17 de mayo de 2016

Régimen del Sistema de Compensaciones Impositivas por el Costo del Flete

Actualidad

Redacción Crónica Ferroviaria:

Se encuentra en la Comisión de Transporte de la Honorable Cámara de Diputados un Proyecto de Ley sobre el Régimen del Sistema de Compensaciones Impositivas por el Costo del Flete.

Dicho trámite recayó en el Expte. 2640-D-2016 del 12 de Mayo del corriente año, siendo el firmante de dicho Proyecto de Ley el Diputado Nacional: Néstor Javier David (Justicialista - Salta).


Fundamentos

La presente iniciativa parlamentaria busca beneficiar a los productores de las provincias de Catamarca, Chaco, Formosa, Jujuy, La Rioja, Salta, Santiago del Estero y Tucumán que se encuentran en desventaja, en razón de la distancia, para comercializar sus productos.

El costo del transporte de productos primarios y derivados, por vía terrestre, resulta sumamente caro en nuestro país si se lo compara con el valor de los fletes internacionales.

La norma busca una equidad para los productores de las provincias mencionadas, en relación a las otras regiones productivas del país, las cuales tienen distancias mucho menores desde las zonas de producción hasta los principales centros de distribución, consumo y puertos.

Así también la presente normativa tiende promocionar la producción agropecuaria en las provincias mencionadas al ayudar -a los productores de la zona comprendida- a hacer frente a los problemas de competitividad producto de los elevados costos del flete.

El costo del flete para la producción es uno de los principales gastos que calcula el productor a la hora de realizar la inversión e incide directamente en la rentabilidad de la actividad y en el costo del producto.

El proyecto pretende que este costo del flete –fijado por la Autoridad de Aplicación- sea utilizado como crédito fiscal para el Impuesto al Valor Agregado y/o Impuesto a las Ganancias. De esta manera se colabora, por razones de equidad, con los productores de todo el país, generándose al mismo tiempo un sistema más competitivo.

Debemos tener en cuenta que “Un rasgo distintivo del transporte de cargas en la Argentina es la marcada preeminencia del transporte carretero. Alcanza una participación del 94% en el volumen total de cargas, incluso en tráficos en los que otros modos, como el ferrocarril, pueden ser socialmente más eficientes.

A pesar de que la Argentina genera grandes movimientos de graneles, el ferrocarril sólo transporta el 5% de las cargas” (“Un transporte para la equidad y el crecimiento. Aportes para una estrategia nacional de movilidad y logística para la Argentina del Bicentenario.”, Informe del Centro para la Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC) de Diciembre de 2011).

De prosperar este proyecto estaremos beneficiando a las economías regionales de las provincias mencionadas, dándole un mayor margen de rentabilidad al capital que debiera traslucirse en la creación de nuevos puestos de trabajo para nuestro pueblo.

Es menester señalar que en esta Honorable Cámara de Diputados de la Nación han existido diversos proyectos en idéntico sentido, dentro de los cuales se encuentran los expedientes Nº 0311-D-2012, 0577-D-2014.

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