICO AUTOMOTOR Y FERROVIARIO


ACTUALIDAD

Redacción CRÓNICA FERROVIARIA

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de Ley solicitando la creación del Boleto Docente para el  Transporte Público Automotor y Ferroviario

Dicho trámite recayó en el Expte. 0081-D-2013 del 04 de Marzo del corriente año, siendo los firmantes de dicho proyecto de ley los siguientes Diputados Nacionales:

LEVERBERG, STELLA MARIS  MISIONES  FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
REDCZUK, OSCAR FELIPE     MISIONES  FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ZIEGLER, ALEX ROBERTO     MISIONES  FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
IANNI, ANA MARIA              SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
GUCCIONE, JOSE DANIEL     MISIONES  FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
METAZA, MARIO ALFREDO    SANTA CRUZ FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ

Fundamentos

Trabajo compartido, convicción y hechos para seguir con más fuerza y mayor compromiso colectivo por una educación inclusiva, democrática y popular son los fundamentos que me llevan a propiciar este proyecto de ley de Creación de un Régimen Tarifario Especial de descuento de 50% sobre el valor vigente del boleto de transporte público, destinado a todos los docentes de nuestra Nación, que integran los servicios educativos de gestión estatal y privada, gestión cooperativa y gestión social, de todas las jurisdicciones del país, que abarcan los distintos niveles, ciclos y modalidades de la educación -sin excluir a ningún sector docente.


Siento un profundo orgullo y una gran honra como Diputada Nacional por la Provincia de Misiones, como Vicepresidenta Segunda de la Comisión de Educación de esta casa y, principalmente, como dirigente de la Unión de Docentes de la Provincia de Misiones (UDPM en sus siglas), Gremio de Primer Grado con competencia exclusiva en el territorio de la Provincia de Misiones y con Personería Gremial, de presentar un proyecto de estas características que propone un beneficio para todos los docentes argentinos.

Quisiera, primeramente, unir este proyecto con el trabajo del gremio que represento, el cual ha tenido una denodada e histórica tarea, en el marco de un diálogo profundo con el gobierno provincial, de mejorar en toda la extensión del territorio provincial misionero, tanto los términos en que la actividad docente es ejercida como también la calidad de vida de los hombres y mujeres que eligen tan noble profesión.

El presente proyecto, persigue el fin de garantizar el traslado del docente a su puesto de trabajo en centros urbanos o suburbanos, pero también contemplando a aquellos docentes que con duro esfuerzo y con geografías poco amigables, hacen verdadero honor al rol que cumplen y las expectativas de toda la comunidad.

En ese sentido, esta propuesta apela al esfuerzo y a la responsabilidad colectiva de los empresarios, en sintonía con la actividad del propio Estado y el deber de los trabajadores, de garantizar el derecho social a la educación, en un intento por demostrar el papel de la educación - tan claro al día de hoy- como verdadera herramienta de transformación social.

Se trata, además, de una iniciativa que rescata y retoma profundas tradiciones reivindicativas como los diversos proyectos de ley presentados ante esta Honorable Cámara por otros colegas Diputados y Diputadas para constituir un boleto estudiantil.

En cuanto a su articulado, en primer lugar el proyecto de ley se plantea la estructuración del descuento para los servicios bajo jurisdicción nacional, es decir, para el servicio de transporte ferroviario y automotor urbano, interurbano de la Región Metropolitana de Buenos Aires y de larga distancia y ferroviario. Posteriormente, se pretende extender el beneficio mediante la invitación a la adhesión por parte de las jurisdicciones, para la obtención de este descuento en las Provincias.

Para entender cómo funciona hoy el sistema de transporte bajo jurisdicción nacional, debemos señalar que la autoridad competente en el área, la Secretaría de Transporte de la Nación, dependiente del Ministerio del Interior y Transporte de la Nación, posee potestad sobre el sistema de transporte de pasajeros automotor (de corta y media distancia), del Área Metropolitana de Buenos Aires, como de la regulación del sistema ferroviario, así como del transporte de larga distancia automotor.

La Comisión de Regulación del Transporte es la autoridad de fiscalización y la institución encargada de sancionar a las empresas en caso de incumplimiento de las normas que rigen el sistema de transporte de pasajeros. Es aquí en donde se dirime el alcance primario del presente proyecto de ley, pues se fija que el beneficio se otorgará, primeramente, a los docentes que utilicen los servicios de las empresas de transporte automotor y ferroviario entre la Ciudad de Buenos Aires y los partidos del Gran Buenos Aires que la rodean (ámbito de competencia federal), y a aquellos trabajadores que realicen viajes de larga distancia, durante el ciclo lectivo. El presente proyecto de ley presupone que las provincias, que determinan en su propio territorio las condiciones de los sistemas de transporte locales, se sumarán al beneficio.

Cabe recordar que tras la sanción de la Ley 26.740 los servicios de Subterráneos y de Ómnibus con recorridos circunscriptos al territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fueron transferidos al Gobierno de esta última, con lo cual aquellos servicios han dejado de estar bajo jurisdicción federal. Este es un punto sustancial con respecto a la versión original de este proyecto de mi autoría (expte. 4140- D- 2011), que mantenía el beneficio para el transporte subterráneo.

Nuestra intención no es soslayar la discusión sobre el boleto estudiantil y su alcance federal, ni dejar de considerar los tantísimos proyectos que se han presentado en esta Cámara. Más bien, intentamos situar este beneficio dentro del entramado legal que al día de hoy ha regido sobre el sistema de transporte de jurisdicción nacional con respecto a esta cuestión.

Conviene aquí realizar algunas reflexiones sobre las conexiones, en términos de la legislación vigente, entre el boleto estudiantil y el boleto docente que si bien está expresamente mencionado en varias normas, su alcance ha sido limitado.

La Resolución 103 del año 1972, durante el Gobierno del Gral. Lanusse estableció un régimen tarifario para escolares del ciclo primario con un descuento del 20% en las tarifas de los servicios interurbanos de pasajeros para estudiantes secundarios, universitarios y personal docente.

Luego en junio de 1989 se sanciona la ley 23673 de creación del Boleto Estudiantil para estudiantes de enseñanza media, que asisten a instituciones o colegios públicos. El boleto era de aplicación en la Capital Federal, el por entonces Territorio Nacional de Tierra del Fuego, y todo ámbito de jurisdicción nacional. Establece, además, un valor para el boleto de 50% en el valor del boleto mínimo vigente y su aplicación era sobre el transporte automotor, ferroviario y subterráneo.

La ley 23673 es la que goza de vigencia y la resolución 203/89 de la entonces Secretaría de Transporte y Obras Públicas, amplía el descuento en las tarifas de transporte interurbano para estudiantes secundarios, universitarios y personal docente, en un 20% para todos ellos.

La inclusión social a la que todos apuntamos, no puede lograrse si no hay un verdadero compromiso de que la escuela sea una institución abierta, democrática, y activa en relación a las mejoras que la sociedad necesita y espera de ella. Para este objetivo es que este proyecto intenta generar mejores condiciones de vida para los trabajadores docentes que, aún en los más turbulentos años de la historia de nuestro país han demostrado que la docencia es una profesión pero, también, una profunda vocación de servicio.

Por lo expuesto, puede considerarse como acertada la concreción del presente proyecto, la educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado.

Por todos estos argumentos, es que solicito a mis pares el acompañamiento en la aprobación del presente proyecto de ley.